El MEI subirá en 2027 y elevará la cotización de autónomos y empresas
La subida que llega en enero ya está fijada por ley: repasamos la escala del MEI hasta 2050, quién asume cada punto y qué conviene prever en la cuota de 2027.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 13 de octubre de 2026.
El MEI subirá en 2027: la cotización finalista del Mecanismo de Equidad Intergeneracional pasa del 0,90 al 1 punto porcentual, según la disposición transitoria cuadragésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social. Afecta a todos los regímenes, incluidos los autónomos, y se mantiene hasta 2050 con la escala que fija el texto refundido.
¿Qué es el MEI y a quién afecta?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una cotización finalista que nutre el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. El artículo 127 bis del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social lo define como una cotización «aplicable en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación», que no se computa a efectos de prestaciones.
No es, por tanto, un pago que aumente la pensión futura de quien lo ingresa: es una aportación destinada a sostener el sistema. En los supuestos de trabajo por cuenta ajena la norma reparte esa cotización entre empresa y persona trabajadora; en el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia no existe ese reparto, y la referencia es el tipo de la escala.
¿Cuánto sube el MEI en 2027?
La disposición transitoria cuadragésima tercera fija la escala de aplicación del MEI entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2050. En el año 2026 el tipo es de 0,90 puntos porcentuales, de los que el 0,75 corresponden a la empresa y el 0,15 al trabajador. En el año 2027 será de 1 punto porcentual, del que el 0,83 corresponderá a la empresa y el 0,17 al trabajador.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): en el año 2027, será de 1 punto porcentual, del que el 0,83 corresponderá a la empresa y el 0,17 al trabajador.
El reparto entre empresa y persona trabajadora que detalla la escala se refiere a los supuestos de trabajo por cuenta ajena. La propia norma añade que, si se modifica la estructura de distribución de la cotización entre empresa y trabajador por contingencias comunes, esta cotización finalista se ajustará a la nueva estructura.
¿Cómo queda la escala del MEI hasta 2050?
La escala completa ya está en el texto refundido: no depende de una decisión anual nueva. Sube una décima cada ejercicio hasta 2029 y después se mantiene. Esta es la tabla con los tipos que figuran en la disposición transitoria cuadragésima tercera:
| Año | Tipo del MEI | Distribución empresa / trabajador (cuenta ajena) |
|---|---|---|
| 2023 | 0,60 puntos porcentuales | 0,50 / 0,10 |
| 2024 | 0,70 puntos porcentuales | 0,58 / 0,12 |
| 2025 | 0,80 puntos porcentuales | 0,67 / 0,13 |
| 2026 | 0,90 puntos porcentuales | 0,75 / 0,15 |
| 2027 | 1 punto porcentual | 0,83 / 0,17 |
| 2028 | 1,10 puntos porcentuales | 0,92 / 0,18 |
| 2029 | 1,2 puntos porcentuales | 1,00 / 0,2 |
| 2030-2050 | 1,2 (se mantiene) | Misma distribución entre empresario y trabajador |
La norma cierra la escala con una regla de continuidad: desde el año 2030 hasta 2050 se mantendrá el mismo porcentaje del 1,2, con igual distribución entre empresario y trabajador.
¿Qué implica para los autónomos y las empresas con trabajadores?
Para quien tiene trabajadores a su cargo, el tramo que asume la empresa se convierte en coste laboral que crece con cada escalón de la tabla. En 2026 la empresa paga el 0,75 y en 2027 pasará al 0,83, mientras que la parte de la persona trabajadora sube del 0,15 al 0,17.
El artículo 127 bis deja claro que la cotización adicional finalista no podrá ser objeto de bonificación, reducción, exención o deducción alguna, de modo que su importe no se compensa con los incentivos habituales a la contratación. Además, la propia norma precisa que la aportación nutre el Fondo de Reserva y que no computa a efectos de prestaciones.
Como la cotización se aplica en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, también alcanza a las personas trabajadoras por cuenta propia. Si estáis dados de alta como autónomos, revisad con vuestra gestoría cómo se traslada la subida a vuestra cuota: la norma fija el tipo, pero la base sobre la que se aplica depende de cada situación.
Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Redactado con asistencia de IA a partir de la fuente oficial enlazada y del catálogo del Conversor IAE CNAE.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto sube el MEI en 2027?
Del 0,90 de 2026 al 1 punto porcentual. La disposición transitoria cuadragésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social fija ese tipo para el año 2027.
¿A quién afecta el MEI?
El artículo 127 bis lo establece en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, por lo que alcanza también a los autónomos. No computa a efectos de prestaciones.
¿Se puede aplicar alguna bonificación al MEI?
No. La cotización adicional finalista no podrá ser objeto de bonificación, reducción, exención o deducción alguna, según el artículo 127 bis del texto refundido.
¿Hasta cuándo se aplica esta escala?
La cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional tiene efectos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2050, y desde 2030 se mantiene el porcentaje del 1,2 con igual distribución.
Fuentes: Fuente oficial enlazada en el artículo

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


