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Calendario fiscal 2026 para Construcción de toda clase de obras

IAE 5076 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la construcción de toda clase de obras (IAE epígrafe 507), tu calendario fiscal se organiza en torno a obligaciones trimestrales y anuales. Como constructor, tributas en el IRPF generalmente por el método de estimación directa, lo que te exige presentar el Modelo 130 cada trimestre. Además, estás sujeto al IVA general o reducido según el tipo de obra, con autoliquidaciones trimestrales mediante el Modelo 303. Dado el volumen habitual de operaciones con proveedores y clientes, la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) es obligatoria si superas los 3.005,06 €. No olvides la declaración censal (Modelo 036) para altas o modificaciones, y el resumen anual de IVA (Modelo 390) antes del 30 de enero. Con estos plazos evitarás recargos y sanciones según la Ley General Tributaria.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el Modelo 347 si solo trabajo como subcontratista en obras?

Sí. El umbral para declarar operaciones con terceros en el Modelo 347 son 3.005,06 € anuales con un mismo proveedor o cliente (art. 31.1 del Reglamento de declaraciones tributarias). Aunque actúes como subcontratista, si facturas a un contratista principal y el importe anual supera ese límite, debes incluirlo en la declaración. La presentación es anual, hasta el 28 de febrero de 2026.

¿Qué plazo tengo para presentar el Modelo 130 si estoy en estimación directa y tengo obras en curso no facturadas?

El Modelo 130 se presenta trimestralmente (abril, julio, octubre y enero del año siguiente) y se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados en el trimestre, no sobre la obra certificada pendiente de cobro. Si tienes obras en curso no facturadas, no se incluyen en ese trimestre. Debes declarar únicamente los cobros realizados (criterio de cobro). El plazo es hasta el día 20 del mes siguiente al trimestre natural.

¿Soy obligado a presentar el Modelo 303 aunque todas mis obras estén exentas de IVA (ej. rehabilitación de vivienda protegida)?

Sí. Las exenciones en el IVA no dispensan de la obligación de presentar la autoliquidación trimestral. Si todas tus operaciones están exentas, debes presentar el Modelo 303 con los importes exentos y, si procede, declarar la cuota a ingresar cero. Hacienda exige la declaración aunque no haya cuota positiva (art. 71 RIVA). En 2026, las fechas límite trimestrales son: 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/507/construccion-de-toda-clase-de-obras