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CÓDIGO CNAE 2025

CNAE 74.20Actividades de fotografía

141búsquedas
4códigos relacionados
📅 Actualizado 10 de septiembre de 2025
IAE asociados:493973.1973.2
CNAE 2009:7420

En esta página

Respuesta Directa

¿Qué es el código CNAE 74.20?

Según Conversor IAE CNAE, el código CNAE 74.20 corresponde a "Actividades de fotografía". Es la clasificación oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE) para esta actividad económica. Necesario para modelo 036, Seguridad Social y trámites administrativos.

Datos Oficiales

CaracterísticaDescripción
Nombre OficialClasificación Nacional de Actividades Económicas
OrganismoInstituto Nacional de Estadística (INE)
PropósitoClasificación estadística europea (NACE Rev. 2)
Uso principalEstadísticas, Seguridad Social, subvenciones
ValidezCNAE 2025 (versión actualizada)

¿Cuándo necesitas el código CNAE 74.20?

Modelo 036

Declaración censal ante AEAT junto con IAE

Seguridad Social

Alta y cotización en el sistema de la Seguridad Social

Subvenciones

Identificar sectores elegibles para ayudas públicas

Estadísticas INE

Informes y encuestas del Instituto Nacional de Estadística

Esta actividad también se busca como fotografo, fotografia profesional, revelado fotografico, video bodas o reportero grafico.

¿Qué es el CNAE 2025?

El Código Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025) es la clasificación oficial del INE que identifica las actividades económicas en España, alineada con la NACE Rev. 2.1 europea. Hay 1.060 códigos CNAE 2025 vigentes en España.

Análisis fiscal

Resumen fiscal y señales clave

El código CNAE 74.20 engloba las actividades de fotografía, tanto comercial como de consumo, incluyendo desde la toma de fotografías para eventos (bodas, colegios) hasta el revelado y tratamiento digital de imágenes. También cubre la grabación de vídeos, la microfilmación, el escaneado 3D y la digitalización de documentos.

En IRPF, por defecto tributas en estimación directa simplificada (si facturas menos de 600.000 €/año). No puedes aplicar módulos porque esta actividad no está incluida en los regímenes de estimación objetiva del IAE. En IVA aplica el tipo general (21%), con retención del 15% en facturas a empresarios (artistas y profesionales de la imagen tienen tipos reducidos en algunos casos, pero lo habitual es el 15%).

Obligaciones típicas: alta en el RETA al comenzar, presentación del Modelo 036/037, trimestralmente Modelo 130 (IRPF) y Modelo 303 (IVA). Riesgo fiscal bajo si llevas un control adecuado de gastos e ingresos. Consejo: conserva facturas de material, alquiler de equipos y cesión de derechos de imagen; separa bien los gastos profesionales de los particulares.

Señales fiscales del epígrafe CNAE 74.20

Señal fiscalValor
Régimen de IVAGeneral
Tipo de IVA21%
Régimen de IRPFEstimación directa simplificada
Retención de IRPF15%
¿Elegible para módulos?No
Riesgo de inspecciónBajo
Casillas relevantes del modelo 036111, 127, 402, 514
Herramienta gratuita

Compruébalo con tu código en vivo

La correspondencia CNAE 2025 → IAE correcta depende de tu actividad concreta, no solo del epígrafe 74.20. Verifícalo al instante en el conversor o lánzalo desde tu propio asistente de IA para confirmar tu IAE.

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  1. 01Modelo 036 casilla por casilla — las que marcas y las que no, para tu actividad.
  2. 02Tu cuota RETA real para 2026 — tarifa plana si te corresponde y cuota definitiva.
  3. 03IRPF e IVA aplicables a tu actividad — tipos, retenciones y periodicidad (si tu actividad está exenta, lo sabrás aquí).
  4. 04Trámites paso a paso por IMPORTASS y AEAT — qué firmas, en qué orden, con qué documento.
  5. 05Calendario fiscal 2026 personalizado — fechas exactas de declaraciones trimestrales y anuales.
  6. 06Checklist imprimible — una sola hoja con todos los pasos ordenados para el día del alta.

