IAE 413.2: fabricación de productos cárnicos de todas clases
Qué preparaciones cárnicas cubre el epígrafe 413.2, cómo tributa en IVA e IRPF y qué margen deja a la venta mayorista y minorista.

El IAE 413.2 clasifica la fabricación de productos cárnicos de todas clases: carnes curadas, saladas, en salmuera y ahumadas, embutidos, fiambres, conservas, deshidratación y liofilización, extractos y gelatinas. Es un epígrafe empresarial que faculta para la venta al por mayor y al por menor de esos productos.
Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 17 de octubre de 2026.
¿Qué dice la AEAT sobre el epígrafe 413.2?
Según la descripción oficial de la AEAT, el epígrafe comprende la preparación de carnes curadas, saladas, en salmuera y ahumadas de animales terrestres; la fabricación de embutidos, fiambres y otras conservas similares; la deshidratación y liofilización de carnes; la conserva de carnes mediante envasado hermético y esterilización, incluidos los platos preparados cuyo componente mayoritario sea la carne y sus derivados; y la fabricación de extractos, jugos, gelatinas, pastas, harinas y otros preparados y derivados cárnicos. Incluye también la fabricación de plasma.
La regla que más consultas resuelve es la de la nota del epígrafe: faculta para la venta al por mayor y al por menor. No hace falta, por tanto, un epígrafe comercial añadido para vender lo que se fabrica, y esa es la diferencia práctica frente a quien solo distribuye producto ajeno.
En el catálogo, el 413.2 es un epígrafe de la sección primera (Empresarial), dentro de la categoría de alimentación, con el código integrado A413.2. La ficha se apoya en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se actualizó el 15 de septiembre de 2025 y acumula 69 búsquedas en el conversor.
La descripción oficial recoge además las consultas que la AEAT cita como referencia para este epígrafe: fabricación de jamones serranos, envasado de carne, elaboración de hamburguesas y almacenamiento de productos cárnicos en cámaras frigoríficas o no.
¿Qué preparaciones cárnicas entran en el epígrafe?
El listado oficial se lee como un proceso completo, desde la materia prima hasta el derivado:
- Carnes curadas, saladas, en salmuera y ahumadas de animales terrestres.
- Embutidos, fiambres y otras conservas similares.
- Deshidratación y liofilización de carnes.
- Conserva de carnes por envasado hermético y esterilización.
- Platos preparados cuyo componente mayoritario sea la carne y sus derivados.
- Extractos, jugos, gelatinas, pastas, harinas y otros preparados y derivados cárnicos.
- Fabricación de plasma.
La frontera se traza por el producto y por el proceso, no por el tamaño de la empresa: un obrador pequeño y una planta industrial con la misma actividad comparten epígrafe, y lo que cambia es la cuota, que depende de los elementos declarados. Ese cálculo no aparece en los datos de la ficha: consultad con vuestra gestoría.
¿Cómo tributa una empresa en el 413.2?
La información censal de la ficha resume el encaje en IVA e IRPF:
| Impuesto | Régimen que indica la ficha | Detalle |
|---|---|---|
| IVA | Régimen general | Actividad sujeta y no exenta de IVA |
| IVA | Criterio de caja | Régimen optativo para las operaciones a las que resulte de aplicación |
| IRPF | Estimación directa | Modalidad simplificada en el primer año, salvo renuncia expresa |
| IRPF | Pago a cuenta | Modelo 130 |
Hay dos matices que la ficha detalla y que conviene tener presentes antes de elegir régimen. El primero afecta a quien transforma su propia producción: los titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas que lleven a cabo procesos de transformación de sus productos naturales y necesiten alta en un epígrafe industrial pueden tributar en el régimen simplificado de IVA, salvo renuncia o exclusión. El segundo afecta a la modalidad simplificada de IRPF: se excluye cuando la cifra de negocios del conjunto de actividades superó 600.000 euros en el año anterior, y entonces el rendimiento se determina por la modalidad normal durante un mínimo de tres años.
En cuanto al lugar de realización, si la actividad se ejerce en un local determinado, se sitúa en el término municipal donde está ese local, conforme a las reglas 5.ª y 6.ª del Real Decreto Legislativo 1175/1990.
