Calendario fiscal 2026 para Otras actividades de telecomunicaciones
CNAE 61906 modelos aplicables · 24 plazos
Si realizas actividades de telecomunicaciones bajo el CNAE 6190 (otras actividades de telecomunicaciones) —como servicios de valor añadido, VoIP, hosting o transmisión de datos— tu calendario fiscal se articula principalmente en torno a las obligaciones trimestrales y anuales de IVA y del IRPF. Al estar sujeto al régimen general de IVA (Modelo 303 trimestral y Modelo 390 anual) y tributar en estimación directa (Modelo 130 trimestral de pagos fraccionados y Modelo 100 anual), los plazos clave de 2026 son: presentación del primer trimestre hasta el 20 de abril, segundo hasta el 20 de julio, tercero hasta el 20 de octubre y cuarto hasta el 30 de enero de 2027. Además, si en 2025 realizaste operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 € con un mismo cliente (frecuente en el sector por contratos B2B), deberás presentar el Modelo 347 antes del 28 de febrero. El Modelo 036 se mantiene actualizado ante cualquier variación censal (cambio de domicilio, alta de actividad, etc.) antes del 31 de diciembre. Ten en cuenta que los plazos aquí reflejados son los generales para el régimen mensual de IVA (solicitado voluntariamente) o trimestral estándar; revisa tu situación concreta en la Sede Electrónica de la AEAT.
¿Tengo que presentar el Modelo 303 en un trimestre en el que no he facturado nada?
Sí. Aunque el periodo haya sido sin ingresos, estás obligado a presentar la autoliquidación trimestral de IVA (Modelo 303) con resultado cero. No hacerlo se considera infracción tributaria según el artículo 198 de la Ley General Tributaria (LGT) y puede conllevar una sanción mínima de 200 €. En el caso de telecomunicaciones, si tienes gastos con IVA soportado, además puedes solicitar la devolución en la declaración correspondiente.
¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 por mis operaciones con clientes?
Sí, si durante el año natural superas los 3.005,06 € de operaciones (entregas o prestaciones de servicios) con un mismo cliente o proveedor. Dado que tu actividad se encuadra en otras telecomunicaciones, es frecuente facturar a empresas por servicios de conectividad o VAS, por lo que debes revisar tus facturas emitidas y recibidas. La declaración se presenta entre el 1 y el 28 de febrero del año siguiente (2026 para operaciones de 2025). Si no alcanzas el umbral, no estás obligado.
¿Qué ocurre si presento fuera de plazo el Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF)?
Presentar el Modelo 130 fuera del plazo voluntario (20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero) genera recargos por declaración extemporánea según el artículo 27 de la LGT: un 5% si se presenta dentro de los 3 meses siguientes al fin del plazo, incrementándose progresivamente hasta el 20% si transcurren más de 12 meses. Además, se aplicarán intereses de demora. Si el pago no se ingresa, Hacienda puede iniciar un procedimiento de apremio con recargo ejecutivo. Para evitar sanciones, presenta el modelo aunque no puedas pagar; después regulariza con un pago fraccionado complementario o en la declaración anual (Modelo 100).