Calendario fiscal 2026 para Comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales
CNAE 46216 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es el comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales (CNAE 4621), tu calendario fiscal para 2026 se organiza en torno al IRPF y al IVA. Como mayorista, tus clientes suelen ser otros negocios, por lo que el IVA soportado y repercutido es clave. Dependiendo de tu volumen de facturación, presentarás el Modelo 303 de IVA de forma trimestral o mensual. Además, si tributas en estimación directa, deberás presentar pagos fraccionados trimestrales (Modelo 130). No olvides las declaraciones anuales: el resumen anual de IVA (Modelo 390), la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347) y la declaración de IRPF (Modelo 100). El Modelo 036 te servirá para notificar cambios censales. Revisa las fechas clave para evitar recargos.
¿Tengo la obligación de presentar el Modelo 130 si soy autónomo y tributo en estimación directa?
Sí. Los autónomos en estimación directa deben presentar el Modelo 130 cada trimestre, salvo que estén en estimación objetiva (módulos). Para la actividad 4621, lo habitual es la estimación directa por el volumen de operaciones. El plazo de presentación trimestral es hasta el día 20 del mes siguiente (abril, julio, octubre y enero).
¿Debo incluir todas las compras y ventas en el Modelo 347?
Debes declarar las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales por persona o entidad, tanto ventas como compras. No se incluyen las operaciones con IVA no sujeto o exentas, pero la mayoría de tus transacciones estarán sujetas. Es obligatorio aunque todas las operaciones se hayan declarado en el IVA. El plazo para 2026 es hasta el 28 de febrero.
¿Puedo presentar el IVA de forma mensual aunque no alcance el umbral de 6 millones de euros?
Sí. Si optas por el Régimen de Devolución Mensual (REDEME) puedes presentar el Modelo 303 mensualmente, lo que te permite recuperar el IVA soportado cada mes. En caso contrario, la periodicidad es trimestral. El calendario incluye ambos plazos para que elijas el que te corresponde; los mensuales tienen fechas distintas cada mes, mientras que los trimestrales son hasta el 20 de abril, julio, octubre y enero.