IAE 659.4: Comercio Menor de Libros y Revistas
El código IAE 659.4 ampara el comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería. Descubre qué actividades incluye, requisitos de alta y diferencias con otros códigos.

IAE 659.4: Comercio al Por Menor de Libros, Periódicos y Revistas
Introducción
El código IAE 659.4 identifica la actividad de comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos relacionados con la lectura y escritorio. Se trata de un epígrafe fundamental para comerciantes que explotan establecimientos dedicados a la venta minorista de publicaciones, desde librerías tradicionales hasta quioscos de prensa. Este código es relevante para autónomos y pequeñas empresas que deseen formalizar su actividad comercial ante la Administración Tributaria. Su importancia radica en que permite la regularización fiscal y el acceso a beneficios empresariales, además de establecer claramente las obligaciones contables y de IVA aplicables al sector.
Descripción Detallada de Actividades Incluidas
El epígrafe 659.4 iae abarca un espectro amplio de actividades comerciales relacionadas con la distribución minorista de contenidos impresos y artículos de escritorio. Según la normativa de la AEAT, esta clasificación incluye:
Actividades principales:
- Venta al por menor de libros nuevos, usados y antiguos
- Comercio de periódicos y revistas en todos sus formatos
- Distribución de publicaciones periódicas y colecciones
- Venta de artículos de papelería y escritorio (folios, cartulinas, rollos de papel)
- Comercialización de material de dibujo y bellas artes (rotuladores, tinta, diluyentes, papeles de colores)
- Explotación de quioscos de prensa (denominada "quioscos de prensa" en la normativa oficial)
Actividades complementarias permitidas:
La normativa faculta expresamente la venta al por menor de juguetes no mecánicos, ni eléctricos ni electrónicos dentro del establecimiento. Además, en los quioscos de prensa se permite la venta accesoria de artículos tradicionales como dulces, golosinas, frutos secos, helados, tarjetas de transporte público y tarjetas de recarga telefónica.
- Una librería independiente que vende libros de ficción, no ficción y material educativo
- Un quiosco de prensa ubicado en estación de metro que distribuye periódicos, revistas y vende golosinas
- Una papelería especializada en material de escritorio y artículos escolares
- Un comercio que vende libros de repostería, álbumes fotográficos y cartulinas
- Una tienda de material artístico que comercializa con lápices, rotuladores, papeles especiales y guías de bellas artes
- Una asociación de padres que vende libros de texto a los alumnos de un centro educativo
Ejemplos concretos de negocios que utilizan este código:
Cuándo usar este código versus otros:
Este código debe utilizarse cuando la actividad principal sea la venta al por menor de libros, publicaciones periódicas y papelería. No debe confundirse con el comercio mayorista (que requeriría otros códigos), ni con librerías que operan exclusivamente en línea sin establecimiento físico (que podría requerir clasificación diferente).
Actividades Excluidas de IAE 659.4
Es fundamental conocer qué actividades NO están incluidas en este epígrafe para evitar clasificaciones incorrectas:
- Venta de libros electrónicos (e-books) sin soporte físico
- Comercio de juguetes mecánicos, eléctricos o electrónicos (deben clasificarse en IAE 659.6)
- Distribución mayorista de libros y publicaciones
- Edición y publicación de libros (requiere código diferente de fabricación/edición)
- Venta de material audiovisual como películas en DVD o Blu-ray (salvo CD-ROM educativos permitidos)
- Comercio de aparatos ortopédicos o médicos (IAE 659.3)
- Venta de muebles u máquinas de oficina (IAE 659.2)
- Comercio de artículos de joyería o bisutería (IAE 659.5)
- Venta de semillas, abonos o plantas (IAE 659.7)
Actividades expresamente excluidas:
Aclaraciones según consultas de la DGT:
Según información oficial de la Dirección General de Tributos, sí están permitidas la venta de publicaciones en soportes CD-ROM (como cursos de idiomas en CD), cartas náuticas en régimen de concesión administrativa, y mapas cartográficos. Sin embargo, la comercialización de apuestas deportivas y juegos de lotería requiere clasificación específica diferente.