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Fuente

AEAT 2026 · oficial

Modelo 036

tus casillas exactas

Calendario fiscal

fechas 2026

Categoría

profesionales

Código íntegro

N74.20

Descripción

Esta clase comprende: - la fotografía comercial y de consumo: • la realización de fotografías para pasaportes, colegios, bodas, etc. • la fotografía para anuncios, editoriales, actividades relacionadas con la moda y para anuncios inmobiliarios o turísticos • la fotografía aérea y subacuática • la grabación en vídeo de eventos como bodas, reuniones, etc. - el revelado de películas fotográficas: • el positivado, la impresión y la ampliación de negativos y filmaciones de los clientes • los laboratorios de positivado e impresión fotográfica • las tiendas de revelado en una hora (que no pertenecen a establecimientos que venden cámaras fotográficas) • el montaje de diapositivas • la copia y la restauración o retoque de fotografías - las actividades de los reporteros gráficos - las actividades de fotógrafos artísticos Esta clase comprende también: - la microfilmación de documentos - la digitalización de fotografías y la subida de vídeos a la nube - el escaneado de objetos en 3D - la transferencia de contenidos a partir de cintas de vídeo (y medios similares) a otros medios

Notas

Esta clase no comprende: - las actividades de impresión de fotografías (desde teléfonos móviles, tarjetas de memoria, dispositivos USB y otros soportes electrónicos) (véase 18.12) - el revelado de películas de la industria cinematográfica y de la televisión (véase 59.12) - las actividades de información cartográfica y espacial (véase 71.12) - las actividades de topografía fotogramétrica (véase 71.12) - la explotación de máquinas fotográficas en autoservicio accionadas con monedas, por ejemplo, fotomatones (véase 96.99)

Nivel

clase

Palabras claves

fotografía comercialfotografía para anunciosfotografía de eventosfotografía inmobiliariafotografía aéreafotografía subacuáticafotografía artísticamicrofilmación de documentosdigitalización de fotografíasescaneado de objetos 3D

Fuente

Instituto Nacional de Estadística (INE)

Última actualización

10/09/2025

Códigos IAE asociados

Tu Puntuación de Riesgo Fiscal (CNAE 74.20)

Basado en actividades de fotografía

10/10
Riesgo muy alto
  • Código fiscal verificado en la AEAT
  • Correspondencia IAE/CNAE 2025 confirmada
  • Tu CNAE 2009 puede estar desactualizado — acción requerida
  • Plazo AEAT: quedan 22 días — urgente
  • Sin software de facturación conforme a Verifactu
  • Sin verificación de gestoría especializada
Reducir mi riesgo

¿Qué otros códigos CNAE 2025 son similares?

Estos códigos CNAE están relacionados por categoría o actividad similar

Códigos CNAE 2009 anteriores

Este código CNAE 2025 corresponde al siguiente código de la clasificación anterior (CNAE 2009).

Guías de migración desde CNAE 2009

Guía Paso a Paso

Cómo usar el código CNAE 74.20

Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos

1

Confirma que es tu actividad económica

Verifica que "Actividades de fotografía" (código CNAE 74.20) describe correctamente la actividad económica que desarrollas. Revisa la descripción detallada y las notas para asegurarte de que es la clasificación adecuada según el INE.

2

Selecciona el epígrafe IAE correspondiente

Consulta la sección "Códigos IAE asociados" en esta página. Deberás seleccionar también un epígrafe IAE de la Agencia Tributaria que corresponda a tu actividad para completar el modelo 036.

3

Incluye el código en el modelo 036

Al darte de alta como autónomo ante Hacienda (AEAT), indica el código CNAE 74.20 en el apartado de actividad económica del modelo 036. Añade también el epígrafe IAE que hayas seleccionado de los asociados.

4

Completa el modelo 036 con retenciones profesionales

Al darte de alta como profesional, indica en el modelo 036 tu epígrafe IAE de la Sección 2 (Actividades Profesionales). Si eres nuevo autónomo, puedes aplicar la retención reducida del 7% durante los 3 primeros años. Si tu profesión tiene mutualidad alternativa al RETA, decide antes de los 30 días y comunícalo a la Seguridad Social.

💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).

