Banca en el IAE 811: equivalencias y alta
Qué operaciones entran en el epígrafe 811, por qué la cuota se calcula según los locales donde se opera y cuándo la actividad queda exenta de IVA.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 11 de octubre de 2026.
El epígrafe IAE 811, Banca, es el que corresponde a la sección Empresarial de las Tarifas y cubre la captación de depósitos, el préstamo y crédito, el arrendamiento financiero, las operaciones de pago y el asesoramiento financiero a empresas. Las entidades que realizan estas operaciones se clasifican aquí, no en un epígrafe profesional.
¿Qué dice la AEAT sobre el epígrafe 811?
Según la descripción oficial de la AEAT, el epígrafe 811 (Banca, sección Empresarial) comprende las actividades siguientes:
- Captación de depósitos u otros fondos reembolsables.
- Préstamo y crédito, incluyendo crédito al consumo, crédito hipotecario y la financiación de transacciones comerciales.
- «Factoring» con o sin recurso.
- Arrendamiento financiero.
- Operaciones de pago, con inclusión, entre otras, de los servicios de pago y transferencia.
- Emisión y gestión de medios de pagos, tales como tarjetas de crédito, cheques de viaje o cartas de crédito.
- Concesión de avales y garantías y suscripción de compromisos similares.
- Intermediación en los mercados interbancarios.
- Operaciones por cuenta propia o de su clientela que tengan por objeto valores negociables, instrumentos de los mercados monetarios o de cambios, instrumentos financieros a plazo, opciones y futuros financieros y permutas financieras.
- Participación en las emisiones de valores y mediación por cuenta directa o indirecta del emisor en su colocación, y aseguramiento de la suscripción de emisiones.
- Asesoramiento y prestación de servicios a empresas en materias como estructura de capital, estrategia empresarial, adquisiciones, fusiones y materias similares.
- Gestión de patrimonios y asesoramiento a sus titulares.
- Actuación, por cuenta de sus titulares, como depositarios de valores representados en forma de títulos o como administradores de valores representados en anotaciones en cuenta.
- Realización de informes comerciales.
- Alquiler de cajas fuertes.
- Intermediación de servicios financieros como los seguros y los fondos de pensiones.
- Servicios de colaboración con las Administraciones Públicas.
- Servicios de carácter financiero complementarios o accesorios a los anteriores.
La misma descripción añade que el epígrafe faculta para prestar a los clientes el servicio combinado de retirada de efectivo y pago de los bienes o servicios adquiridos, conocido como «cashback». Las notas oficiales del epígrafe reproducen esa misma lista de actividades, por lo que no añaden supuestos distintos.
El epígrafe IAE 811, Banca, pertenece a la sección Empresarial y cubre desde la captación de depósitos hasta el asesoramiento financiero a empresas.
¿En qué sección de las Tarifas se encuadra el 811?
El 811 se encuadra en la sección Empresarial de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con el código íntegro A811. El mismo número 811 existe además en otra sección de las Tarifas con una actividad distinta, «Profesionales en limpieza», cuya ficha podéis consultar aparte en IAE 811 — Profesionales en limpieza: son dos actividades diferentes que comparten número, y cada una se declara por su sección.
¿Cómo se da de alta esta actividad?
El primer paso es identificar la actividad real de la entidad con la descripción oficial anterior, y después comprobar la equivalencia con el epígrafe en la ficha del código: IAE 811 — Banca. De ahí salen el código íntegro A811 y la sección que hay que consignar en la declaración censal.
A continuación se presenta la declaración censal con el epígrafe elegido y se revisan las obligaciones que acompañan a la actividad, empezando por las de IVA e IRPF que recoge la información censal de la AEAT. Los modelos, los plazos y los importes concretos dependen de cada entidad y de cada territorio: consultad con vuestra gestoría antes de registrar el alta, sobre todo si la actividad se ejerce desde varios locales.
Si lleváis una gestoría, la comprobación de la sección del epígrafe es el paso que evita declarar el 811 de Banca por una actividad que en realidad pertenece a la sección profesional. Podéis seguir las novedades del catálogo con la newsletter del Conversor IAE CNAE.
¿Qué obligaciones acompañan al epígrafe 811?
