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Calendario fiscal 2026 para Fabricación y envasado de aceite de oliva

IAE 4116 modelos aplicables · 24 plazos

Si fabricas o envases aceite de oliva bajo el epígrafe IAE 411, tu calendario fiscal 2026 combina pagos fraccionados de IRPF (modelo 130) con autoliquidaciones trimestrales de IVA (modelo 303). Al ser una actividad productora de bienes, tu régimen de IVA es el general (sujeto pasivo), salvo que estés acogido al recargo de equivalencia si vendes al por menor. La frecuencia mensual del modelo 303 (plazos del 01 al 12) que ves en la tabla se debe a que Hacienda exige presentación mensual para grandes empresas y para quienes están en el registro de devolución mensual (REDEME); como autónomo en régimen normal, presentarás trimestralmente (1T, 2T, 3T, 4T). No olvides el modelo 390 (resumen anual) hasta el 30 de enero y el 347 (operaciones con terceros) antes del 28 de febrero. Estas obligaciones derivan de la Ley General Tributaria y la normativa del IVA.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Marzo 2026

02 mar 2026ya vencido
02 mar 2026ya vencido
30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Junio 2026

01 jun 2026ya vencido
30 jun 2026próximo
30 jun 2026próximo

Julio 2026

20 jul 2026próximo
20 jul 2026próximo
30 jul 2026

Agosto 2026

31 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el IVA trimestral aunque la tabla muestre plazos mensuales?

Sí. Los plazos mensuales (modelo 303 meses 01 a 12) corresponden a quienes tributan en IVA con periodicidad mensual: grandes empresas (facturación >6.010.121,04 € en el año anterior) o acogidos al REDEME. Si eres autónomo o pyme en régimen general estándar, tu obligación es trimestral: solo debes presentar los modelos 303 del 1T (hasta 20 de abril), 2T (20 de julio), 3T (20 de octubre) y 4T (30 de enero del año siguiente). Consulta tu situación censal en la AEAT si tienes dudas.

Si únicamente envaso aceite de oliva comprado a terceros, ¿cambio de epígrafe?

No, el IAE 411 abarca tanto la fabricación como el envasado de aceite de oliva, siempre que realices alguna transformación (por ejemplo, filtrado, mezcla, embotellado). Si solo compras aceite ya envasado y lo vendes sin manipular, correspondería al epígrafe de comercio al por mayor (619.1) o al por menor (641). En caso de duda, revisa la clasificación del IAE en la sede electrónica de la AEAT o consulta con tu gestor.

¿El modelo 130 se calcula sobre la facturación total o sobre los ingresos netos?

Se calcula sobre los ingresos netos del trimestre (rendimiento neto), no sobre la facturación bruta. Si estás en estimación directa normal, debes restar los gastos deducibles (materias primas, personal, suministros, amortizaciones) para obtener el rendimiento neto. Si estás en estimación directa simplificada, se aplican los porcentajes establecidos reglamentariamente. El pago fraccionado es el 20% de ese rendimiento neto (o el tipo que corresponda si estás en módulos). Recuerda que la autoliquidación la realizas trimestralmente en el modelo 130 (plazos: abril, julio, octubre y enero).

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/411/fabricacion-y-envasado-de-aceite-de-oliva-1-a411