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Modelos AEAT aplicables a este código

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Preguntas Frecuentes

Preguntas sobre el código CNAE 74.20

Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos

Esta clase comprende: - la fotografía comercial y de consumo: • la realización de fotografías para pasaportes, colegios, bodas, etc. • la fotografía para anuncios, editoriales, actividades relacionadas con la moda y para anuncios inmobiliarios o turísticos • la fotografía aérea y subacuá... Consulta la ficha completa de este código en la parte superior de esta página para ver todos los detalles.

Según la clasificación oficial del INE, el código CNAE 74.20 tiene las siguientes especificaciones: Esta clase no comprende: - las actividades de impresión de fotografías (desde teléfonos móviles, tarjetas de memoria, dispositivos USB y otros soportes electrónicos) (véase 18.12) - el revelado de películas de la industria cinematográfica y de la televisión (véase 59.12) - las actividades de información cartográfica y espacial (véase 71.12) - las actividades de topografía fotogramétric...

El tipo de IVA principal aplicable es del 21%. El régimen de IVA aplicable es "general". Por lo general, debes repercutir este porcentaje en tus facturas y declararlo trimestralmente en el modelo 303 ante la Agencia Tributaria (AEAT).

El régimen habitual de IRPF para el CNAE 74.20 es Estimación directa simplificada. Este régimen determina cómo calculas y declaras tus rendimientos de actividad económica en la declaración anual de la renta.

No, el CNAE 74.20 no es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos). Debes tributar obligatoriamente por estimación directa (simplificada o normal), llevando un registro de ingresos y gastos reales de tu actividad.

La retención de IRPF aplicable al CNAE 74.20 es del 15%. El pagador (cliente o empresa) debe retener este porcentaje de tus facturas e ingresarlo a Hacienda, que lo descontarás al hacer tu declaración de la renta.

Para el CNAE 74.20, las casillas relevantes del modelo 036 son: 111, 127, 402, 514. Estas casillas corresponden al apartado de actividad económica y régimen fiscal. Revisa siempre las instrucciones oficiales de la AEAT o consulta con tu gestor antes de presentar el modelo.

El código CNAE 74.20 corresponde a "Actividades de fotografía". Esta clasificación es establecida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para identificar actividades económicas de forma estandarizada. Pertenece a la categoría "profesionales". Tiene 3 epígrafes IAE asociados. El CNAE 2025 es utilizado en España y la Unión Europea para fines estadísticos, administrativos y fiscales.

Sí, si tu actividad corresponde a "Actividades de fotografía", necesitas incluir el código CNAE 74.20 en varios trámites: • Modelo 036 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT) • Trámites con la Seguridad Social • Solicitud de subvenciones y ayudas • Documentación para el INE y organismos oficiales El código CNAE 2025 es obligatorio junto con el epígrafe IAE para clasificar correctamente tu actividad económica.

El código CNAE 74.20 tiene 3 epígrafes IAE asociados. En la sección "Códigos IAE asociados" de esta página encontrarás el listado completo. El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el sistema de clasificación fiscal de la Agencia Tributaria, y necesitarás seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad para completar el modelo 036.

Sí, el código CNAE 74.20 es válido para el año 2026. Nuestra base de datos incluye la clasificación CNAE 2025 actualizada del Instituto Nacional de Estadística (INE). Puedes utilizar este código con confianza en todos tus trámites con Hacienda (AEAT), INE, Seguridad Social y otras administraciones públicas durante 2026.

Para incluir el código CNAE 74.20 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 036 de la Agencia Tributaria (AEAT) 2. En el apartado de actividad económica, indica el código 74.20 3. Describe tu actividad: "Actividades de fotografía" 4. Añade también el epígrafe IAE correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda El código CNAE también lo necesitarás para trámites con la Seguridad Social y solicitudes de subvenciones.

Depende de la profesión. En España hay profesiones reguladas y no reguladas: **Profesiones con colegiación OBLIGATORIA:** • Abogados, procuradores, notarios • Arquitectos, ingenieros (según especialidad) • Médicos, farmacéuticos, veterinarios • Economistas (en algunas funciones) **Profesiones sin colegiación obligatoria:** • Consultores y asesores de empresa • Marketing, publicidad, comunicación • Informáticos y programadores • Traductores (excepto jurados) • Coaches y formadores **Ventajas de colegiarse (aunque no sea obligatorio):** • Acceso a formación y eventos • Red de contactos profesionales • Bolsa de empleo • Seguro de RC colectivo • Defensa jurídica **Verificación:** Consulta en el BOE o en la web del colegio si tu profesión requiere colegiación obligatoria para el ejercicio profesional.

