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Calendario fiscal 2026 para Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas

IAE 65976 modelos aplicables · 24 plazos

Dentro del comercio minorista de jardinería y viveros (IAE 6597), tu calendario fiscal combina obligaciones trimestrales de IVA (Modelo 303) con pagos fraccionados del IRPF en módulos (Modelo 131) si tributas por este régimen. Además, tendrás que presentar la declaración anual de IVA (Modelo 390), la de operaciones con terceros (Modelo 347) y la declaración de IRPF (Modelo 100). Los plazos de 2026 arrancan con la anual del 390 a finales de enero y siguen con trimestres que debes marcar en tu agenda para evitar recargos. Consulta siempre la sede electrónica de la AEAT para confirmar tu situación censal.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 390 si mi IVA trimestral ha sido cero todo el año?

Sí, la declaración resumen anual del IVA (Modelo 390) es obligatoria aunque el importe a ingresar o compensar sea cero. Así lo establece el artículo 71 del Reglamento del IVA. Si no la presentas, Hacienda puede requerirla e imponer sanciones.

Si vendo plantas a otros comerciantes, ¿tengo que presentar el Modelo 347?

Sí, si el total de tus operaciones con un mismo cliente supera los 3.005,06 euros en el año natural, debes incluir esas ventas en el Modelo 347. Es una declaración anual de operaciones con terceros que recoge tanto compras como ventas. La fecha límite en 2026 es el 28 de febrero.

¿Puedo cambiar del régimen de módulos al general en el Modelo 131?

Solo puedes renunciar al régimen de estimación objetiva (módulos) en el mes de diciembre anterior al ejercicio en el que quieres aplicar el general, o en el momento del alta si inicias la actividad. La renuncia se formaliza mediante el Modelo 036. Una vez dentro del régimen general, debes presentar el Modelo 130 en lugar del 131.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/6597/comercio-al-por-menor-semillas-abonos-flores-plantas