Códigos Relacionados y Equivalencias
Equivalencia con códigos CNAE:
El IAE 659.4 se corresponde principalmente con dos códigos CNAE:
- CNAE 47.61 - Comercio al por menor de libros: Este código CNAE se alinea con la venta de libros incluida en el epígrafe 659.4
- CNAE 47.62 - Comercio al por menor de periódicos y otras publicaciones periódicas y artículos de papelería: Cubre la parte de revistas, periódicos y papelería del epígrafe 659.4
Códigos IAE relacionados en la misma categoría 659:
Dentro de la clasificación de comercio al por menor especializado, existen otros epígrafes cercanos:
- IAE 659.1 - Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas y coleccionismo: Para establecimientos especializados en artículos de colección
- IAE 659.2 - Comercio al por menor de muebles y máquinas de oficina: Si el negocio se centra en mobiliario o equipamiento de oficina
- IAE 659.3 - Comercio al por menor de aparatos médicos y ortopédicos: Para venta de productos sanitarios
- IAE 659.5 - Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería y bisutería: Para comercios de joyería y accesorios
- IAE 659.6 - Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte y armas: Si la actividad incluye venta de juguetes mecánicos o electrónicos
- IAE 659.7 - Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas: Para negocios de plantas y flores
- IAE 659.8 - Comercio al por menor de artículos de sex-shop: Especializado en este tipo de comercio
- IAE 659.9 - Comercio al por menor de otros productos no clasificados: Opción residual para productos diversos
Criterios para elegir entre códigos similares:
La clave está en identificar la actividad principal del negocio. Si más del 50% de la facturación proviene de venta de libros y revistas, debe utilizarse 659.4. Si el negocio es mixto, se debe clasificar según la actividad que genere mayor volumen de negocio.
Preguntas Frecuentes sobre IAE 659.4
¿Necesito alta en Hacienda para explotar un quiosco de prensa con este código?
Sí, es obligatorio. El código IAE 659.4 requiere registro en la Administración Tributaria. Debes darte de alta en el censo de actividades económicas (modelo 036 o 037) antes de iniciar la actividad. Como autónomo, también necesitarás afiliación a la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones administrativas y tributarias. Además, deberás inscribirte en el Registro Mercantil si actúas como sociedad mercantil.
¿Puedo vender dulces y golosinas en mi quiosco de prensa con este código?
Sí, pero con carácter accesorio. La normativa de la AEAT permite expresamente la venta de dulces, golosinas, frutos secos, helados y tarjetas de transporte público en quioscos de prensa, siempre que la actividad principal sea la comercialización de prensa y publicaciones periódicas. Sin embargo, si la venta de estos artículos se convierte en la actividad principal (generando más ingresos que la prensa), deberías replantearte la clasificación del negocio. La documentación contable debe reflejar claramente esta distinción entre actividad principal y complementaria.
¿Qué diferencia hay entre este código y el comercio mayorista de libros?
La diferencia fundamental es el destinatario final. El IAE 659.4 es exclusivamente para comercio al por menor, es decir, venta directa al consumidor final. Si tu negocio consiste en comprar libros en grandes cantidades para venderlos a otras librerías, tiendas o distribuidores (no al público), deberías clasificarte como distribuidor mayorista con un código diferente. El comercio mayorista requiere generalmente volúmenes de compra superiores, márgenes comerciales menores y una estructura empresarial diferente.
¿Puedo vender libros de texto escolares como asociación de padres con este código?
Sí, es una actividad específicamente contemplada en las consultas de la AEAT. Cuando una asociación de padres compra libros de texto y los entrega a los alumnos de un centro educativo cobrando su importe, se clasifica dentro del epígrafe 659.4. Sin embargo, la asociación debe estar registrada como tal ante Hacienda y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. El IVA aplicable será el del tipo general (21%) a menos que los libros de texto estén acogidos a tipos reducidos.
¿Qué tipos de publicaciones en soporte CD-ROM puedo vender?
La normativa permite la venta de publicaciones y colecciones en soportes CD-ROM, cintas magnetoscópicas, magnetofónicas y compact-disc, siempre que sean complementarios a la actividad principal. Ejemplos permitidos: cursos de idiomas en CD-ROM, diccionarios digitales, enciclopedias en CD. Sin embargo, estos deben ser accesorios a la venta de libros físicos y publicaciones periódicas. No puedes dedicarte exclusivamente a la venta de contenido digital sin establecimiento físico de venta de libros.
¿Necesito permiso especial para vender tarjetas de bono-bus o recarga telefónica?
No necesitas permiso especial adicional al alta en IAE 659.4, pero sí debes cumplir con los requisitos que establezca la empresa operadora (Renfe, Metro, operadores telefónicos). Estas ventas deben ser accesorias a la actividad principal de comercio de prensa y publicaciones. Desde el punto de vista fiscal, estas ventas se registran como ingresos comerciales en tu contabilidad.
