IAE 644.1: Comercio Menor Pan y Confitería
El IAE 644.1 es el epígrafe que faculta para el comercio al por menor de pan, pastelería, confitería, productos lácteos, helados, embutidos y bebidas.

IAE 644.1: Tu Guía Completa en 2026
El IAE 644.1 es el epígrafe que faculta para el comercio al por menor de pan, pastelería, confitería, productos lácteos, helados, embutidos y bebidas. En 2026, este código sigue siendo fundamental para miles de pequeños comerciantes de alimentación en España que desean operar dentro del marco legal y fiscal establecido. Esta guía te explicará qué actividades puedes desarrollar, tus obligaciones tributarias durante la campaña de la Renta 2025 en curso, y los aspectos clave para gestionar correctamente tu negocio.
¿Qué es el IAE 644.1?
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo municipal que grava el ejercicio de actividades económicas profesionales, comerciales e industriales en territorio español. El código 644.1 específicamente regula el comercio menor de productos alimenticios de consumo inmediato y productos de despensa.
Este epígrafe te faculta para realizar las siguientes actividades:
1. Comercio al por menor de pan de todas clases y panes especiales2. Productos de pastelería, confitería, bollería y repostería (tartas, pasteles, magdalenas, bollos)3. Productos de confitería (caramelos, dulces, turrones, hojaldres, pastas, galletas)4. Productos lácteos y miel (leche, quesos, yogur, mantequilla)5. Helados y productos congelados6. Fiambres, embutidos y conservas de todas clases7. Bebidas embotelladas con marca e infusiones8. Café en grano e infusiones (venta al por menor)9. Fabricación de pan y pastelería en el propio establecimiento (con venta en las mismas dependencias)10. Degustación de productos acompañados de bebidas refrescantes y solubles
El código CNAE asociado es el 47.24 (comercio al por menor de pan, productos de pastelería y confitería).
¿Para Quién es Este Epígrafe?
El IAE 644.1 está diseñado para:
- Panaderos y pasteleros que venden en tienda propia
- Confiteros y reposteros con establecimiento de venta al público
- Propietarios de panaderías artesanales con fabricación propia
- Comerciantes de productos lácteos y embutidos especializados
- Heladeros y productores de helado con punto de venta
- Pequeños comerciantes de alimentación con tienda física
- Autónomos y pequeñas empresas del sector de alimentación
Si tu actividad principal es vender al por menor estos productos, necesitas obligatoriamente este epígrafe. En cambio, si tu negocio es principalmente de bar o restaurante (con servicio de comidas), necesitarías otros epígrafes como el 644.2 o 644.3.
Obligaciones Fiscales en 2026
Como titular de una actividad con IAE 644.1, tienes varias obligaciones que debes cumplir durante 2026:
Alta y Mantenimiento del IAE
Debes estar dado de alta en el IAE ante tu Ayuntamiento. El alta es obligatoria antes de iniciar la actividad. Consulta nuestra guía sobre alta IAE para conocer el procedimiento exacto.
Declaración de la Renta 2025
En mayo de 2026, estamos en plena campaña de la Renta 2025. Debes presentar:
- Modelo 100 si eres autónomo en régimen de estimación directa
- Modelo 130 si aplicas el régimen de módulos (si tu volumen de facturación lo permite)
- Modelo 347 si has realizado pagos superiores a 3.005 euros a terceros
Obligaciones de Contabilidad
- Llevar un libro de ingresos y gastos actualizado
- Conservar facturas y documentos durante 6 años
- Registrar todas las operaciones comerciales
- Si tienes empleados, mantener nóminas y registros de afiliación a la Seguridad Social
Normativa de Higiene Alimentaria
Como comerciante de alimentos, debes cumplir:
- Reglamento CE 852/2004 sobre higiene de alimentos
- Registro sanitario de tu establecimiento (si es necesario)
- Etiquetado correcto de productos (ingredientes, alérgenos, fecha de caducidad)
- Trazabilidad de productos alimenticios
- Formación en manipulación de alimentos (si aplica)
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Si tu facturación anual supera 10.000 euros, debes estar dado de alta en IVA y presentar declaraciones trimestrales (Modelo 303).
