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Calendario fiscal 2026 para Ayudantes técnicos sanitarios y fisioterapeutas

IAE 8365 modelos aplicables · 23 plazos

Como fisioterapeuta dado de alta en el IAE 836, tu calendario fiscal 2026 se centra en las obligaciones trimestrales del IVA y del IRPF. Presentarás el Modelo 303 cada trimestre, salvo que hayas optado por la liquidación mensual (régimen de devolución mensual). Trimestralmente también deberás ingresar el Modelo 130 como pago fraccionado del IRPF, siempre que tributes en estimación directa (lo habitual en esta profesión). Anualmente deberás presentar el Modelo 100 (declaración de la renta) antes del 30 de junio de 2026 y, si tus operaciones con terceros superan los 3.005,06 euros (art. 32.1 RGC 1065/2007), el Modelo 347 (declaración de operaciones con terceros). Además, el Modelo 036 se mantiene actualizado ante cualquier cambio censal. Conoce los plazos exactos para evitar recargos y sanciones.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el Modelo 303 aunque no haya tenido ingresos algún trimestre?

Sí. La autoliquidación del IVA es obligatoria aunque el resultado sea cero ingresos o incluso negativo (a compensar). Hacienda exige presentar el modelo en plazo incluso si no has facturado; de lo contrario, podrías recibir una sanción por omisión (art. 198 LGT). Recuerda que el trimestre natural se declara hasta el día 20 del mes siguiente (abril, julio, octubre y enero).

¿Cómo tributan los fisioterapeutas en el IRPF? ¿Estoy siempre en estimación directa?

Los fisioterapeutas, como profesionales sanitarios, tributan en el IRPF por el método de estimación directa (simplificada o normal), ya que no entran en estimación objetiva (módulos). Debes llevar un libro de ingresos y gastos. Trimestralmente presentas el Modelo 130 con el 20% de los rendimientos netos (o el porcentaje que corresponda si tienes retenciones). Anualmente, con el Modelo 100, regularizas tu situación. Si tus ingresos superan 600.000 € anuales, estarás en estimación directa normal y deberás llevar contabilidad ajustada al PGC.

Como fisioterapeuta, ¿estoy obligado a presentar el Modelo 347 si solo facturo a pacientes particulares?

No siempre. El Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros) es obligatorio si el importe total de tus operaciones con una misma persona o entidad (cliente o proveedor) supera los 3.005,06 € en el año natural (art. 32.1 RGC 1065/2007). Si facturas a particulares por sesiones sueltas y ninguno supera ese umbral, no tienes que declararlos. Sin embargo, sí deberías incluir a tus proveedores (material, alquiler, etc.) si suman más de ese límite. Revisa tus ingresos y gastos del año 2025 para saber si estás obligado a presentarlo antes del 28 de febrero de 2026.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/836/ayudantes-tecnicos-sanitarios-fisioterapeutas