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036
Modelo AEAT

Modelo 036

Modelo 036

Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

CensalTodos los autónomos

Declaración censal para empresarios y profesionales. Sirve para comunicar altas, modificaciones y bajas en el censo, solicitar NIF y actualizar datos tributarios.

¿Qué es el modelo 036?

El Modelo 036 es la declaración censal que debes presentar ante la Agencia Tributaria para comunicar el alta, la modificación o la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Es el primer trámite que realiza un autónomo o sociedad antes de iniciar su actividad económica, ya que a través de este formulario solicitas tu NIF, te identificas fiscalmente, declaras las actividades que vas a desarrollar y los regímenes de IVA e IRPF aplicables. También sirve para comunicar cambios posteriores, como un traslado de domicilio, la apertura de un nuevo local, la modificación de tu régimen fiscal o el cese definitivo de la actividad. La AEAT utiliza esta información para mantener actualizados sus censos y para que puedas cumplir con tus obligaciones tributarias periódicas (modelos 303, 130, etc.). El modelo se presenta en la Sede Electrónica de la AEAT, aunque también existe la versión simplificada (Modelo 037) para autónomos con menor volumen de trámites. No presentarlo en plazo o hacerlo de forma incorrecta puede acarrear sanciones económicas, por lo que es clave conocer su estructura y las casillas que debes marcar según tu situación.

El Modelo 036 es el documento oficial que utilizas para inscribirte o modificar tus datos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, gestionado por la AEAT. No es una autoliquidación periódica como el IVA o el IRPF, sino una declaración censal que recoge tu situación tributaria de forma estática. Consta de varias páginas en las que consignas tu información identificativa, representantes, actividades económicas, regímenes fiscales (IVA, IRPF, IS, retenciones), locales, y otros datos relevantes como la condición de gran empresa o la titularidad real. Puedes presentarlo tanto en papel como telemáticamente, aunque la vía electrónica es la más habitual. Cada vez que se produce un cambio en tu situación económica o fiscal (inicio de actividad, cambio de domicilio, modificación del régimen de IVA, etc.) estás obligado a comunicarlo mediante este modelo. Su correcta cumplimentación es esencial para evitar discrepancias con Hacienda y para que tus futuras declaraciones trimestrales y anuales se correspondan con tu actividad real.

Cómo rellenar

El Modelo 036 se compone de varias páginas con casillas numeradas. Aquí te explicamos las más habituales para un alta de autónomo:

  • Casilla 110 (Solicitud de NIF): márcala si necesitas un NIF provisional o definitivo. Si ya tienes NIF definitivo, no la marques.
  • Casilla 111 (Alta en el censo): obligatoria para solicitar tu inclusión en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Casilla 120 (Solicitud de NIF definitivo): márcala solo si dispones de un NIF provisional y aportas la documentación requerida para convertirlo en definitivo.
  • Casilla 122 (Modificación de domicilio fiscal): úsala cuando cambies tu domicilio fiscal (el que figura en tus datos censales).
  • Casilla 124 (Modificación de domicilio a efectos de notificaciones): señala un lugar distinto al fiscal para recibir notificaciones de la AEAT (artículo 110 LGT).
  • Casilla 127 (Modificación de actividades y locales): aquí debes dar de alta, baja o modificar las actividades económicas que realizas y los locales donde las desarrollas.
  • Casilla 128 (Gran empresa o Administración Pública): márcala si tu volumen de operaciones supera 6.010.121,04 € o tu presupuesto como Administración es mayor de 6.000.000 €.
  • Casilla 131 (Datos relativos al IVA): comunica cambios en el régimen del IVA (inicio de actividad, regímenes especiales, etc.).
  • Casilla 132 (Datos relativos al IRPF): señala tu régimen de estimación (directa, simplificada, módulos) y los pagos fraccionados.
  • Casilla 150 (Baja en el censo): solo cuando ceses definitivamente tu actividad, disuelvas la sociedad o fallezcas.

Recuerda que debes cumplimentar también las páginas de identificación personal, representantes (si los hay) y los apartados específicos de tu actividad (epígrafe IAE, tipo de local, etc.). Revisa la guía práctica de la AEAT para cada casilla concreta.

