Epígrafe 752.7 IAE: gestión amarres embarcaciones — DGT V0290-04
Resumen
Se consulta qué epígrafe IAE corresponde a la actividad de gestión de puestos de amarre para embarcaciones deportivas y de recreo. La DGT concluye que debe tributar en el Epígrafe 752.7, servicios de explotación y mantenimiento de puertos, canales, diques, etc.
Datos de la consulta
- Número
- V0290-04
- Tipo
- VinculanteVincula a la Administración tributaria (art. 89 LGT)
- Fecha
- 23 de noviembre de 2004
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- R.D. Legislativo 1175/1990 Grupo 752 - Epígrafe 752.7 - Sección 1ª-.
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Cuestión planteada
Se desea saber el Epígrafe de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se debe dar de alta la actividad de gestión de puestos de amarre para embarcaciones deportivas y de recreo.
Descripción de hechos
Gestión de puestos de amarre para embarcaciones deportivas y de recreo.
Contestación completa
Las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto a la Instrucción para su aplicación por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre clasifican en el Grupo 752 de la Sección Primera las “actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores”, y, dentro de dicho Grupo, el Epígrafe 752.7 clasifica los “servicios de explotación y mantenimiento de puertos, canales, diques, etc.” La Nota Común al Grupo 752 establece que el mismo “comprende las actividades indispensables para el transporte marítimo y por vías navegables interiores, tales como el remolque de navíos; el pilotaje y balizado; el atraque, carga y descarga de buques; la explotación y mantenimiento de vías de agua, puertos, espigones, diques, faros, etc., salvamento de navíos y cargamentos en peligro, etc.”. Visto lo anterior, la actividad de gestión de puestos de amarre para embarcaciones deportivas y de recreo se encuentra comprendida dentro del mencionado Epígrafe 752.7 “servicios de explotación y mantenimiento de puertos, canales, diques, etc.”, por lo que la sociedad consultante, para el ejercicio de esa actividad, deberá darse de alta en dicho Epígrafe.
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