Aspectos Clave del IAE 644.1
Fabricación en Establecimiento Propio
Una característica importante del 644.1 es que permite la fabricación de pan y productos de pastelería en el mismo local donde se vende. Esto significa que puedes tener un horno o zona de producción en tu tienda, siempre que:
- La fabricación se realice en las propias dependencias del establecimiento
- Los productos se comercialicen en el mismo lugar
- Cumplas con la normativa de higiene alimentaria
Degustación de Productos
Puedes permitir que los clientes prueben tus productos en el establecimiento, acompañados de bebidas refrescantes y solubles (agua, zumo, café, infusiones). Esta práctica es común en panaderías y pastelerías artesanales.
Importante: La degustación con bebidas alcohólicas (vinos, cavas, cervezas) requiere una consulta específica con la Dirección General de Tributos, ya que podría implicar la necesidad de un epígrafe adicional de bar o restaurante.
Reparto a Domicilio
Puedes realizar reparto a domicilio de tus productos mediante furgoneta o vehículo sin necesidad de un epígrafe adicional. El reparto está incluido en el ámbito de actividad del 644.1.
Envases Decorativos
El epígrafe permite comercializar tus artículos en envases de bisutería fina, porcelana, fantasía, muñecos de plástico o trapo. Esto es especialmente útil para confitería artesanal y regalos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué actividades puedo realizar con el IAE 644.1?
El IAE 644.1 faculta para el comercio al por menor de pan, pastelería, bollería, confitería, productos lácteos, helados, embutidos, quesos y bebidas embotelladas. También permite la fabricación de pan y productos de pastelería en el propio establecimiento siempre que se vendan en las mismas dependencias. Incluye la degustación de productos acompañados de bebidas refrescantes y solubles en el local de venta.
¿Puedo fabricar pan y venderlo en otro local diferente con este epígrafe?
No. La fabricación de pan y productos de pastelería solo está permitida en el propio establecimiento de venta. Si deseas fabricar pan en un local separado y venderlo en otro, necesitarías otra actividad registrada específicamente para la fabricación, lo que requeriría consultar con la Administración Tributaria sobre la necesidad de un epígrafe adicional.
¿Puedo servir bebidas alcohólicas en mi degustación con el IAE 644.1?
La normativa del IAE 644.1 permite la degustación de productos acompañados de bebidas refrescantes y solubles. La degustación con bebidas alcohólicas (vinos, cavas) requiere consulta específica a la Dirección General de Tributos, ya que podría implicar una actividad adicional de bar o restaurante que necesitaría otro epígrafe.
¿Qué obligaciones fiscales tengo en 2026 con el IAE 644.1?
Debes estar dado de alta en el IAE 644.1 ante la Administración Tributaria. Tienes obligación de presentar declaración de la Renta (Modelo 100 o 130 según el régimen), mantener registros contables, cumplir normativas de higiene alimentaria y etiquetado de productos. Si tienes empleados, debes cumplir obligaciones con la Seguridad Social. Consulta con un asesor fiscal para optimizar tu tributación según tu volumen de facturación.
¿Puedo vender productos de fabricación propia en envases decorativos?
Sí. El IAE 644.1 permite comercializar los artículos en envases de bisutería fina, porcelana, fantasía u otros tipos de envases como muñecos de plástico o trapo. Esto es especialmente común en productos de confitería y repostería artesanal durante períodos festivos.
¿Debo solicitar un epígrafe diferente para el reparto a domicilio?
No. El reparto a domicilio de los productos comercializados mediante furgoneta está incluido en el ámbito de actividad del IAE 644.1. No requiere un epígrafe adicional, pero debes asegurar que el transporte cumple con la normativa de conservación de alimentos.
Régimen de Módulos IRPF
Si tu volumen de facturación es reducido, podrías acogerte al régimen de estimación objetiva (módulos) del IRPF, que simplifica tu declaración de la Renta. Usa nuestra calculadora de módulos IRPF para conocer si tu actividad puede beneficiarse de este régimen en 2026.
