Saltar al contenido

CNAE 2025: plazo general de 1 mes (modelo 036) · Verificar código →

Iniciar sesiónEmpezar gratis

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Castilla y León

Datos del ejercicio 2026.

Consulta los tipos, las bonificaciones y la depreciación de vehículos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales vigentes en Castilla y León, con enlace a la normativa oficial autonómica.

Tipos TPO — vivienda de segunda mano

El tipo general se aplica salvo que la operación cumpla los requisitos de un tipo reducido — familia numerosa, VPO, discapacidad u otros supuestos que fije la comunidad.

Tipo general (inmuebles)

Tipo progresivo por tramos de base imponible✓ Verificado
  • Hasta 250.000 €: 8 %
  • Resto: 10 %

Requisitos: Tipo general del 8% aplicado sobre la parte de la base imponible que no exceda de 250.000€, gravándose el resto al 10% (art. 25.1 TR: 'Este tipo de gravamen se aplica sobre la parte de la base imponible que no exceda de 250.000€, aplicándose el 10% sobre el resto') — reparto marginal explícito, no ambiguo (a diferencia del caso de la Comunitat Valenciana). Comprobación aritmética: 0+250000*0.08=20000 — cuadra con el tramo siguiente.

Vivienda — discapacidad

Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — discapacidad) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: 4% en transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual cuando el adquirente (o cualquier miembro de su unidad familiar) tenga discapacidad ≥65% (comparte artículo con familia numerosa/menores 36/VPO — ver esos conceptos). condiciones=null: la 'Normas comunes' (art. 28 TR) exige un límite de IRPF de 31.500€ y venta de la vivienda anterior en 1 año — no machine-checkable.

Vivienda — familia numerosa

Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — familia numerosa) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: 4% en transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual cuando el adquirente sea titular de familia numerosa (comparte artículo con discapacidad/menores 36/VPO — ver esos conceptos). condiciones=null: la 'Normas comunes' (art. 28 TR) exige, para esta variante, un límite de IRPF de 37.800€+6.000€/miembro adicional y venta de la vivienda anterior en 1 año — ninguno machine-checkable.

Vivienda — joven

Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — joven) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado: 0,01% cuando todos los adquirentes tengan menos de 36 años y la vivienda esté en un municipio/entidad local menor de Castilla y León con población≤10.000 habitantes (o ≤3.000 si dista <30km de la capital de provincia), valor<150.000€ (art. 25.4 TR, docs/itp-medidas-2026.md:6584-6598). Variante: 4% general cuando todos los adquirentes tengan menos de 36 años, sin restricción de municipio (art. 25.3 TR, comparte artículo con familia numerosa/discapacidad/VPO, :6566-6582). condiciones=null: la 'Normas comunes' (art. 28 TR) exige límite de IRPF de 31.500€ y que la vivienda sea la 'primera vivienda' del adquirente; además la variante rural depende de un listado de municipios no machine-checkable.

Vivienda de protección oficial (VPO)

Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda de protección oficial (VPO)) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: 4% en transmisiones de viviendas protegidas según la normativa de la Comunidad o calificadas por cualquier otra normativa como vivienda de protección pública (comparte artículo con familia numerosa/discapacidad/menores 36 — ver esos conceptos). condiciones=null: la 'Normas comunes' (art. 28 TR) exige límite de IRPF de 31.500€ y que la vivienda sea la 'primera vivienda' del adquirente — no machine-checkable.

Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Cuota variable sobre los documentos notariales que formalizan operaciones sujetas y no exentas de IVA (p. ej. hipotecas, renuncias a la exención de IVA).

AJD — cuota variable general

1,5 %✓ Verificado

AJD — tipo incrementado

Esta comunidad regula un tipo reducido (AJD — tipo incrementado) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: 2% en primeras copias de escrituras y actas notariales que formalicen transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención de IVA.

