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Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Galicia

Datos del ejercicio 2026.

Consulta los tipos, las bonificaciones y la depreciación de vehículos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales vigentes en Galicia, con enlace a la normativa oficial autonómica.

Tipos TPO — vivienda de segunda mano

El tipo general se aplica salvo que la operación cumpla los requisitos de un tipo reducido — familia numerosa, VPO, discapacidad u otros supuestos que fije la comunidad.

Tipo general (inmuebles)

8 %✓ Verificado

Vivienda — discapacidad

3 %✓ Verificado

Requisitos: 3% para las adquisiciones de viviendas por personas con discapacidad física, psíquica o sensorial de grado igual o superior al 65%, siempre que se documente en escritura pública en la que se haga constar expresamente la finalidad de destinarla a vivienda habitual. Si se adquiere por varias personas, el tipo se aplicará exclusivamente a la parte proporcional de base liquidable que corresponda a la persona con discapacidad. condiciones=null: la exigencia de formalización en escritura pública que exprese expresamente el destino a vivienda habitual es un requisito de formalización notarial adjunto directamente a este precepto (art. 14.Tres), no una condición separable — cae fuera de las 9 claves machine-checkable, igual que el criterio aplicado en Cantabria y Comunitat Valenciana en el lote B.

Vivienda — familia numerosa

3 %✓ Verificado

Requisitos: 3% para adquisiciones de vivienda habitual por familias numerosas, siempre que ni el precio de adquisición ni la suma del patrimonio de todos los miembros de la familia supere 400.000 € (+50.000 €/miembro adicional). Excepción de vivienda anterior sujeta a venta en 2 años. condiciones=null: el tope de patrimonio (no de base imponible) y el plazo de venta de vivienda anterior no son machine-checkable.

Vivienda habitual — tipo reducido

Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda habitual — tipo reducido) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: Cubo 'catch-all' de variantes de vivienda habitual reducida sin concepto propio, al tipo más bajo publicado (3%): (1) 7% general vivienda habitual, patrimonio ≤240.000 €+30.000 €/miembro adicional (art. 14.Dos, docs/itp-medidas-2026.md:535-551); (2) 3% víctimas de violencia de género, precio ≤240.000 €+30.000 €/miembro (art. 14.Ocho, docs/itp-medidas-2026.md:630-641); (3) 3% familias monoparentales, patrimonio/precio ≤240.000 €+30.000 €/miembro, inscripción en Registro de Familias Monoparentales de Galicia (art. 14.Diez, docs/itp-medidas-2026.md:666-699); (4) 6% zonas rurales/poco pobladas, 5% si además es vivienda habitual con requisitos art. 14.Dos (art. 14.Siete, docs/itp-medidas-2026.md:624-628); (5) 6% rehabilitación inmediata para vivienda, 4% en zona rural (art. 14.Nueve, docs/itp-medidas-2026.md:643-648); (6) 4% vitalicio (nuda propiedad/pleno dominio vía contrato de vitalicio), patrimonio ≤240.000 €+30.000 €/miembro, alimentista ≥65 años y discapacidad ≥33% (art. 14.Once, docs/itp-medidas-2026.md:700-730). condiciones=null: ninguna variante es 100% machine-checkable de forma aislada, y agrupan condiciones de patrimonio/registro/plazos incompatibles con las 9 claves.

Vivienda — joven

3 %✓ Verificado

Requisitos: 3% para adquisición de vivienda habitual por menores de 36 años, siempre que el patrimonio de los adquirentes no supere 240.000 € (+30.000 €/miembro adicional). Excepción de vivienda anterior sujeta a venta en 2 años. condiciones=null: el tope de patrimonio y el plazo de venta no son machine-checkable, aunque edad_max=36 en sí lo sería.

Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Cuota variable sobre los documentos notariales que formalizan operaciones sujetas y no exentas de IVA (p. ej. hipotecas, renuncias a la exención de IVA).

AJD — cuota variable general

1,5 %✓ Verificado

AJD — tipo incrementado

2 %✓ Verificado

Requisitos: 2% en documentos notariales que formalicen transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención del IVA.

