Calendario fiscal 2026 para Instalaciones de fontanería
IAE 50426 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es la instalación y reparación de fontanería, bajo el epígrafe IAE 504.2, tu calendario fiscal 2026 se organiza principalmente en obligaciones trimestrales y anuales. Al tributar por estimación directa (lo más habitual), deberás presentar el Modelo 130 de pago fraccionado del IRPF y el Modelo 303 de IVA cada trimestre. Las fechas límite son: 20 de abril (1T), 20 de julio (2T), 20 de octubre (3T) y 30 de enero de 2027 (4T). Además, al cierre del ejercicio, tienes que liquidar el IRPF con el Modelo 100 (hasta el 30 de junio de 2026, salvo domiciliación bancaria) y presentar el resumen anual de IVA (Modelo 390) antes del 30 de enero de 2027. No olvides el Modelo 347 si tus operaciones con terceros superan los 3.005,06 € anuales; se presenta en febrero. Finalmente, cualquier cambio en tus datos censales (alta, baja, modificación) se notifica mediante el Modelo 036, con plazo hasta el 31 de diciembre.
¿Puedo presentar el Modelo 303 mensualmente en lugar de trimestral?
Sí, si optas por el régimen de devolución mensual (REDEME) o estás en el sistema de devolución mensual del IVA (SII), debes presentar el Modelo 303 cada mes. Las fechas límite son los días 20 del mes siguiente (30 en algunos meses). En tu listado aparecen plazos mensuales (del 01 al 12), pero la mayoría de fontaneros por cuenta propia presentan trimestralmente. Consulta con tu gestor si te interesa el mensual.
¿Qué obligaciones tengo si en un trimestre no he facturado nada?
Debes presentar igualmente el Modelo 130 y el Modelo 303 aunque el importe sea cero. En el Modelo 130 declaras 0 € de rendimiento neto y en el Modelo 299 (si corresponde) también. Si no presentas, Hacienda puede sancionarte. La excepción es si cesas la actividad y tramitas la baja censal con el Modelo 036.
Estoy en módulos, ¿me afecta este calendario?
Si tributas por estimación objetiva (módulos), no presentas el Modelo 130 ni el Modelo 390. En lugar del 130, presentas el Modelo 131 (trimestral de IRPF en módulos). El IVA sigue siendo el Modelo 303 trimestral (o mensual si procede). El resto de modelos (036, 347, 100) son obligatorios igualmente. Revisa si tu epígrafe 504.2 admite módulos; normalmente sí, pero debes confirmarlo con tu asesor.