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Calendario fiscal 2026 para Otras actividades inmobiliarias por cuenta de terceros

CNAE 68326 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la intermediación inmobiliaria por cuenta de terceros (CNAE 6832), tu calendario fiscal 2026 se articula principalmente en torno al IVA (Modelo 303 trimestral y resumen anual 390) y al IRPF en estimación directa (pago fraccionado Modelo 130). Como gestor de alquileres, compraventas o administración de fincas, declaras trimestralmente el IVA repercutido a tus clientes y soportado (gastos). No olvides el Modelo 347 si facturas con terceros más de 3.005,06 € anuales. El plazo del IRPF anual (Modelo 100) finaliza el 30 de junio de 2026. Consulta las fechas exactas en la tabla y anticipa tus obligaciones censales con el Modelo 036 antes del 31 de diciembre.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 aunque solo haya tenido unos pocos arrendamientos?

Sí, si el importe total anual de tus operaciones con cualquier persona o entidad (incluidas facturas de clientes y gastos) supera los 3.005,06 €, debes presentar el Modelo 347 antes del 28 de febrero de 2026. Esta obligación aplica aunque la actividad sea reducida; la Agencia Tributaria cruza los datos con arrendadores y arrendatarios.

Si soy autónomo en estimación directa y mis gastos superan a mis ingresos en un trimestre, ¿puedo no presentar el Modelo 130?

No. El Modelo 130 es un pago fraccionado cuyo importe puede ser cero si el resultado del trimestre es negativo, pero debes presentarlo igualmente dentro del plazo (abril, julio, octubre y enero siguientes). No hacerlo conlleva una sanción por presentación extemporánea sin ingreso.

Tengo una gestoría que me lleva la contabilidad, ¿necesito preocuparme por el Modelo 390 y el 303?

Sí, porque la responsable última ante Hacienda eres tú como titular de la actividad. Aunque tu gestoría prepare y presente los modelos, debes supervisar que se cumplen los plazos: el 303 trimestral vence el 20 de abril, julio, octubre y 30 de enero (4T), y el 390 anual el 30 de enero de 2026. Si hay errores, la sanción recae sobre ti.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/6832/otras-actividades-inmobiliarias-por-cuenta-de-terceros