AJD — tipo reducido

0,01 %✓ Verificado

Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado: 0,01% cuando todos los adquirentes tengan menos de 36 años y la vivienda esté en un municipio ≤10.000 habitantes (o ≤3.000 si dista <30km de la capital de provincia), valor<150.000€ (art. 26.3 TR, docs/itp-medidas-2026.md:6689-6698). Variantes: (1) 0,5% vivienda habitual, 4 supuestos (familia numerosa/discapacidad≥65%/menores 36/VPO) (art. 26.2, :6670-6687); (2) 0,5% garantía recíproca con domicilio en Castilla y León (art. 26.4, :6700-6711); (3) 0,5% sede social/centro de trabajo de empresas/negocios profesionales (art. 26.5, :6713-6732). condiciones=null: la 'Normas comunes' (art. 28 TR) exige límite de IRPF de 31.500€/37.800€+6.000€ y otros requisitos no machine-checkable; se agrupan 4 variantes bajo un único concepto por la restricción UNIQUE(region,ejercicio,modalidad,concepto).

Vehículo usado

Para un vehículo usado, la base imponible parte del valor venal depreciado según su antigüedad (tabla estatal, Orden HAC anual) cuando sea superior al precio declarado.

Tipo general (bienes muebles / vehículos)

5 %✓ Verificado

Antigüedad 0-1 años

100 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 1-2 años

84 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 2-3 años

67 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 3-4 años

56 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 4-5 años

Porcentaje de depreciación pendiente de verificación — consulte la Orden HAC vigente.Pendiente de verificación

Antigüedad 5-6 años

39 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 6-7 años

34 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 7-8 años

28 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 8-9 años

24 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 9-10 años

19 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 10-11 años

17 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 11-12 años

13 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad más de 12 años

Consulta la normativa autonómica vigente.En revisión

Bonificaciones

Ninguna bonificación de este catálogo se aplica automáticamente en la calculadora — sus requisitos deben comprobarse manualmente con la comunidad autónoma.

TPO

Bonificación 100% TPO actos y negocios jurídicos de comunidades de regantes en obras de interés general

100 %✓ Verificado

Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota en TPO aplicable a actos y negocios jurídicos realizados por Comunidades de Regantes de Castilla y León relacionados con obras declaradas de interés general. condiciones=null: la clasificación institucional (comunidad de regantes) y la declaración de interés general no son machine-checkable.

Bonificación 100% arrendamiento de fincas rústicas por agricultor

100 %✓ Verificado

Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota aplicable a los arrendamientos de fincas rústicas cuando el arrendatario tenga la condición de agricultor de alta en la Seguridad Social (RETA o Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agraria) y sea titular de una explotación agraria a la que queden afectos los elementos arrendados. condiciones=null: la condición de agricultor de alta en la Seguridad Social no es machine-checkable.

AJD

Bonificación 100% AJD actos y negocios jurídicos de comunidades de regantes en obras de interés general

100 %✓ Verificado

Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota en AJD aplicable a actos y negocios jurídicos realizados por Comunidades de Regantes de Castilla y León relacionados con obras declaradas de interés general (misma medida que su equivalente TPO, art. 27 TR, aplicable en ambas modalidades). condiciones=null: la clasificación institucional no es machine-checkable.

Bonificación 50% AJD agrupación, agregación, segregación y división de suelos de uso industrial o terciario

50 %✓ Verificado

Requisitos: Bonificación del 50% de la cuota en AJD para primeras copias de escrituras que documenten actos de agrupación, agregación, segregación y división sobre suelos destinados a uso industrial o terciario, siempre que se haga constar expresamente ese destino en la escritura. condiciones=null: la mención expresa del destino industrial/terciario en el documento notarial no es machine-checkable.

Normativa autonómica

✓ VerificadoSegún Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2013 (Castilla y León).
Ver normativa oficial

El plazo general para presentar el modelo 600 y autoliquidar el ITP-AJD es de 30 días hábiles desde que se causa el acto o contrato (art. 102.1 Reglamento del ITP y AJD, RD 828/1995).

Calcula tu cuota estimada del ITP en Castilla y León

Calculadora del ITP

Esta página tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento fiscal profesional ni la consulta de la normativa autonómica vigente. Las cifras marcadas como "pendiente de verificación" se muestran de forma cualitativa hasta su confirmación con la fuente oficial.

Fuente: Real Decreto Legislativo 1/1993 (TRLITPAJD) y la normativa propia de Castilla y León.