Según la información censal de la AEAT, la actividad del epígrafe se declara así:
| Ámbito | Qué indica la información censal de la AEAT |
|---|---|
| IVA | Su actividad tributa en Régimen General de IVA y está sujeta y exenta, salvo si se trata de arrendamientos financieros sobre bienes muebles, el alquiler de cajas de seguridad, la prestación de servicios de factoring (con excepción de los servicios de anticipos de fondos) y el suministro de información, publicidad o asesoramiento de carácter general. |
| IRPF | Régimen de estimación directa, en modalidad normal o simplificada. En el primer año de ejercicio, el rendimiento neto se determina por la modalidad simplificada salvo renuncia expresa; la simplificada queda excluida cuando el año anterior el importe neto de la cifra de negocios supera 600.000 euros. |
| Lugar de realización | Si la actividad se realiza en un local determinado, el lugar es el término municipal donde esté situado ese local. |
Sobre el IVA, la información censal añade que, tributando en régimen general, se puede optar por el régimen especial del criterio de caja. Para el IRPF, el modelo asociado en la información censal es el 130. La referencia normativa del lugar de realización son la regla 5.ª y la regla 6.ª (concepto de local) del Real Decreto Legislativo 1175/1990, que se citan en esa misma información.
¿Qué ha dicho Hacienda?
En la consulta vinculante V1745-08, de 29 de septiembre de 2008, la Dirección General de Tributos resolvió cómo se computa el elemento «establecimientos o locales donde se efectúen todas o algunas de las operaciones» del grupo 811. La conclusión es que, si la entidad no dispone por ningún título jurídico de locales en los que realice efectivamente su actividad salvo el edificio de su sede social, sólo debe tributar por ese último, tanto a efectos de la cuota del grupo 811 como del elemento tributario superficie, sin computar los locales en los que actúa su agente y en los que la entidad no desarrolla actividad. Cada consulta resuelve un caso concreto, así que no sustituye el análisis de vuestra situación.
¿Cómo se aplica en un caso concreto?
Pensad en una entidad financiera pequeña que presta servicios de pago, concede avales y asesora a empresas en fusiones y adquisiciones, y que trabaja desde una única sede. Todas esas operaciones figuran en la descripción oficial del 811, de modo que se declara por el código A811 de la sección Empresarial. Por el criterio de la consulta V1745-08, si sólo dispone de ese local, tributará únicamente por él y no tendrá que computar los locales de terceros donde actúa su agente.
Otro caso: una entidad que presta factoring. La actividad entra en el epígrafe, pero conviene revisar el detalle de IVA de la tabla anterior, porque la exención tiene excepciones expuestas al detalle, entre ellas los servicios de anticipo de fondos. Para fijar vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Próximos pasos
Antes de registrar el alta, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y contrastadla con la descripción oficial del epígrafe.
¿Integráis estos datos en vuestro software o en vuestro agente IA? API y MCP gratis hasta 250 llamadas al día.
Redactado con asistencia de IA a partir de datos oficiales de la AEAT y del catálogo del Conversor IAE CNAE. Incluye consultas vinculantes de la DGT.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades cubre el epígrafe 811 del IAE?
El 811, Banca, de la sección Empresarial comprende la captación de depósitos, el préstamo y crédito, el factoring, el arrendamiento financiero, las operaciones de pago, la emisión y gestión de medios de pago, los avales, la intermediación en mercados interbancarios, la gestión de patrimonios, el alquiler de cajas fuertes y el asesoramiento financiero a empresas.
¿El epígrafe 811 está exento de IVA?
Según la información censal de la AEAT, la actividad está sujeta y exenta de IVA, salvo en los arrendamientos financieros sobre bienes muebles, el alquiler de cajas de seguridad, la prestación de servicios de factoring (con excepción de los servicios de anticipos de fondos) y el suministro de información, publicidad o asesoramiento de carácter general.
¿Qué régimen de IRPF acompaña al epígrafe 811?
La estimación directa, en modalidad normal o simplificada. La modalidad simplificada se excluye cuando el importe neto de la cifra de negocios del año anterior supera 600.000 euros; en ese caso el rendimiento se determina por la modalidad normal durante un mínimo de tres años.
¿Cómo se computan los locales para la cuota del epígrafe 811?
La cuota se determina en atención a los establecimientos o locales donde se efectúen todas o algunas de las operaciones. Según la consulta V1745-08 de la Dirección General de Tributos, si la entidad sólo dispone del edificio de su sede social, tributa únicamente por ese local.
Fuentes: AEAT (tarifas del IAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


