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Doblaje, montaje de películas: qué cubre el IAE 961.2

Cuándo el doblaje y el montaje tributan como actividad empresarial, qué régimen de IVA e IRPF indica la AEAT y qué dice la DGT sobre los encargos.

Brian Mena
5 min de lectura
Guía del código IAE 961.2

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 14 de octubre de 2026.

El IAE 961.2 cubre el doblaje, la sincronización y el montaje de películas o cintas cinematográficas, incluidos los vídeos, siempre que no los realice la propia empresa productora. Se clasifica en la sección Empresarial y su actividad asociada en la CNAE es la 59.12, de posproducción cinematográfica y de vídeo. Consultad el alta con vuestra gestoría.

¿Qué dice la AEAT sobre el epígrafe 961.2?

Según la descripción oficial de la AEAT, este epígrafe comprende el doblaje, la sincronización y el montaje de películas o cintas cinematográficas (incluso vídeos), siempre que no se efectúe por la propia empresa productora. La misma ficha añade como actividades adicionales la producción y los servicios relacionados con películas cinematográficas y con vídeos.

Las notas oficiales repiten esas dos actividades adicionales: producción y servicios relacionados con películas cinematográficas, y producción y servicios relacionados con vídeos. La ficha figura en la sección Empresarial de las Tarifas y su código íntegro es el A961.2. La última actualización de datos de la ficha es del 15 de septiembre de 2025.

La información censal que acompaña al epígrafe señala que la actividad tributa en régimen general de IVA y está sujeta y no exenta, y que en IRPF se encuadra en la estimación directa.

El IAE 961.2 corresponde al doblaje, la sincronización y el montaje de películas o cintas cinematográficas, incluidos los vídeos, cuando no los produce la propia empresa productora.

¿Dónde está el límite de este epígrafe?

La frontera la marca la propia descripción: "siempre que no se efectúe por la propia empresa productora". Si el doblaje, la sincronización o el montaje los asume la productora, esa actividad se clasifica en otro epígrafe de la misma división. La ficha recoge además una precisión que procede de la Dirección General de Tributos: la realización o confección por encargo, bajo las especificaciones del cliente, de vídeos industriales, cuando quien los hace no es productor ni empresa productora, encaja en este epígrafe.

Esa precisión describe bien el trabajo por encargo: quien dobla o monta material ajeno, sin ser el productor, se sitúa en el 961.2.

¿Qué régimen fiscal y qué obligaciones señala la ficha?

La información censal resume los impuestos que afectan a la actividad:

ConceptoQué indica la ficha de la AEAT
IVARégimen general; actividad sujeta y no exenta
Criterio de cajaRégimen optativo para retrasar el devengo del IVA repercutido
IRPFEstimación directa, modalidades normal y simplificada
Modelo130

Sobre el IVA, la ficha apunta que quien tributa en régimen general puede optar por el régimen especial del criterio de caja: permite retrasar el devengo del IVA repercutido hasta el cobro, aunque la deducción del IVA soportado se retrasa hasta el pago, con la fecha límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se hayan efectuado las operaciones.

En IRPF, la actividad económica se determina por estimación directa. En el primer año de ejercicio se aplica la modalidad simplificada salvo renuncia expresa, y la exclusión de esa modalidad se produce cuando la cifra de negocios del conjunto de actividades supera 600.000 euros en el año anterior; tanto la renuncia como la exclusión obligan a determinar el rendimiento por la modalidad normal durante un mínimo de tres años.

Los plazos, los modelos y el efecto de una renuncia dependen de vuestra situación concreta: confirmadlos con vuestra gestoría antes de presentar el alta.

¿En qué se diferencia del CNAE 59.12?

El epígrafe del IAE y la clase CNAE describen la misma realidad con dos vocabularios distintos. La actividad que la AEAT asocia a este epígrafe es el CNAE 59.12, Actividades de posproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión.

La diferencia es de nivel. El IAE separa por epígrafes el doblaje y el montaje (961.2), la producción (961.1) y la distribución y venta de películas (962.1); la CNAE reúne la posproducción en una sola clase. Por eso, cuando un formulario pide CNAE y otro pide epígrafe, cada uno espera su propio código.

¿Cómo se aplica en un caso concreto?

Un profesional autónomo que dobla películas extranjeras y monta vídeos por encargo para otras empresas, sin ser él el productor, declara su actividad con el epígrafe 961.2. La ficha lo sitúa en la sección Empresarial, con IVA en régimen general sujeto y no exento, y con IRPF en estimación directa.

Si el mismo profesional produjese además sus propias películas, esa parte iría por el epígrafe 961.1, según la conclusión de la consulta vinculante que se resume más abajo. La ficha recuerda que la regla 5.ª y la regla 6.ª del Real Decreto Legislativo 1175/1990 fijan el lugar de realización de la actividad y el concepto de local: si la actividad se ejerce en un local determinado, cuenta el término municipal donde está situado; si se presta un servicio sin establecimiento, cuenta el término donde se presta efectivamente.

¿Qué ha dicho Hacienda?

En la consulta vinculante V2118-21 (15 de julio de 2021), la Dirección General de Tributos responde sobre el epígrafe que corresponde a la actividad y concluye que los servicios de postproducción de audio se clasifican en el epígrafe 961.2, "Doblaje, sincronización y montaje de películas o cintas cinematográficas (incluso vídeos) siempre que no se efectúe por la propia empresa productora"; si quien consulta es el productor, debe darse de alta en el epígrafe 961.1, "Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)", ambos de la sección primera.

Cada consulta resuelve un caso concreto, así que no sustituye el análisis de vuestra situación: es un criterio de la Administración, no una respuesta automática para cualquier encargo.

Próximos pasos

Si vuestra actividad encaja con este epígrafe, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y revisad la ficha del IAE 961.2 antes de presentar el alta. Y si trabajáis con clasificaciones a diario, suscribíos a nuestra newsletter para recibir las próximas fichas.

¿Integráis estos datos en vuestro software o en vuestro agente IA? API y MCP gratis hasta 250 llamadas al día.

Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.

Redactado con asistencia de IA a partir de datos oficiales de la AEAT y del catálogo del Conversor IAE CNAE. Incluye consultas vinculantes de la DGT.

Preguntas frecuentes

¿El IAE 961.2 incluye la producción de películas?

No. La descripción oficial exige que el doblaje, la sincronización y el montaje no se efectúen por la propia empresa productora. Si además se producen las películas, la DGT ha señalado el epígrafe 961.1, Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos), para esa parte de la actividad.

¿Qué régimen de IVA se aplica a esta actividad?

Según la información censal de la ficha, la actividad tributa en régimen general de IVA y está sujeta y no exenta. La misma ficha recuerda que se puede optar por el régimen especial del criterio de caja, que retrasa el devengo del IVA repercutido hasta el cobro y la deducción del soportado hasta el pago.

¿Qué código CNAE corresponde al epígrafe 961.2?

La actividad asociada es el CNAE 59.12, Actividades de posproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión. Los dos códigos describen la misma actividad con vocabularios distintos: el IAE clasifica por epígrafe y la CNAE agrupa por clase.

Fuentes: AEAT (tarifas del IAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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