Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Aragón
Datos del ejercicio 2026.
Consulta los tipos, las bonificaciones y la depreciación de vehículos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales vigentes en Aragón, con enlace a la normativa oficial autonómica.
Tipos TPO — vivienda de segunda mano
El tipo general se aplica salvo que la operación cumpla los requisitos de un tipo reducido — familia numerosa, VPO, discapacidad u otros supuestos que fije la comunidad.
Tipo general (inmuebles)
- Hasta 400.000 €: 8 %
- Hasta 450.000 €: 8,5 %
- Hasta 500.000 €: 9 %
- Hasta 750.000 €: 9,5 %
- Resto: 10 %
Requisitos: Tabla 70. Escala progresiva de 5 tramos por valor del bien (columnas 'Valor bien hasta euros' / 'Cuota íntegra' / 'Resto valor bien' / 'Tipo', reordenadas por la conversión PDF→markdown; reconstruidas por posición y verificadas por aritmética). Comprobación: 0+400000*0.08=32000; 32000+50000*0.085=36250; 36250+50000*0.09=40750; 40750+250000*0.095=64500 — cuadra exactamente con los valores publicados en cada fila siguiente de la tabla.
Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Cuota variable sobre los documentos notariales que formalizan operaciones sujetas y no exentas de IVA (p. ej. hipotecas, renuncias a la exención de IVA).
AJD — cuota variable general
1,5 %✓ Verificado
AJD — tipo incrementado
2 %✓ Verificado
Requisitos: 2% aplicable a escrituras notariales que formalicen transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención del IVA. Único tipo incrementado publicado en AJD.
AJD — tipo reducido
Esta comunidad regula un tipo reducido (AJD — tipo reducido) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado (0,1%, empatado entre dos variantes). Variantes: (1) 0,1% constitución/modificación de derechos reales de garantía a favor de sociedad de garantía recíproca con domicilio social en Aragón (art. 122-4, docs/itp-medidas-2026.md:4387-4390); (2) 0,5% constitución de préstamos hipotecarios para financiar actuaciones protegidas de rehabilitación (art. 122-5, :4392-4395); (3) 0,1% préstamos hipotecarios para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de vivienda habitual de persona con discapacidad ≥65% (art. 122-8, :4397-4407). condiciones=null: se agrupan tres variantes bajo un único concepto por la restricción UNIQUE(region,ejercicio,modalidad,concepto).
Vehículo usado
Para un vehículo usado, la base imponible parte del valor venal depreciado según su antigüedad (tabla estatal, Orden HAC anual) cuando sea superior al precio declarado.
Tipo general (bienes muebles / vehículos)
4 %✓ Verificado
Requisitos: 4% ('el resto de vehículos sujetos') es la única cifra de tipo general para bienes muebles impresa en la sección de Aragón — aparece como cláusula residual dentro del párrafo de cuotas fijas para vehículos antiguos, no como una declaración de tipo general de bienes muebles independiente.
Antigüedad 0-1 años
100 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 1-2 años
84 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 2-3 años
67 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 3-4 años
56 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 4-5 años
Porcentaje de depreciación pendiente de verificación — consulte la Orden HAC vigente.Pendiente de verificación
Antigüedad 5-6 años
39 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 6-7 años
34 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 7-8 años
28 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 8-9 años
24 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 9-10 años
19 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 10-11 años
17 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 11-12 años
13 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad más de 12 años
Consulta la normativa autonómica vigente.En revisión
Bonificaciones
Ninguna bonificación de este catálogo se aplica automáticamente en la calculadora — sus requisitos deben comprobarse manualmente con la comunidad autónoma.
TPO
Bonificación 12,5% vivienda habitual para menores de 35 años, discapacidad ≥65% o víctimas de violencia de género
12,5 %✓ Verificado
Requisitos: Bonificación del 12,5% de la cuota aplicable a la adquisición de vivienda habitual por personas físicas menores de 35 años, personas con discapacidad ≥65% y mujeres víctimas de violencia de género, siempre que el valor real del inmueble no exceda de 100.000 €. condiciones=null: se agrupan tres colectivos alternativos (edad O discapacidad O violencia de género) bajo un único porcentaje, no expresable como un único objeto de condiciones.
Bonificación 100% arrendamientos de viviendas y fincas rústicas
100 %✓ Verificado
Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota aplicable a los arrendamientos destinados exclusivamente a viviendas y fincas rústicas, siempre que la renta anual satisfecha no sea superior a 9.000 €. condiciones=null: el límite de renta anual no es machine-checkable.
AJD
Bonificación 100% escrituras de novación modificativa de préstamos y créditos hipotecarios no exentas
100 %✓ Verificado
Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota en AJD aplicable a escrituras que formalicen la novación modificativa de préstamos y créditos hipotecarios no exentas. condiciones=null: la naturaleza de la novación no es machine-checkable.
Normativa autonómica
El plazo general para presentar el modelo 600 y autoliquidar el ITP-AJD es de 30 días hábiles desde que se causa el acto o contrato (art. 102.1 Reglamento del ITP y AJD, RD 828/1995).