IAE 647.5: Máquinas Expendedoras Alimentos
El IAE 647.5 es el epígrafe que clasifica la actividad económica de suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras...

IAE 647.5: Máquinas Expendedoras Alimentos y Bebidas
¿Qué es el IAE 647.5?
El IAE 647.5 es el epígrafe que clasifica la actividad económica de suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras automáticas, excluido el tabaco. Se trata de un código de registro obligatorio para autónomos y empresas que realicen venta automática de alimentos sin intervención directa del vendedor en el punto de venta. En 2026, este epígrafe sigue siendo fundamental para regularizar la actividad de máquinas expendedoras ante la Administración Tributaria.
Esta actividad engloba desde máquinas de café y refrescos hasta dispensadores de bocadillos, sándwiches, carnes frías, frutos secos y otros productos alimenticios. La característica principal es que la venta se produce de forma totalmente automática mediante máquinas expendedoras instaladas en espacios públicos o privados.
Para quién es el IAE 647.5
El IAE 647.5 es obligatorio para:
- Autónomos que instalen máquinas expendedoras de alimentos como actividad principal
- Pequeñas empresas dedicadas a la explotación de máquinas automáticas de bebidas y comida
- Empresas de distribución que gestionen redes de máquinas expendedoras en diferentes ubicaciones
- Propietarios de máquinas que suministren productos a través de sistemas automáticos
- Franquiciados de redes de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas
No necesitas este epígrafe si tu actividad principal es otra (por ejemplo, eres dueño de un bar) y únicamente tienes máquinas expendedoras como complemento secundario, aunque debes informar a Hacienda de su existencia.
Códigos CNAE asociados al IAE 647.5
El IAE 647.5 está vinculado principalmente a dos códigos CNAE:
1. CNAE 47.25: Venta al por menor de bebidas en establecimientos especializados
2. CNAE 47.27: Venta al por menor de alimentos y bebidas en puestos de venta y mercadillos
Estos códigos CNAE reflejan la naturaleza comercial de la actividad en el Sistema Nacional de Clasificación de Actividades Económicas. Si necesitas convertir entre IAE y CNAE, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para obtener la clasificación exacta según tus características específicas.
Actividades incluidas en el IAE 647.5
Según la información de la Dirección General de Tributos (2026), están incluidas en este epígrafe:
1. Máquinas expendedoras de café y bebidas calientes
2. Máquinas expendedoras de refrescos y bebidas frías
3. Máquinas expendedoras de bocadillos y sándwiches
4. Máquinas expendedoras de carnes frías y productos cárnicos
5. Máquinas expendedoras de frutos secos y snacks
6. Máquinas expendedoras de vasos predosificados con ingredientes para sopas, infusiones y bebidas
7. Pantallas expositoras automáticas instaladas en vía pública
8. Máquinas automáticas instaladas en estaciones de servicio
9. Suministro de alimentos y bebidas frescas mediante sistemas automáticos
Todos estos productos deben cumplir la normativa de seguridad alimentaria, etiquetado y estar autorizados para venta automática.
Obligaciones fiscales y administrativas en 2026
Registro y Altas
Antes de instalar tu primera máquina expendedora, debes:
- Solicitar el IAE 647.5 en la Delegación de Hacienda de tu provincia
- Obtener licencia de actividad municipal del ayuntamiento donde instales las máquinas
- Registrarte en el censo de actividades económicas si eres autónomo
- Darte de alta en Seguridad Social en el régimen de autónomos
Consulta la guía completa sobre alta IAE para conocer todos los pasos y documentación necesaria.
Obligaciones Tributarias
En 2026, como titular del IAE 647.5 debes cumplir con:
- Pagar la cuota anual correspondiente a tu epígrafe (varía según Comunidad Autónoma)
- Renovar el registro antes del 31 de diciembre de cada año
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
- Si superas 10.000 euros anuales, debes estar dado de alta en IVA
- Presentar declaraciones trimestrales (modelos 303) si tu volumen lo requiere
- Llevar registro de facturas emitidas y recibidas
IVA
- Presentar declaración de la Renta anual (antes del 30 de junio)
- Posibilidad de tributar en régimen de módulos si cumples los requisitos
- Llevar contabilidad simplificada o normal según tus ingresos
IRPF y Tributación en Módulos
- Cumplir con el Reglamento (CE) 1169/2011 sobre información alimentaria
- Mantener máquinas limpias e higiénicas con inspecciones periódicas
- Garantizar trazabilidad de productos
- Tener póliza de responsabilidad civil por daños a consumidores
Normativa Alimentaria
Régimen de Módulos IRPF
El IAE 647.5 permite tributar en el régimen de módulos IRPF si tu volumen de ingresos no supera los límites establecidos por Hacienda. Este régimen es especialmente ventajoso para pequeños negocios porque:
- Simplifica la declaración de la Renta
- Calcula la base imponible según índices objetivos (número de máquinas, superficie, etc.)
- Reduce la carga administrativa
Sin embargo, debes verificar anualmente si sigues cumpliendo los requisitos. Usa nuestra calculadora de módulos IRPF para simular tu tributación en 2026 y comparar con el régimen de estimación directa.
