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Calendario fiscal 2026 para Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y médicos

CNAE 46466 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es el comercio al por mayor de productos farmacéuticos y sanitarios (CNAE 4646), tu calendario fiscal 2026 se centra en el IVA trimestral (Modelo 303), la declaración resumen anual (390), los pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130), la declaración de operaciones con terceros (347) y las obligaciones censales (036). Los principales plazos se concentran entre enero y julio, con especial atención al 30 de enero (390), 28 de febrero (347), 20 de abril (303 y 130 del 1T), 30 de junio (Modelo 100 y 303 del 5º mes) y 20 de julio (303 y 130 del 2T). Recuerda que, al tratarse de un sector con operaciones recurrentes con farmacias y hospitales, es clave llevar un control detallado de facturación para cumplir con el IVA y el Modelo 347. Consulta siempre las fechas exactas en la sede electrónica de la AEAT.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el Modelo 303 aunque no haya tenido ingresos en el trimestre?

Sí. La autoliquidación trimestral de IVA es obligatoria aunque el importe a ingresar o devolver sea cero. No presentarla puede generar recargos y sanciones por incumplimiento formal. Fuente: Ley 37/1992 del IVA, art. 71.

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 si vendo a farmacias y hospitales?

Sí, si con un mismo cliente realizas operaciones que superen los 3.005,06 € anuales (IVA excluido). Dado el volumen habitual de ventas en el sector mayorista farmacéutico, es muy probable que debas presentarlo. El plazo en 2026 finaliza el 28 de febrero. Fuente: Real Decreto 1065/2007, art. 32.

¿Puedo presentar el Modelo 130 si no tributo en estimación directa?

No. El Modelo 130 es exclusivo para contribuyentes en estimación directa (normal o simplificada). Si estás en estimación objetiva (módulos), tu pago fraccionado es el Modelo 131. En el comercio mayorista farmacéutico, lo habitual es la estimación directa, pero debes confirmar tu régimen en tu declaración censal (Modelo 036). Fuente: LIRPF, art. 101.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4646/comercio-al-por-mayor-de-productos-farmaceuticos-y-medicos