¿Con qué código CNAE se corresponde?
| Clasificación | Código | Denominación |
|---|---|---|
| IAE (sección primera) | 413.2 | Fabricación de productos cárnicos de todas clases |
| CNAE | 10.13 | Elaboración de productos cárnicos y de volatería |
La correspondencia con el CNAE es directa en este caso: la ficha del 413.2 asocia una sola clase, la 10.13 Elaboración de productos cárnicos y de volatería. La ficha completa del epígrafe, con la descripción y la información censal, está en IAE 413.2: fabricación de productos cárnicos de todas clases.
El IAE 413.2 cubre la fabricación de productos cárnicos de todas clases y faculta para su venta al por mayor y al por menor.
¿Cómo se aplica en un caso concreto?
Una empresa que cura jamones, sala piezas y elabora embutidos desarrolla de lleno la actividad del epígrafe: la descripción oficial nombra las carnes curadas, saladas y en salmuera, y los embutidos y fiambres. Si además prepara platos listos cuyo componente mayoritario es la carne, siguen dentro del 413.2, porque la descripción los incluye de forma expresa.
El alta en el 413.2 le permite vender esos productos al por mayor y al por menor sin añadir un epígrafe comercial. Lo que sí exige precisión es la cuota: la consulta V2752-16 aclara que, si las cámaras de conservación usadas en la maduración o curación son de naturaleza eléctrica o mecánica, hay que computar la potencia de esos elementos, medida en kilovatios, para el cálculo de la cuota del epígrafe 413.2. El importe resultante y los datos que hay que declarar para obtenerlo quedan fuera de esta ficha: consultad con vuestra gestoría.
Si lleváis una gestoría, el punto que conviene revisar en cada cliente cárnico es la frontera con el epígrafe 423.9: cuando se elaboran productos prefabricados sin una posterior conservación en frío o congelación, la consulta V0309-26 remite a «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.». Para la parte de ganado que abastece a estas empresas, la ficha relacionada es la de explotación de ganado bovino.
¿Qué ha dicho Hacienda?
En la consulta vinculante V0309-26 (12 de febrero de 2026), la Dirección General de Tributos examina en qué rúbrica del impuesto debe matricularse una sociedad que, junto a la actividad cárnica, conserva platos preparados cuyo principal componente es el pescado. La conclusión señala que el alta en esas rúbricas faculta, conforme a la regla 4ª.2.A) de la Instrucción, para la venta al por mayor de esos productos en el mismo local en el que se elaboran; y añade que, si se elaborasen productos prefabricados sin una posterior conservación en frío o congelación, la sociedad tendría que matricularse en el epígrafe 423.9 de la sección primera, «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.».
En la consulta vinculante V2752-16 (17 de junio de 2016), la Dirección General de Tributos analiza las cámaras de conservación de jamones: al formar parte del equipo industrial y estar afectas a la producción, si son de naturaleza eléctrica o mecánica debe computarse su potencia, medida en kilovatios, para el cálculo de la cuota del epígrafe 413.2.
Cada consulta resuelve un supuesto concreto: sirve para entender el criterio, no para sustituir el análisis de vuestra situación.
Próximos pasos
Comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE antes de presentar el alta: la herramienta cruza el epígrafe con la clasificación CNAE y evita declarar una rúbrica que no corresponde a lo que produce la empresa.
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Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Redactado con asistencia de IA a partir de datos oficiales de la AEAT y del catálogo del Conversor IAE CNAE. Incluye consultas vinculantes de la DGT.
Preguntas frecuentes
¿El IAE 413.2 permite vender al por menor?
Sí. La nota del epígrafe faculta para la venta al por mayor y al por menor, según la descripción oficial de la AEAT, así que no hace falta añadir un epígrafe comercial para vender lo que la propia empresa fabrica.
¿Los platos preparados con carne entran en el 413.2?
Sí, cuando el componente mayoritario es la carne y sus derivados. La descripción oficial los incluye de forma expresa al hablar de la conserva de carnes mediante envasado hermético y esterilización.
¿Cómo se calcula la cuota si hay cámaras de conservación?
La consulta V2752-16 indica que, si las cámaras de maduración o curación son de naturaleza eléctrica o mecánica, debe computarse su potencia, medida en kilovatios, para el cálculo de la cuota del epígrafe 413.2.
¿Qué régimen de IRPF se aplica en el 413.2?
La ficha indica estimación directa, con modalidad simplificada en el primer año salvo renuncia expresa, y pago a cuenta en el modelo 130. La modalidad simplificada se excluye si la cifra de negocios superó 600.000 euros el año anterior.
Fuentes: AEAT (tarifas del IAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