Los profesionales autónomos tienen reglas específicas de retención: **Retención general:** • 15% sobre el importe de las facturas a empresas/profesionales • Se aplica cuando facturas a empresas o profesionales (B2B) • NO se aplica a facturas a particulares (B2C) **Retención reducida (7%):** • Nuevos autónomos: durante el año de alta y los 2 siguientes • Requisito: no haber ejercido actividad profesional en el año anterior • Comunicar al cliente en la factura que aplica la reducción **Cuándo NO hay retención:** • Facturas a particulares • Operaciones exentas de retención (algunas actividades agrícolas) • Si estás en módulos (estimación objetiva) **En la factura:** Base imponible: 1.000€ Retención IRPF (15%): -150€ IVA (21%): +210€ Total factura: 1.060€ **Obligaciones:** • El cliente ingresa la retención en Hacienda (modelo 111) • Tú la deduces en tu declaración de IRPF anual • Control de certificados de retenciones anuales

Algunos profesionales colegiados pueden elegir entre RETA y mutualidad: **Profesiones con mutualidad alternativa:** • Abogados (Mutualidad de la Abogacía) • Arquitectos (Hermandad Nacional de Arquitectos) • Economistas (Mutualidad de Economistas) • Ingenieros (según especialidad) • Médicos (algunas mutualidades) **Requisitos para optar por mutualidad:** • Estar colegiado obligatoriamente • Comunicarlo a la Seguridad Social antes de 30 días desde alta • Elegir cobertura comparable al RETA **Ventajas de la mutualidad:** • Cuotas potencialmente más bajas • Coberturas adaptadas a la profesión • Posibilidad de contratar coberturas adicionales **Inconvenientes:** • Prestaciones pueden ser menores • No computa para pensión pública • Cambios de normativa pueden afectar **La elección es IRREVOCABLE:** Una vez elegida mutualidad o RETA, no puedes cambiar (salvo casos excepcionales). Consulta con tu colegio profesional antes de decidir.

Los consultores y asesores tienen varios epígrafes según especialidad: **Asesoría fiscal y contable:** • 841 - Economistas • 842 - Graduados sociales • 849.7 - Profesionales de la publicidad (para marketing) **Asesoría jurídica:** • 731 - Abogados • 732 - Procuradores **Consultoría de empresa:** • 849.9 - Otros profesionales relacionados con el comercio • 843 - Agentes de la propiedad inmobiliaria (si sector inmobiliario) **Consultoría técnica:** • 724 - Ingenierías • 727 - Arquitectos **Códigos CNAE correspondientes:** • 69.20 - Contabilidad, auditoría, asesoría fiscal • 70.22 - Otras actividades de consultoría • 69.10 - Actividades jurídicas Puedes tener varios epígrafes si ofreces servicios de diferentes categorías.

Recursos Oficiales

Enlaces a Organismos Oficiales

Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el código CNAE 74.20

Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.

Recursos relacionados

Guías y herramientas relacionadas con el código CNAE 74.20

Casos de Uso

¿Quién necesita el código CNAE 74.20?

Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales

Asesorías y Gestorías

Asesores fiscales, laborales y contables utilizan el epígrafe IAE de servicios profesionales para facturar con retención de IRPF, colegiarse y acceder a seguros de RC profesional.

Abogados y Procuradores

Profesionales del derecho necesitan el epígrafe IAE de abogacía para colegiarse, ejercer ante los tribunales y acceder a la mutualidad alternativa al RETA.

Consultores de Empresa

Consultores de gestión, recursos humanos y estrategia usan el código CNAE 70.22 para contratos con empresas, proyectos internacionales y acceso a licitaciones públicas.

Formadores y Coaches

Formadores, coaches y mentores necesitan el epígrafe IAE correcto para facturar formación a empresas, subvenciones de formación bonificada (FUNDAE) y certificaciones profesionales.

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Próximos pasos con el código CNAE 74.20

Ya tienes tu código. Estos son los trámites habituales para darte de alta o modificar tu actividad económica:

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Trámites paso a paso, modelo 036 y calendario fiscal para tu epígrafe CNAE 7420.