Grupo 983 IAE: representación jugadores fútbol — DGT 1022-02
Resumen
Se consulta el epígrafe IAE aplicable a la actividad de representación de jugadores de fútbol realizada por una persona jurídica. La DGT concluye que debe tributar por el Grupo 983 de la Sección Primera (Agencias de colocación de artistas).
Datos de la consulta
- Número
- 1022-02
- Tipo
- General
- Fecha
- 4 de julio de 2002
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- RD Legislativo 1175/1990 Grupos 983 y 844 Sección 1ª Regla 8ª Instrucción
Epígrafes IAE relacionados
Cuestión planteada
Se desea saber el Epígrafe de las Tarifas de Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se debe dar de alta la actividad de representación de jugadores de fútbol realizada por una persona jurídica.
Descripción de hechos
Representación de jugadores de fútbol.
Contestación completa
Conforme a lo dispuesto en la Regla 8ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas, Instrucción y Tarifas, por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, “las actividades empresariales, profesionales y artísticas, no especificadas en las Tarifas, se clasificarán, provisionalmente, en el Grupo o Epígrafe dedicado a las actividades no clasificadas en otra parte (n.c.o.p.), a las que por su naturaleza se asemejen y tributarán por la cuota correspondiente al referido Grupo o Epígrafe de que se trate. Si la clasificación prevista en el párrafo anterior no fuera posible, las actividades no especificadas en las Tarifas se clasificarán, provisionalmente, en el Grupo o Epígrafe correspondiente a la actividad a la que por su naturaleza más se asemejen , y tributarán por la cuota asignada a ésta”. De la aplicación del procedimiento anteriormente expresado resulta que la actividad, realizada por una persona jurídica, consistente en la representación de jugadores de fútbol, deberá darse de alta y tributar por el Grupo 983 de la Sección Primera de las Tarifas “Agencias de colocación de artistas”. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.
Consultas relacionadas
¿Tienes dudas sobre tu actividad? PDF fiscal gratuito
Te enviamos el informe de situación fiscal con tu IAE/CNAE: módulos, riesgo, checklist y plazos AEAT.