Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en La Rioja
Datos del ejercicio 2026.
Consulta los tipos, las bonificaciones y la depreciación de vehículos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales vigentes en La Rioja, con enlace a la normativa oficial autonómica.
Tipos TPO — vivienda de segunda mano
El tipo general se aplica salvo que la operación cumpla los requisitos de un tipo reducido — familia numerosa, VPO, discapacidad u otros supuestos que fije la comunidad.
Tipo general (inmuebles)
7 %✓ Verificado
Vivienda — discapacidad
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — discapacidad) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: 5% para adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad de grado ≥33%. Único requisito publicado (aparte de una regla de prorrateo al 50% para cónyuges en gananciales cuando solo uno de ellos tiene discapacidad, un detalle de cálculo, no de elegibilidad, que se omite de condiciones), íntegramente machine-checkable.
Vivienda — familia numerosa
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — familia numerosa) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: 5% para adquisiciones de vivienda habitual por familias numerosas; 3% (el más bajo, tomado como tipoPct) si además: la adquisición tiene lugar dentro de los 5 años siguientes a alcanzar la condición de familia numerosa (o al nacimiento/adopción de cada hijo); se vende la vivienda anterior en el mismo plazo; la superficie útil es superior en más de un 10% a la anterior; y la suma de bases imponibles IRPF menos mínimo personal y familiar no excede de 30.600 €. condiciones=null: plazo de venta de vivienda anterior, comparación de superficie e IRPF no son machine-checkable.
Vivienda — joven
3 %✓ Verificado
Requisitos: 4% para primera vivienda habitual de menores de 40 años; 3% (el más bajo, tomado como tipoPct) cuando la vivienda esté ubicada en alguno de los municipios del anexo I de la Ley 10/2017 — lista de municipios no machine-checkable.
Vivienda de protección oficial (VPO)
5 %✓ Verificado
Requisitos: 5% para adquisición de viviendas de protección oficial que constituyan la primera vivienda habitual del adquirente. condiciones=null: exige además que la base liquidable general del IRPF no exceda de 18.030 € (individual) / 30.050 € (conjunta) y que la base del ahorro no exceda de 1.800 € — límite de IRPF no machine-checkable.
Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Cuota variable sobre los documentos notariales que formalizan operaciones sujetas y no exentas de IVA (p. ej. hipotecas, renuncias a la exención de IVA).
AJD — cuota variable general
1 %✓ Verificado
AJD — tipo incrementado
1,5 %✓ Verificado
Requisitos: 1,5% aplicable a primeras copias de escrituras que formalicen transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención en el IVA. Único tipo incrementado publicado en AJD.
AJD — tipo reducido
0,1 %✓ Verificado
Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado: 0,1% con carácter general para adquisiciones de vivienda habitual por familias numerosas y por personas con discapacidad ≥33% (art. 49 Ley 10/2017, docs/itp-medidas-2026.md:2843-2849). Variante adicional: 0,3% constitución de derechos reales de garantía a favor de sociedad de garantía recíproca con domicilio fiscal en La Rioja (art. 51 Ley 10/2017, :2851-2854). condiciones=null: el 0,1% agrupa dos colectivos alternativos (familia numerosa O discapacidad) bajo un único concepto por la restricción UNIQUE(region,ejercicio,modalidad,concepto), no expresable como un único objeto de condiciones.
Vehículo usado
Para un vehículo usado, la base imponible parte del valor venal depreciado según su antigüedad (tabla estatal, Orden HAC anual) cuando sea superior al precio declarado.
Tipo general (bienes muebles / vehículos)
4 %✓ Verificado
Requisitos: El art. 44.2 Ley 10/2017 remite literalmente al tipo supletorio estatal ('coincide con el fijado con carácter supletorio en la norma estatal') en lugar de fijar una cifra propia. Se transcribe el 4% del tipo supletorio estatal (art. 11.1.a TRLITPAJD, fila ESTADO/tpo/muebles_general de este mismo fixture), no un valor buscado externamente.
Antigüedad 0-1 años
100 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 1-2 años
84 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 2-3 años
67 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 3-4 años
56 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 4-5 años
Porcentaje de depreciación pendiente de verificación — consulte la Orden HAC vigente.Pendiente de verificación
Antigüedad 5-6 años
39 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 6-7 años
34 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 7-8 años
28 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 8-9 años
24 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 9-10 años
19 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 10-11 años
17 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 11-12 años
13 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad más de 12 años
Consulta la normativa autonómica vigente.En revisión
Bonificaciones
Ninguna bonificación de este catálogo se aplica automáticamente en la calculadora — sus requisitos deben comprobarse manualmente con la comunidad autónoma.
TPO
Bonificación 100% arrendamiento de fincas rústicas por agricultor profesional
100 %✓ Verificado
Requisitos: Bonificación del 100% de la cuota aplicable a los contratos de arrendamiento rústico (Ley 49/2003) siempre que el arrendatario tenga la condición de agricultor profesional con domicilio fiscal en La Rioja y sea titular de una explotación agraria a la que queden afectos los elementos arrendados. condiciones=null: la condición de agricultor profesional y la afectación a explotación agraria no son machine-checkable.
AJD
Deducción 100% en operaciones de subrogación y modificación de préstamos y créditos hipotecarios
100 %✓ Verificado
Requisitos: Deducción del 100% de la cuota aplicable a escrituras que documenten modificación del método/sistema de amortización u otras condiciones financieras de préstamos hipotecarios, subrogación, alteración de plazo o tipo de interés, para préstamos de inversión en vivienda habitual. No aplica a ampliación/reducción de capital. condiciones=null: la finalidad del préstamo (inversión en vivienda habitual) y el tipo de operación no son machine-checkable.
Normativa autonómica
El plazo general para presentar el modelo 600 y autoliquidar el ITP-AJD es de 30 días hábiles desde que se causa el acto o contrato (art. 102.1 Reglamento del ITP y AJD, RD 828/1995).