Plazos 2026

PeriodoInicioFinDomiciliaciónNotas
Anual1 de enero de 202631 de diciembre de 2026La declaración censal debe presentarse con carácter general antes del inicio de la actividad o dentro del mes siguiente a la constitución (para solicitud de NIF de personas jurídicas). Para modificaciones, en el plazo de un mes desde que se produzca el hecho. La baja debe presentarse en el plazo de un mes desde el cese (o seis meses en caso de fallecimiento).
188dias restantes

Periodo Anual — limite:

Ver calendario fiscal completo

Casillas principales

CasillaEtiquetaTipoCalculada
110
Solicitud de NIF
Solicitud del Número de Identificación Fiscal provisional o definitivo.
text
111
Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
Declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
text
120
Solicitud de NIF definitivo
Solicitud de NIF definitivo cuando se dispone de NIF provisional y se ha aportado la documentación requerida.
text
122
Modificación de domicilio fiscal
Comunicación del cambio de domicilio fiscal, tanto para personas físicas como jurídicas.
text
124
Modificación de domicilio a efectos de notificaciones
Cambio del lugar señalado para recibir notificaciones tributarias.
text
127
Modificación de actividades económicas y locales
Alta, baja o modificación de las actividades económicas desarrolladas y de los locales afectos.
text
128
Condición de Gran Empresa o Administración Pública
Declaración de la condición de Gran Empresa (volumen de operaciones > 6.010.121,04 €) o Administración Pública con presupuesto > 6.000.000 €.
text
131
Modificación de datos relativos al IVA
Comunicación de cambios en el régimen del IVA, inicio de actividad, regímenes aplicables, etc.
text
132
Modificación de datos relativos al IRPF
Cambios en el régimen de estimación, pagos fraccionados, etc.
text
150
Baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
Declaración de baja por cese de todas las actividades empresariales o profesionales, disolución, fallecimiento, etc.
text

Ejemplo práctico del Modelo 036

Imagina que eres un autónomo que va a empezar a trabajar como diseñador gráfico. Aún no tienes NIF definitivo. Entras en la Sede Electrónica de la AEAT y accedes al Modelo 036. En la primera página marcas la casilla 110 para solicitar NIF provisional. Marca también la casilla 111 (alta en el censo). Rellenas tus datos personales y en la página de actividades marcas la casilla 127 y declaras el epígrafe IAE correspondiente (por ejemplo, 779.2 – servicios de publicidad, relaciones públicas y similares; aunque el IAE concreto no es relevante aquí). En el apartado de IVA marcas la casilla 131 y seleccionas el régimen general de IVA. En el apartado de IRPF marcas la casilla 132 y eliges estimación directa simplificada. Además, indicas tu domicilio fiscal en el apartado correspondiente. Una vez cumplimentado todo, presentas el formulario telemáticamente. En unos días recibirás tu NIF provisional y podrás empezar a facturar. Recuerda adjuntar la documentación requerida (DNI, justificante de domicilio, etc.) para obtener el NIF definitivo posteriormente.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 036?

Están obligados a presentar el Modelo 036 todas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que vayan a realizar actividades empresariales o profesionales en territorio español, incluyendo las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras. También deben presentarlo quienes abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, los adquirentes intracomunitarios de bienes y las personas o entidades no residentes que operen en España mediante establecimiento permanente o que satisfagan rentas sujetas a retención. En general, cualquier obligado tributario que deba formar parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores está sujeto a esta declaración, ya sea por alta, modificación o baja de su situación censal.

Códigos IAE a los que aplica

Aún no hay códigos asignados al modelo 036. Vuelve más tarde.

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Errores frecuentes

Errores frecuentes al presentar el Modelo 036

  • Marcar la casilla equivocada (alta en lugar de modificación): Si ya estás dado de alta y solo cambias de domicilio o actividad, no debes marcar las casillas de alta (111, 110) sino las de modificación (122, 127, etc.). Presentar un alta duplicada puede generar confusiones en tus censos.
  • No adjuntar la documentación necesaria para el NIF: Al solicitar NIF provisional o definitivo (casilla 110 o 120) debes aportar la documentación exigida (DNI, escrituras, etc.). Omitirla retrasa la tramitación y puede considerarse presentación incompleta.
  • Olvidar declarar todas las actividades económicas: Si realizas varias actividades (ej. fontanería y electricidad) debes incluir cada una con su epígrafe IAE. Dejar alguna fuera puede resultar en una sanción por datos inexactos (art. 198.1 LGT).
  • Confundir domicilio fiscal con domicilio de notificaciones: La casilla 122 es para el domicilio fiscal (donde tributas). La casilla 124 es para notificaciones. Mezclarlos puede hacer que no recibas avisos importantes de la AEAT.

Sanciones y recargos del Modelo 036

No presentar el Modelo 036 en el plazo establecido, o presentarlo de forma incompleta o inexacta, constituye una infracción leve tipificada en el artículo 198.1 de la Ley General Tributaria. La sanción es una multa pecuniaria fija de 400 €, que se reduce a la mitad (200 €) si presentas la declaración sin requerimiento previo de la Administración. Además, si te resistes, obstruyes, excusas o niegas a las actuaciones de la AEAT (por ejemplo, no atender un requerimiento de información censal), se aplica el artículo 203 LGT, con multas desde 150 €, escalándose a 300 € y 600 € en caso de desatender requerimientos sucesivos. Estas sanciones son independientes de las que puedan corresponder por otras obligaciones tributarias derivadas de tu actividad.

Enlaces oficiales

Sede Electrónica AEAT — Modelo 036

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G322.shtml

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