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31 de octubre: último día para cambiar la base de cotización

El calendario de la Seguridad Social deja de admitir hoy solicitudes con efectos en noviembre: qué se puede cambiar y qué se traslada ya a 2027.

Brian Mena
4 min de lectura
31 de octubre: último día para cambiar la base de cotización

La base de cotización de los autónomos se puede modificar hasta seis veces al año y el 31 de octubre cierra la ventana que surte efecto el 1 de noviembre. Quien deje pasar la fecha tendrá que esperar al siguiente tramo del calendario, ya con efectos en 2027.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 31 de octubre de 2026.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni de Seguridad Social: consultad con vuestra gestoría cualquier decisión sobre bases, cuotas o cotización.

Redactado con asistencia de IA a partir de la fuente oficial enlazada y del catálogo del Conversor IAE CNAE.

¿Qué se cierra el 31 de octubre?

El calendario de la Seguridad Social reparte el año en seis tramos de dos meses. La solicitud presentada dentro de un tramo no mueve la cuota de inmediato: la base elegida se aplica en la fecha de efectos que fija ese mismo calendario. La ventana abierta entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre desemboca en el 1 de noviembre, así que hoy es la última fecha del ejercicio para que un cambio de base llegue a las dos últimas cuotas de 2026.

La Seguridad Social resume la mecánica en su guía sobre el cambio de cuota: «Se han establecido un total de hasta 6 posibles cambios al año, cada dos meses».

¿Cuándo surte efecto cada tramo del calendario?

Solicitud presentadaFecha de efectos de la nueva base
Del 1 de enero al 28/29 de febrero1 de marzo
Del 1 de marzo al 30 de abril1 de mayo
Del 1 de mayo al 30 de junio1 de julio
Del 1 de julio al 31 de agosto1 de septiembre
Del 1 de septiembre al 31 de octubre1 de noviembre
Del 1 de noviembre al 31 de diciembre1 de enero del año siguiente

«1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre», dice literalmente el calendario publicado por la Seguridad Social en su guía de cotización.

«1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre»: así cierra el calendario oficial el cambio de base de cotización.

¿Qué ocurre si la solicitud se presenta en noviembre o diciembre?

El tramo siguiente arranca el 1 de noviembre y termina el 31 de diciembre. Lo que se presente ahí no se aplica en el recibo de noviembre ni en el de diciembre: la Seguridad Social fija el efecto el 1 de enero del año siguiente. Para un negocio que ajusta la cuota al cierre del ejercicio, la consecuencia práctica es que ese ajuste espera al arranque de 2027.

La diferencia entre presentar hoy o presentar la semana que viene es, por tanto, de dos mensualidades completas de cotización.

¿De qué depende la base que podéis elegir?

El sistema vigente fija bases mínimas y máximas y cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, según la descripción que hace la propia Seguridad Social: es la transición hacia un modelo definitivo de cotización por ingresos reales. La cifra que se comunica es una previsión, no una foto de la facturación de una semana concreta.

Por eso el ajuste de final de octubre se decide mirando el conjunto del año y lo que queda por facturar hasta diciembre.

¿Qué conviene revisar antes de mover la base?

Antes de presentar la solicitud, la Seguridad Social remite a la previsión de rendimientos netos que sirve para elegir el tramo. En la práctica, eso obliga a repasar los ingresos y los gastos ya registrados, la previsión de cierre y si el tramo elegido sigue encajando con esa estimación. El cambio se puede pedir hasta seis veces al año, pero cada tramo del calendario tiene su propia fecha de efectos y no se recupera después.

¿Dónde se presenta el cambio?

El servicio de cambio de base está en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, y también se puede tramitar por el Sistema RED. La guía oficial lo detalla así: «Los cambios de bases de cotización se podrán realizar también a través del servicio de cambio de base existente en Import@ss, o a través del Sistema RED».

Próximos pasos

Si además de la cuota queréis comprobar que el epígrafe con el que facturáis sigue encajando con vuestra actividad, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces al año se puede cambiar la base de cotización?

La Seguridad Social establece hasta seis cambios posibles al año, uno cada dos meses, con una fecha de efectos distinta para cada tramo del calendario.

¿Qué efectos tiene una solicitud presentada en noviembre o diciembre?

La nueva base surte efecto el 1 de enero del año siguiente, según el calendario oficial, de modo que no llega a los dos últimos recibos de 2026.

¿Dónde se presenta el cambio de base de cotización?

En el servicio de cambio de base de Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, o a través del Sistema RED.

Fuentes: Fuente oficial enlazada en el artículo

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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