Calendario fiscal 2026 para Fabricación relojes y otros instrumentos no clasificados
IAE 3996 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es la fabricación de relojes y otros instrumentos no clasificados (IAE 399), tu calendario fiscal 2026 se estructura en torno a obligaciones trimestrales y anuales. Como fabricante, tributas en estimación directa en IRPF y en el régimen general de IVA. Presentarás el modelo 130 cada trimestre para el pago fraccionado del IRPF (hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero siguiente). El IVA lo declaras trimestralmente con el modelo 303 (plazos: 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero siguiente). Además, el modelo 390 resume el IVA anual (hasta el 30 de enero) y el 347 informa de operaciones con terceros (hasta el 28 de febrero). La declaración anual de IRPF (modelo 100) vence el 30 de junio. No olvides el modelo 036 para modificaciones censales antes del 31 de diciembre. Atención a los plazos mensuales de IVA si estás en el régimen de devolución mensual (REDEME), listados en tu calendario.
¿Estoy obligado a presentar el modelo 347 si fabrico relojes y vendo principalmente a talleres?
Sí, si durante el año natural realizas operaciones con un mismo cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros (IVA excluido). El modelo 347 es obligatorio para actividades empresariales, incluyendo la fabricación. Incluye tanto compras de materias primas (componentes de relojería) como ventas. El plazo de presentación en 2026 es hasta el 28 de febrero.
¿Puedo fraccionar el pago del IRPF si mis ingresos varían mucho de un trimestre a otro?
Sí. En el modelo 130 pagas a cuenta del IRPF sobre el rendimiento neto del trimestre. Si un trimestre obtienes pérdidas, puedes presentar el modelo con cuota cero o incluso solicitar devolución si has pagado de más en trimestres anteriores. Hacienda no obliga a ingresar un mínimo si no hay beneficio. Eso sí, la declaración anual (modelo 100) regularizará la cantidad total.
Si fabrico relojes por encargo y no tengo tienda física, ¿tengo que llevar el IVA mensual?
No necesariamente. El IVA mensual (modelo 303 mensual) solo es obligatorio si estás inscrito en el Registro de Devolución Mensual (REDEME), que es voluntario para la mayoría de fabricantes. Si facturas a empresas que te piden la devolución mensual, puedes solicitarlo. Si no, presentas el 303 trimestral. En tu calendario 2026 ves plazos mensuales porque pueden corresponder a periodos de liquidación mensual para quienes están en REDEME; comprueba tu situación censal.