Epígrafes Relacionados
Si tu actividad es más amplia, podrías necesitar otros epígrafes. Consulta nuestro artículo sobre epígrafes IAE para conocer los códigos relacionados con alimentación y comercio.
Obtén tu Certificado IAE
Una vez dado de alta, es importante tener tu certificado IAE actualizado. Este documento acredita tu inscripción y es necesario para trámites administrativos y bancarios.
Conversor IAE-CNAE
Si necesitas verificar la equivalencia entre tu código IAE y el CNAE, o tienes dudas sobre si tu actividad se ajusta a este epígrafe, [usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito](https://conversoriaecnae.es/conversor-iae-cnae) para obtener información detallada y actualizada.
Asesoramiento Profesional
Dada la complejidad de las obligaciones fiscales y normativas de higiene alimentaria, te recomendamos que consultes con un profesional. Accede al directorio de gestorías para encontrar un asesor especializado en tu zona.
Conclusión
El IAE 644.1 es el epígrafe esencial para comerciantes de pan, pastelería, confitería y productos lácteos en España. En 2026, el cumplimiento de tus obligaciones fiscales es fundamental para evitar sanciones y optimizar tu carga tributaria. Mantente informado sobre los cambios normativos, cumple con la normativa de higiene alimentaria, y consulta regularmente con un asesor fiscal para garantizar que tu negocio está en regla.
Recuerda que la Administración Tributaria pone a tu disposición recursos para aclarar dudas específicas sobre tu actividad. No dudes en solicitar consultas vinculantes si tienes incertidumbre sobre si tus servicios se ajustan correctamente a este epígrafe.
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Última actualización: Mayo 2026
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué actividades puedo realizar con el IAE 644.1?
El IAE 644.1 faculta para el comercio al por menor de pan, pastelería, bollería, confitería, productos lácteos, helados, embutidos, quesos y bebidas embotelladas. También permite la fabricación de pan y productos de pastelería en el propio establecimiento siempre que se vendan en las mismas dependencias. Incluye la degustación de productos acompañados de bebidas refrescantes y solubles en el local de venta.
¿Puedo fabricar pan y venderlo en otro local diferente con este epígrafe?
No. La fabricación de pan y productos de pastelería solo está permitida en el propio establecimiento de venta. Si deseas fabricar pan en un local separado y venderlo en otro, necesitarías otra actividad registrada específicamente para la fabricación, lo que requeriría consultar con la Administración Tributaria sobre la necesidad de un epígrafe adicional.
¿Puedo servir bebidas alcohólicas en mi degustación con el IAE 644.1?
La normativa del IAE 644.1 permite la degustación de productos acompañados de bebidas refrescantes y solubles. La degustación con bebidas alcohólicas (vinos, cavas) requiere consulta específica a la Dirección General de Tributos, ya que podría implicar una actividad adicional de bar o restaurante que necesitaría otro epígrafe.
¿Qué obligaciones fiscales tengo en 2026 con el IAE 644.1?
Debes estar dado de alta en el IAE 644.1 ante la Administración Tributaria. Tienes obligación de presentar declaración de la Renta (Modelo 100 o 130 según el régimen), mantener registros contables, cumplir normativas de higiene alimentaria y etiquetado de productos. Si tienes empleados, debes cumplir obligaciones con la Seguridad Social. Consulta con un asesor fiscal para optimizar tu tributación según tu volumen de facturación.
¿Puedo vender productos de fabricación propia en envases decorativos?
Sí. El IAE 644.1 permite comercializar los artículos en envases de bisutería fina, porcelana, fantasía u otros tipos de envases como muñecos de plástico o trapo. Esto es especialmente común en productos de confitería y repostería artesanal durante períodos festivos.
¿Debo solicitar un epígrafe diferente para el reparto a domicilio?
No. El reparto a domicilio de los productos comercializados mediante furgoneta está incluido en el ámbito de actividad del IAE 644.1. No requiere un epígrafe adicional, pero debes asegurar que el transporte cumple con la normativa de conservación de alimentos.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