Obligaciones Fiscales y Contables
Como titular de un negocio clasificado bajo IAE 659.4, debes cumplir con:
- IVA: Aplicar el tipo de IVA correspondiente (generalmente 21% para libros en general, aunque algunos libros de texto pueden tener tipos reducidos del 4%)
- Declaración trimestral de IVA (modelo 303)
- Declaración anual de la Renta (IRPF si eres autónomo, o Impuesto de Sociedades si eres empresa)
- Llevar contabilidad según la normativa de contabilidad comercial
- Conservar documentación de compras y ventas durante 6 años
Conclusión
El código IAE 659.4 es la clasificación adecuada para comerciantes dedicados a la venta al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería. Su correcta identificación es esencial para cumplir con obligaciones fiscales y acceder a beneficios empresariales. Si tienes dudas sobre si tu actividad se ajusta a este epígrafe o necesitas compararlo con otros códigos, te recomendamos utilizar nuestro conversor IAE-CNAE para verificar equivalencias y consultar con un asesor fiscal especializado.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Necesito alta en Hacienda para explotar un quiosco de prensa con el código 659.4 iae?
Sí, es obligatorio. El código IAE 659.4 requiere registro en la Administración Tributaria. Debes darte de alta en el censo de actividades económicas (modelo 036 o 037) antes de iniciar la actividad. Como autónomo, también necesitarás afiliación a la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones administrativas y tributarias. Además, si actúas como sociedad mercantil, deberás inscribirte en el Registro Mercantil. La AEAT exige que esta declaración de actividad sea veraz y completa, reflejando todas las actividades que realizarás en el establecimiento.
¿Puedo vender dulces y golosinas en mi quiosco de prensa con este código?
Sí, pero con carácter accesorio. La normativa de la AEAT permite expresamente la venta de dulces, golosinas, frutos secos, helados y tarjetas de transporte público en quioscos de prensa, siempre que la actividad principal sea la comercialización de prensa y publicaciones periódicas. Sin embargo, si la venta de estos artículos se convierte en la actividad principal (generando más ingresos que la prensa), deberías replantearte la clasificación del negocio. La documentación contable debe reflejar claramente esta distinción entre actividad principal y complementaria, ya que la AEAT puede revisar tus registros contables para verificar el cumplimiento de esta condición.
¿Qué diferencia hay entre el código 659.4 y el comercio mayorista de libros?
La diferencia fundamental es el destinatario final. El IAE 659.4 es exclusivamente para comercio al por menor, es decir, venta directa al consumidor final. Si tu negocio consiste en comprar libros en grandes cantidades para venderlos a otras librerías, tiendas o distribuidores (no al público), deberías clasificarte como distribuidor mayorista con un código diferente. El comercio mayorista requiere generalmente volúmenes de compra superiores, márgenes comerciales menores y una estructura empresarial diferente. La AEAT considera que el comercio al por menor es aquel que vende unidades o pequeñas cantidades al público, mientras que el mayorista vende en grandes volúmenes a intermediarios.
¿Puedo vender libros de texto escolares como asociación de padres con este código?
Sí, es una actividad específicamente contemplada en las consultas oficiales de la AEAT. Cuando una asociación de padres compra libros de texto y los entrega a los alumnos de un centro educativo cobrando su importe, se clasifica dentro del epígrafe 659.4. Sin embargo, la asociación debe estar registrada como tal ante Hacienda y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. El IVA aplicable será el del tipo general (21%) a menos que los libros de texto estén acogidos a tipos reducidos. Además, la asociación debe llevar contabilidad separada de esta actividad comercial.
¿Qué tipos de publicaciones en soporte CD-ROM puedo vender?
La normativa permite la venta de publicaciones y colecciones en soportes CD-ROM, cintas magnetoscópicas, magnetofónicas y compact-disc, siempre que sean complementarios a la actividad principal. Ejemplos permitidos: cursos de idiomas en CD-ROM, diccionarios digitales, enciclopedias en CD. Sin embargo, estos deben ser accesorios a la venta de libros físicos y publicaciones periódicas. No puedes dedicarte exclusivamente a la venta de contenido digital sin establecimiento físico de venta de libros. La AEAT considera que estos soportes son una extensión natural del comercio de libros tradicional, pero siempre subordinados a la actividad principal.
¿Necesito permiso especial para vender tarjetas de bono-bus o recarga telefónica?
No necesitas permiso especial adicional al alta en IAE 659.4, pero sí debes cumplir con los requisitos que establezca la empresa operadora (Renfe, Metro, operadores telefónicos). Estas ventas deben ser accesorias a la actividad principal de comercio de prensa y publicaciones. Desde el punto de vista fiscal, estas ventas se registran como ingresos comerciales en tu contabilidad. La AEAT considera que estas ventas son típicas de los quioscos de prensa tradicionales y están expresamente permitidas en la normativa oficial del epígrafe.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


