Epígrafes IAE jardinería y windsurfing: DGT 1231-03
Resumen
Se consulta qué epígrafes del IAE corresponden a la venta de artículos de jardinería y productos de windsurfing. La DGT concluye que la venta al por menor de artículos de jardinería se clasifica en el Epígrafe 653.3, y la venta al por mayor y al por menor de productos de windsurfing en el Epígrafe 619.1, indicando que la cuota de mayorista faculta para la venta al por menor.
Datos de la consulta
- Número
- 1231-03
- Tipo
- General
- Fecha
- 8 de septiembre de 2003
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- RD Legislativo 1175/1990 Epígrafes 619-3 y 653-3 Sección 1ª, Reglas 2ª y 4ª-1, 2C Instrucción
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Cuestión planteada
Se desea saber los Epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se deben dar de alta las actividades de venta de artículos de jardinería en general y venta al mayor y detalle de productos de "windsurfing".
Descripción de hechos
Venta de materiales de jardinería y venta al mayor y detalle de productos de "windsurfing".
Contestación completa
1º) La Regla 2ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas (Instrucción y Tarifas) por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, establece que el “mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las Tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artístico no especificada en aquéllas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa”. La Regla 4ª.1 de la Instrucción dispone que “con carácter general, el pago correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora de este Impuesto, en las Tarifas o en la presente Instrucción se disponga otra cosa”. Sobre la base de dicha Regla 4ª.1 de la Instrucción, el sujeto pasivo que desea realizar, entre otras, las actividades de: -Venta de materiales para la jardinería. -Venta al por mayor y al por menor de productos de "windsurfing", deberá darse de alta por la realización de las mismas en los siguientes Epígrafes de la Sección Primera de las Tarifas: - Epígrafe 653.3 “Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos)”. La Nota adjunta a este Epígrafe establece que el mismo comprende, entre otros, el comercio al por menor de artículos de jardinería. - Epígrafe 619.1 “Comercio al por mayor de juguetes y artículos de deporte”. La Regla 4ª de la Instrucción en su apartado 2 letra c) establece que el “pago de las cuotas correspondientes al ejercicio de actividades de comercio al por mayor, faculta para la venta al por menor, así como para la importación y exportación de las materias o productos objeto de aquéllas”. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.
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