Factura simplificada: requisitos, umbral y diferencias con el ticket
La factura simplificada es la versión reducida de la factura que sustituye al antiguo ticket. Se puede expedir, con carácter general, en operaciones que no excedan de 400 € (IVA incluido), o de 3.000 € en ciertos sectores. Lleva menos datos que la completa y, sin identificar al destinatario, no permite deducir el IVA.
Datos clave
| Qué es | La factura simplificada (art. 7 RD 1619/2012) sustituye al antiguo ticket; lleva menos datos que la factura completa |
|---|---|
| Umbral general | Operaciones cuyo importe no exceda de 400 € (IVA incluido) |
| Umbral ampliado | Hasta 3.000 € (IVA incluido) en determinados sectores (ventas al por menor, hostelería, transporte de personas, peluquería, aparcamiento, autopistas de peaje, etc.) |
| Datos del destinatario | No son obligatorios con carácter general; el destinatario puede pedir que se incluyan para deducir el IVA (art. 7.2) |
| Deducción del IVA | Una simplificada sin los datos del destinatario no permite a este deducir el IVA soportado: para deducir hay que pedir factura completa con NIF |
Factura simplificada frente a factura completa
| Aspecto | Factura simplificada | Factura completa |
|---|---|---|
| Cuándo se puede usar | Hasta 400 € (3.000 € en ciertos sectores), IVA incluido | Siempre; obligatoria cuando el destinatario lo exige para deducir |
| Datos del destinatario | No obligatorios (salvo que se pidan para deducir IVA) | Obligatorios: nombre, NIF y domicilio |
| Identificación del IVA | Tipo impositivo y, opcionalmente, «IVA incluido»; desglose por tipo si hay varios | Base imponible, tipo y cuota repercutida por separado |
| Permite deducir el IVA | Solo si identifica al destinatario con su NIF | Sí |
Cuándo y cómo emitir una factura simplificada
Paso 1: Comprueba que estás dentro del umbral
La factura simplificada se puede expedir, con carácter general, cuando el importe de la operación no excede de 400 € (IVA incluido). El límite sube a 3.000 € (IVA incluido) en determinados sectores recogidos en el art. 4: ventas al por menor, hostelería y restauración, transporte de personas, peluquería, aparcamiento, autopistas de peaje y otros.
Paso 2: Incluye los datos mínimos del art. 7
La simplificada debe llevar número y serie correlativos, fecha de expedición (y la de la operación si es distinta), el NIF y el nombre del expedidor, la identificación de los bienes o servicios, el tipo impositivo (con la opción de indicar «IVA incluido») y la contraprestación total. No exige el domicilio del expedidor ni, con carácter general, los datos del destinatario.
Partes de una factura: campos obligatoriosPaso 3: Añade los datos del cliente si va a deducir el IVA
Cuando el destinatario sea empresario o profesional y quiera deducir el IVA, puede solicitar que la simplificada incluya su NIF, su nombre y el domicilio, además de la cuota repercutida de forma separada (art. 7.2). Sin esos datos, una factura simplificada no permite deducir el IVA soportado.
Glosario: factura simplificadaPaso 4: Si necesitas factura completa, exígela
Si la operación supera el umbral o si tú, como comprador, necesitas deducir el IVA, lo correcto es una factura completa con tu nombre y tu NIF. No basta con un ticket: pide siempre factura completa para los gastos que vayas a deducir.
Cómo hacer una factura completa
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Preguntas frecuentes
¿Qué es una factura simplificada?
Es la versión reducida de la factura, regulada en el art. 7 del Reglamento de facturación (RD 1619/2012), que sustituyó al antiguo ticket. Se puede expedir cuando el importe de la operación no excede de 400 € (IVA incluido), o de 3.000 € en ciertos sectores, y lleva menos datos que la factura completa: en particular, no exige los datos del destinatario.
¿Una factura simplificada permite deducir el IVA?
Solo si incluye los datos del destinatario. Con carácter general, la simplificada no identifica al receptor (art. 7), y sin su NIF, nombre y la cuota repercutida por separado no permite deducir el IVA soportado. Si vas a deducir el IVA de una compra, pide que la factura simplificada incluya tus datos o, mejor, una factura completa.
¿Cuál es la diferencia entre un ticket y una factura simplificada?
Desde la entrada en vigor del RD 1619/2012, el «ticket» como tal desapareció y fue sustituido por la factura simplificada, que tiene un contenido mínimo regulado (número, fecha, NIF del expedidor, identificación de los bienes o servicios, tipo de IVA y total). En la práctica, lo que antes era un ticket de caja hoy es una factura simplificada.