Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Extremadura
Datos del ejercicio 2026.
Consulta los tipos, las bonificaciones y la depreciación de vehículos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales vigentes en Extremadura, con enlace a la normativa oficial autonómica.
Tipos TPO — vivienda de segunda mano
El tipo general se aplica salvo que la operación cumpla los requisitos de un tipo reducido — familia numerosa, VPO, discapacidad u otros supuestos que fije la comunidad.
Tipo general (inmuebles)
- Hasta 360.000 €: 8 %
- Hasta 600.000 €: 10 %
- Resto: 11 %
Requisitos: Tabla 71. Tarifa progresiva por tramos de valor del inmueble. Comprobación aritmética: cada cuota_integra = cuota_integra del tramo anterior + (span del tramo anterior x su tipo_pct); 0+360000*0.08=28800; 28800+240000*0.10=52800 — cuadra con los valores impresos ('la cuota íntegra será la suma de las cuotas correspondientes a las cantidades situadas dentro de cada tramo').
Vivienda — discapacidad
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — discapacidad) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: 4% para transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual, no VPO, cuando el contribuyente sea persona con discapacidad ≥65% (o acredite necesitar ayuda de terceros para desplazarse, movilidad reducida, o curatela representativa) (comparte artículo con jóvenes y familia numerosa — ver esos conceptos), valor≤200.000€, IRPF≤30.000€/55.000€. condiciones=null: el límite de IRPF no es machine-checkable.
Vivienda — familia numerosa
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — familia numerosa) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: 4% para transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual, no VPO, cuando el contribuyente forme parte de una familia numerosa (o sea ascendiente separado legalmente/de hecho con dos hijos sin derecho a alimentos con mínimo por descendientes) (comparte artículo con jóvenes y discapacidad — ver esos conceptos), valor≤200.000€, IRPF≤30.000€/55.000€. condiciones=null: el límite de IRPF no es machine-checkable.
Vivienda habitual — tipo reducido
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda habitual — tipo reducido) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado: 4% para inmuebles situados en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población <3.000 habitantes que vayan a constituir vivienda habitual, valor≤180.000€, IRPF≤19.000€/24.000€ y renta familiar≤30.000€+3.000€/hijo (art. 44 bis TR, docs/itp-medidas-2026.md:5543-5558). Variante: 7% general (sin colectivo específico) para vivienda habitual, valor≤200.000€, IRPF≤30.000€/55.000€ (art. 40 TR, :5427-5437). condiciones=null: los límites de IRPF/renta familiar y el listado de municipios rurales no son machine-checkable.
Vivienda — joven
Esta comunidad regula un tipo reducido (Vivienda — joven) sujeto a condiciones — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Requisitos: 4% para transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual, no VPO, cuando el contribuyente tenga menos de 36 años (comparte artículo con familia numerosa y discapacidad — ver esos conceptos), valor≤200.000€, IRPF≤30.000€ individual/55.000€ conjunta. condiciones=null: el límite de IRPF no es machine-checkable.
Vivienda de protección oficial (VPO)
4 %✓ Verificado
Requisitos: 4% para viviendas de protección oficial con precio máximo legal destinadas a vivienda habitual del adquirente. condiciones=null: la condición de VPO se acredita mediante certificación expedida por el órgano correspondiente de la CA, un requisito de certificación administrativa no machine-checkable.
Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Cuota variable sobre los documentos notariales que formalizan operaciones sujetas y no exentas de IVA (p. ej. hipotecas, renuncias a la exención de IVA).
AJD — cuota variable general
El tipo general (AJD — cuota variable general) está pendiente de verificación — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
AJD — tipo incrementado
3 %✓ Verificado
Requisitos: Se toma el tipo más alto publicado: 3% en escrituras que formalicen transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención del IVA (art. 51, docs/itp-medidas-2026.md:5719-5721). Variante: 2% en escrituras que documenten préstamos/créditos hipotecarios cuando el sujeto pasivo sea el prestamista (art. 49, :5714-5717).
AJD — tipo reducido
0,1 %✓ Verificado
Requisitos: Se toma el tipo más bajo publicado: 0,1% en constitución/cancelación de derechos reales de garantía a favor de sociedad de garantía recíproca de Extremadura (art. 48, docs/itp-medidas-2026.md:5624-5628). Variantes: (1) 0,75% adquisición de vivienda habitual, valor≤122.000€, IRPF≤19.000€/24.000€, renta familiar≤30.000€+3.000€/hijo (art. 47, :5609-5622); (2) 0,75% sede fiscal/centro de trabajo de empresas de nueva creación (art. 50, :5630-5650); (3) 0,5% vivienda habitual en municipios rurales <3.000 habitantes, valor≤180.000€, IRPF≤19.000€/24.000€ (art. 50 bis, :5652-5667); (4) 0,5% sede fiscal/centro de trabajo en municipios rurales <3.000 habitantes (art. 50 ter, :5669-5687). condiciones=null: se agrupan 5 variantes bajo un único concepto por la restricción UNIQUE(region,ejercicio,modalidad,concepto); ninguna es 100% machine-checkable de forma aislada (IRPF, renta familiar, listado de municipios).
Vehículo usado
Para un vehículo usado, la base imponible parte del valor venal depreciado según su antigüedad (tabla estatal, Orden HAC anual) cuando sea superior al precio declarado.
Tipo general (bienes muebles / vehículos)
El tipo general (Tipo general (bienes muebles / vehículos)) está pendiente de verificación — consulte la normativa autonómica vigente.Pendiente de verificación
Antigüedad 0-1 años
100 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 1-2 años
84 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 2-3 años
67 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 3-4 años
56 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 4-5 años
Porcentaje de depreciación pendiente de verificación — consulte la Orden HAC vigente.Pendiente de verificación
Antigüedad 5-6 años
39 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 6-7 años
34 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 7-8 años
28 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 8-9 años
24 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 9-10 años
19 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 10-11 años
17 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad 11-12 años
13 % del valor venal✓ Verificado
Antigüedad más de 12 años
Consulta la normativa autonómica vigente.En revisión
Bonificaciones
Ninguna bonificación de este catálogo se aplica automáticamente en la calculadora — sus requisitos deben comprobarse manualmente con la comunidad autónoma.
TPO
No hay bonificaciones propias registradas en TPO.
AJD
No hay bonificaciones propias registradas en AJD.
Normativa autonómica
El plazo general para presentar el modelo 600 y autoliquidar el ITP-AJD es de 30 días hábiles desde que se causa el acto o contrato (art. 102.1 Reglamento del ITP y AJD, RD 828/1995).