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Calendario fiscal 2026 para Carpintería y cerrajería

IAE 50556 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la carpintería y cerrajería bajo el epígrafe IAE 505.5, tu calendario fiscal 2026 se estructura en torno a pagos fraccionados trimestrales del IRPF (Modelo 130), autoliquidaciones trimestrales de IVA (Modelo 303) y sus correspondientes resúmenes anuales (Modelo 390). También deberás presentar la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) si superas los 3.005,06 € con un proveedor o cliente, y la declaración anual del IRPF (Modelo 100). Recuerda que el alta censal se realiza con el Modelo 036. Como autónomo de este sector, tu tributación suele ser en estimación directa simplificada, aunque puedes optar por estimación directa normal. Ten en cuenta los plazos: los trimestres vencen los días 20 de abril, julio, octubre y enero; la renta hasta el 30 de junio; y los modelos anuales de IVA y terceros en enero y febrero respectivamente. Consulta siempre las fechas exactas en la sede electrónica de la AEAT.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir el IVA de la compra de materiales (madera, herrajes) aunque facture a clientes particulares sin IVA?

Sí. Si estás en régimen general de IVA (no en recargo de equivalencia), deduces el IVA soportado en tus compras de materiales y herramientas, independientemente de que tus clientes sean particulares. En el Modelo 303 declaras el IVA repercutido (el de tus facturas) y el soportado, liquidando la diferencia. Si realizas trabajos para particulares, normalmente no les repercutes IVA porque están exentos (en ciertos casos de reparaciones de viviendas) o porque no son sujetos pasivos; pero tú sí deduces. Asegúrate de que las facturas de tus proveedores estén correctamente emitidas a tu nombre y NIF.

¿Qué hago si en un trimestre no he tenido actividad (sin ingresos ni gastos) pero estoy de alta?

Debes presentar igualmente el Modelo 303 de IVA y el Modelo 130 de IRPF, aunque ambos salgan a cero. Hacienda exige la declaración trimestral incluso si no hay movimiento, porque entiende que sigues de alta. Si no presentas, te arriesgas a una sanción por omisión. En el Modelo 130, si tus ingresos han sido cero y no tienes gastos, marcas la casilla de resultado cero. Lo mismo para el 303: pones cero en todas las casillas. Presenta siempre dentro del plazo (hasta el día 20 del mes siguiente al trimestre).

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 si trabajo solo para particulares y mis facturas son pequeñas?

Depende del importe anual con cada cliente. El Modelo 347 deben presentarlo aquellos autónomos que, durante el año natural, hayan realizado operaciones con una misma persona o entidad (cliente o proveedor) por importe superior a 3.005,06 € (IVA excluido). Si trabajas para muchos particulares y ninguno supera esa cifra, no estás obligado. Sin embargo, si vendes a una empresa de construcción que te contrata por más de ese límite, sí deberás declararlo. También si compras materiales a un mismo proveedor por encima de ese importe. Revisa tus ventas y compras anuales para cada contraparte.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/5055/carpinteria-y-cerrajeria