Ejemplos prácticos de actividades IAE 647.5
Caso 1: Autónomo con máquinas de café
Juan es autónomo y gestiona 8 máquinas expendedoras de café en diferentes oficinas de Madrid. Debe registrarse en el IAE 647.5, obtener licencia municipal para cada ubicación, llevar contabilidad simplificada y declarar sus ingresos anuales en la Renta. Sus ingresos anuales son 18.000 euros, así que puede optar por módulos IRPF.
Caso 2: Pequeña empresa de máquinas automáticas
Tecnomáquinas S.L. explota una red de 50 máquinas expendedoras de refrescos y snacks en estaciones de servicio de Cataluña. Debe registrarse en el IAE 647.5, cumplir normativa de seguridad alimentaria, presentar declaraciones trimestrales de IVA y contabilidad completa. Sus ingresos superan los límites de módulos, así que tributa en estimación directa.
Caso 3: Máquinas de bocadillos en centros comerciales
María gestiona máquinas expendedoras de bocadillos y sándwiches en dos centros comerciales de Valencia. Debe registrarse en el IAE 647.5, obtener permisos del centro comercial, mantener máquinas con higiene alimentaria certificada y declarar sus ingresos. Tributa en módulos porque sus ingresos anuales son 15.000 euros.
Diferencias entre IAE 647.5 y otros epígrafes alimentarios
Es importante distinguir el IAE 647.5 de otros epígrafes relacionados:
| Epígrafe | Descripción | Diferencia clave |
|----------|-------------|------------------|
| 647.5 | Máquinas expendedoras de alimentos y bebidas | Venta 100% automática, sin intervención humana |
| 647.1 | Venta de alimentos sin transformación | Requiere atención presencial del vendedor |
| 647.2 | Venta de bebidas | Venta directa al público en establecimiento |
| 647.3 | Venta de comidas preparadas | Requiere cocina y personal de atención |
| 647.4 | Venta de dulces y confitería | Venta con presencia de vendedor |
La clave es que el IAE 647.5 es específico para operaciones donde la máquina realiza la venta sin intervención directa del vendedor en ese momento.
Recomendaciones para gestionar correctamente tu IAE 647.5
1. Consulta con gestoría especializada: La tributación puede optimizarse significativamente. Encuentra gestorías cercanas a tu ubicación que conozcan el sector de máquinas expendedoras.
2. Mantén registro de máquinas: Documenta dónde está cada máquina, su antigüedad, productos que vende y ingresos mensuales.
3. Cumple normativa alimentaria: Realiza inspecciones periódicas de higiene, limpieza y funcionamiento de máquinas.
4. Organiza la documentación: Guarda facturas de compra de productos, gastos de mantenimiento y reparación.
5. Revisa los epígrafes IAE: Consulta la guía completa de epígrafes IAE si amplías tu actividad a otras áreas.
6. Obtén tu certificado IAE: Descarga el certificado IAE cada año para acreditar tu registro ante terceros.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el IAE 647.5 y a quién le afecta?
El IAE 647.5 es el epígrafe que clasifica la actividad de suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras automáticas. Afecta a autónomos y empresas que instalen máquinas expendedoras de café, refrescos, bocadillos, sándwiches, frutos secos o cualquier producto alimenticio sin intervención directa del vendedor. Es obligatorio darse de alta en este epígrafe si tu actividad principal es la venta automática de alimentos y bebidas.
¿Cuál es la diferencia entre IAE 647.5 y otros epígrafes de alimentación?
El IAE 647.5 se diferencia de otros epígrafes alimentarios porque la venta se realiza exclusivamente a través de máquinas automáticas. Otros epígrafes como el 647.1 (venta de alimentos sin transformación) o el 647.2 (venta de bebidas) requieren atención presencial del vendedor. El 647.5 es específico para operaciones sin intervención humana directa en el punto de venta, lo que reduce la carga laboral pero requiere mantenimiento y reposición de máquinas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo si tengo máquinas expendedoras de alimentos en 2026?
En 2026, como titular del IAE 647.5 debes: (1) mantener el registro actualizado en Hacienda; (2) llevar contabilidad simplificada o normal según tus ingresos; (3) presentar declaración trimestral de IVA si superas los umbrales; (4) declarar la Renta anual (formulario 100) antes del 30 de junio; (5) cumplir normas de higiene alimentaria y etiquetado; (6) tener póliza de responsabilidad civil; (7) realizar inspecciones periódicas de máquinas. Consulta con una gestoría para optimizar tu tributación según volumen de ingresos.
¿Puedo tributar en módulos IRPF con el IAE 647.5?
Sí, el IAE 647.5 permite tributación en módulos IRPF si cumples los requisitos de volumen de ingresos y gastos establecidos por Hacienda. En 2026, este régimen puede ser ventajoso para pequeños negocios de máquinas expendedoras porque simplifica la declaración. Sin embargo, debes verificar si tus ingresos anuales se mantienen dentro de los límites permitidos. Usa nuestra calculadora de módulos IRPF para simular tu tributación y comparar con el régimen de estimación directa.