AJD — tipo reducido

Esta comunidad regula un tipo reducido (AJD — tipo reducido) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación

Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado (0,1%, garantía recíproca). Variantes: (1) 1% vivienda habitual + préstamo hipotecario, precio/patrimonio ≤240.000 €+30.000 €/miembro (art. 15.Dos, docs/itp-medidas-2026.md:760-783); (2) 0,5% discapacidad ≥65% + préstamo hipotecario (art. 15.Tres, docs/itp-medidas-2026.md:785-794); (3) 0,5% familia numerosa + préstamo, precio/patrimonio ≤400.000 €+50.000 €/miembro (art. 15.Cuatro, docs/itp-medidas-2026.md:796-812); (4) 0,5% menores de 36 años + préstamo, precio/patrimonio ≤240.000 €+30.000 €/miembro (art. 15.Cinco, docs/itp-medidas-2026.md:814-837); (5) 0,1% derechos reales de garantía a favor de sociedad de garantía recíproca gallega (art. 15.Seis, docs/itp-medidas-2026.md:839-844); (6) 0,5% víctimas de violencia de género + préstamo, precio ≤240.000 € (art. 15.Ocho, docs/itp-medidas-2026.md:846-857); (7) 0,5% familias monoparentales inscritas en el Registro de Familias Monoparentales de Galicia (art. 15.Nueve, docs/itp-medidas-2026.md:859-897). condiciones=null: ninguna variante es 100% machine-checkable de forma aislada; se agrupan bajo un único concepto por la restricción UNIQUE(region,ejercicio,modalidad,concepto).

Vehículo usado

Para un vehículo usado, la base imponible parte del valor venal depreciado según su antigüedad (tabla estatal, Orden HAC anual) cuando sea superior al precio declarado.

Tipo general (bienes muebles / vehículos)

8 %✓ Verificado

Antigüedad 0-1 años

100 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 1-2 años

84 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 2-3 años

67 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 3-4 años

56 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 4-5 años

Porcentaje de depreciación pendiente de verificación — consulte la Orden HAC vigente.Pendiente de verificación

Antigüedad 5-6 años

39 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 6-7 años

34 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 7-8 años

28 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 8-9 años

24 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 9-10 años

19 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 10-11 años

17 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad 11-12 años

13 % del valor venal✓ Verificado

Antigüedad más de 12 años

Consulta la normativa autonómica vigente.En revisión

Bonificaciones

Ninguna bonificación de este catálogo se aplica automáticamente en la calculadora — sus requisitos deben comprobarse manualmente con la comunidad autónoma.

TPO

Deducción 100% cuota en transmisiones de suelo rústico

100 %✓ Verificado

Requisitos: Deducción del 100% de la cuota en transmisiones onerosas de suelo rústico; si hay construcción no afecta a explotación agraria en funcionamiento, la deducción no alcanza a la parte de cuota correspondiente a dicha construcción (salvo incorporación a polígonos agroforestales/aldeas modelo en plazo de 1 año). condiciones=null: naturaleza rústica del suelo y afectación agraria no son machine-checkable.

Bonificación 100% arrendamientos de vivienda con intermediación del IGVS

100 %✓ Verificado

Requisitos: Arrendamientos de viviendas entre particulares con intermediación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo al amparo del Programa de vivienda de alquiler. condiciones=null: la intermediación institucional no es machine-checkable.

AJD

No hay bonificaciones propias registradas en AJD.

Normativa autonómica

✓ VerificadoSegún Decreto Legislativo 1/2011 (Galicia), Texto Refundido.
Ver normativa oficial

El plazo general para presentar el modelo 600 y autoliquidar el ITP-AJD es de 30 días hábiles desde que se causa el acto o contrato (art. 102.1 Reglamento del ITP y AJD, RD 828/1995).

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Esta página tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento fiscal profesional ni la consulta de la normativa autonómica vigente. Las cifras marcadas como "pendiente de verificación" se muestran de forma cualitativa hasta su confirmación con la fuente oficial.

Fuente: Real Decreto Legislativo 1/1993 (TRLITPAJD) y la normativa propia de Galicia.