Actualización CNAE 2009 68.20 a CNAE 2025: Alquiler de Bienes Inmobiliarios
El CNAE 2009 68.20 (Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia) se divide en 2 códigos CNAE 2025: 55.90 (Otros servicios de alojamiento) y 68.20 (Alquiler de bienes inmobiliarios). Con más de 1.100 búsquedas, es el código más consultado del sector inmobiliario. La clave está en si el alquiler es de larga estancia o de tipo turístico/temporal.
Plazo AEAT · Modelo 036
Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026
Qué cubría el CNAE 2009 6820
El CNAE 2009 68.20 cubría el alquiler y gestión de bienes inmobiliarios propios: viviendas, edificios no destinados a vivienda (oficinas, almacenes, naves), terrenos, casas y apartamentos amueblados de uso permanente, y el arrendamiento de techos para instalaciones de energía solar.
Equivalencias CNAE 2025 (2 opciones)
Este código tiene 2 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.
Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
Cuándo elegir este código
Elige este código si tu actividad es el alquiler de larga duración (contratos de vivienda habitual, alquiler de oficinas, naves, locales comerciales, terrenos). Es la continuación natural del antiguo 68.20.
Otros servicios de alojamiento
Cuándo elegir este código
Elige este código si tu actividad principal es el alquiler turístico o de corta estancia: apartamentos vacacionales, alojamientos tipo Airbnb, residencias temporales.
Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)
Clasifica tu tipo de alquiler
¿Alquilas a largo plazo (contratos de 1+ año, vivienda habitual, oficinas)? → 68.20. ¿Alquilas por temporadas cortas (turístico, vacacional, Airbnb)? → 55.90.
Actualiza en IMPORTASS
Accede a IMPORTASS y selecciona 68.20 o 55.90 según tu modelo. Al ser 1:N, la TGSS no asignó automáticamente.
Presenta el modelo 036
En la Sede Electrónica AEAT, modelo 036 de modificación: baja del antiguo 68.20 y alta del nuevo código elegido.
Verifica coherencia AEAT-TGSS
Asegúrate de que el código declarado en la AEAT coincide con el de IMPORTASS. Guarda ambos justificantes.
Plazos
Plazo TGSS vencido (30 junio 2025). Como código 1:N, no hubo asignación automática. Actualiza en IMPORTASS para dejar de pagar la cotización AT/EP más alta. Plazo AEAT: antes del 1 de enero de 2027.
Quién está afectado
Propietarios que alquilan inmuebles propios (viviendas, oficinas, locales, naves), operadores de alquiler turístico, gestores de apartamentos vacacionales, arrendadores de terrenos y espacios.
Errores comunes al migrar este código
Elegir 55.90 (alojamiento temporal) cuando el alquiler es de larga duración. Si tus contratos son anuales o de vivienda habitual, el código correcto es 68.20.
No distinguir alquiler turístico del residencial. Si alquilas por Airbnb o Booking de forma habitual, probablemente deberías usar el 55.90.
Tener actividad mixta y no declarar ambos códigos. Si alquilas pisos de larga duración Y apartamentos turísticos, puedes declarar ambos indicando el principal.
Confundir este código con el de agentes inmobiliarios (68.31/68.32). Si intermedias para terceros, tu código es otro.
Preguntas frecuentes
¿El código 68.20 se mantiene igual en CNAE 2025?
¿Qué código uso si alquilo por Airbnb?
¿Afecta a mi régimen de IVA?
¿Y si alquilo un local comercial?
¿Tengo que darme de alta como alojamiento turístico?
Fuentes oficiales
- Real Decreto 10/2025 (BOE-A-2025-587) — Marco legal del CNAE 2025.
- INE — Correspondencia CNAE 2009 68.20 — Correspondencia oficial: 68.20 → 55.90, 68.20.
- AEAT — Modelo 036 — Declaración censal.