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IVA soportado y repercutido

Por Brian Mena GómezActualizado

Última actualización: 5 de junio de 2026

El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en las facturas que emites; el IVA soportado es el que pagas en tus compras y gastos. La diferencia se liquida en el modelo 303: IVA repercutido menos IVA soportado deducible. Si es positiva, ingresas; si es negativa, compensas o solicitas devolución. Por eso el autónomo actúa como recaudador del IVA frente a Hacienda.

IVA soportado deducible

No todo el IVA soportado es deducible: solo el de los gastos afectos a la actividad y documentados con factura completa. El IVA deducible es la parte del soportado que puedes restar del repercutido. Los gastos que no están afectos a la actividad, o que carecen de factura, generan un IVA soportado no deducible que no entra en la liquidación.

Cómo se liquida en el modelo 303

Cada trimestre sumas el IVA repercutido en tus ventas y le restas el IVA soportado deducible de tus compras. Si el resultado es positivo, lo ingresas con el modelo 303; si es negativo, lo compensas en periodos siguientes o solicitas la devolución al cierre del ejercicio. El resumen anual se presenta con el modelo 390.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre IVA soportado y repercutido?

El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en tus facturas; el IVA soportado es el que pagas en tus compras y gastos. En el modelo 303 ingresas la diferencia entre el repercutido y el soportado deducible.

¿Todo el IVA soportado es deducible?

No. Solo es deducible el IVA soportado en gastos afectos a la actividad y respaldados por factura completa. El IVA de gastos personales o sin factura no se puede deducir en la liquidación del modelo 303.

Fuentes oficiales

Información elaborada a partir de la normativa publicada en el BOE y de la información oficial de la Agencia Tributaria (AEAT), verificada el 5 de junio de 2026.

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