¿Qué productos puedo vender en máquinas expendedoras con el IAE 647.5?
Con el IAE 647.5 puedes vender: bebidas calientes (café, té, chocolate), bebidas frías (refrescos, agua, zumos), bocadillos, sándwiches, carnes frías, frutos secos, galletas, chocolatinas, chicles, vasos predosificados con ingredientes para sopas e infusiones, y otros productos alimenticios no perecederos o de corta duración. Está excluido el tabaco. Todos los productos deben cumplir normativa de etiquetado, seguridad alimentaria y estar autorizados para venta automática.
¿Necesito licencia municipal además del IAE 647.5?
Sí, además del IAE 647.5 necesitas obtener la licencia de actividad municipal del ayuntamiento donde instales las máquinas. Algunos municipios exigen licencias específicas por cada ubicación de máquina expendedora. También debes verificar si el lugar de instalación (estación de servicio, centro comercial, empresa, etc.) permite máquinas expendedoras según su normativa interna. Contacta con el ayuntamiento y con los propietarios de los espacios antes de instalar máquinas.
Conclusión
El IAE 647.5 es esencial para regularizar la actividad de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas ante Hacienda en 2026. Requiere cumplimiento de obligaciones fiscales, normativa alimentaria y administrativas, pero ofrece oportunidades de tributación en módulos IRPF para pequeños negocios. Antes de ampliar tu actividad o cambiar de epígrafe, consulta la guía completa de IAE y utiliza nuestras herramientas para optimizar tu clasificación tributaria.
Recuerda que cada caso es único y las obligaciones pueden variar según tu Comunidad Autónoma. Contacta con una gestoría especializada en actividades de máquinas expendedoras para garantizar el cumplimiento normativo en 2026.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué es el IAE 647.5 y a quién le afecta?
El IAE 647.5 es el epígrafe que clasifica la actividad de suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras automáticas. Afecta a autónomos y empresas que instalen máquinas expendedoras de café, refrescos, bocadillos, sándwiches, frutos secos o cualquier producto alimenticio sin intervención directa del vendedor. Es obligatorio darse de alta en este epígrafe si tu actividad principal es la venta automática de alimentos y bebidas.
¿Cuál es la diferencia entre IAE 647.5 y otros epígrafes de alimentación?
El IAE 647.5 se diferencia de otros epígrafes alimentarios porque la venta se realiza exclusivamente a través de máquinas automáticas. Otros epígrafes como el 647.1 (venta de alimentos sin transformación) o el 647.2 (venta de bebidas) requieren atención presencial del vendedor. El 647.5 es específico para operaciones sin intervención humana directa en el punto de venta, lo que reduce la carga laboral pero requiere mantenimiento y reposición de máquinas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo si tengo máquinas expendedoras de alimentos en 2026?
En 2026, como titular del IAE 647.5 debes: (1) mantener el registro actualizado en Hacienda; (2) llevar contabilidad simplificada o normal según tus ingresos; (3) presentar declaración trimestral de IVA si superas los umbrales; (4) declarar la Renta anual (formulario 100) antes del 30 de junio; (5) cumplir normas de higiene alimentaria y etiquetado; (6) tener póliza de responsabilidad civil; (7) realizar inspecciones periódicas de máquinas. Consulta con una gestoría para optimizar tu tributación según volumen de ingresos.
¿Puedo tributar en módulos IRPF con el IAE 647.5?
Sí, el IAE 647.5 permite tributación en módulos IRPF si cumples los requisitos de volumen de ingresos y gastos establecidos por Hacienda. En 2026, este régimen puede ser ventajoso para pequeños negocios de máquinas expendedoras porque simplifica la declaración. Sin embargo, debes verificar si tus ingresos anuales se mantienen dentro de los límites permitidos. Usa nuestra calculadora de módulos IRPF para simular tu tributación y comparar con el régimen de estimación directa.
¿Qué productos puedo vender en máquinas expendedoras con el IAE 647.5?
Con el IAE 647.5 puedes vender: bebidas calientes (café, té, chocolate), bebidas frías (refrescos, agua, zumos), bocadillos, sándwiches, carnes frías, frutos secos, galletas, chocolatinas, chicles, vasos predosificados con ingredientes para sopas e infusiones, y otros productos alimenticios no perecederos o de corta duración. Está excluido el tabaco. Todos los productos deben cumplir normativa de etiquetado, seguridad alimentaria y estar autorizados para venta automática.
¿Necesito licencia municipal además del IAE 647.5?
Sí, además del IAE 647.5 necesitas obtener la licencia de actividad municipal del ayuntamiento donde instales las máquinas. Algunos municipios exigen licencias específicas por cada ubicación de máquina expendedora. También debes verificar si el lugar de instalación (estación de servicio, centro comercial, empresa, etc.) permite máquinas expendedoras según su normativa interna. Contacta con el ayuntamiento y con los propietarios de los espacios antes de instalar máquinas.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


