Calendario fiscal 2026 para Agentes y Corredores de Seguros
IAE 7126 modelos aplicables · 24 plazos
Como agente o corredor de seguros (IAE 712), tu calendario fiscal 2026 combina obligaciones de IRPF, IVA (solo si realizas actividades sujetas) y censales. En IRPF, presentarás pagos fraccionados trimestrales (Modelo 130) y la declaración anual (Modelo 100) hasta el 30 de junio. Aunque las operaciones de seguro están exentas de IVA, si ofreces servicios de gestión, asesoramiento u otros sujetos al impuesto, deberás autoliquidar el IVA trimestralmente (Modelo 303) y su resumen anual (Modelo 390). Además, si tus operaciones con terceros superan los 3.005,06 € anuales, presentarás el Modelo 347 en febrero. Recuerda mantener actualizados tus datos censales con el Modelo 036. Este calendario recoge todos los plazos, incluyendo los mensuales de IVA si optaste por ese sistema. Planifica tus liquidaciones con antelación para evitar recargos.
¿Tengo que presentar el Modelo 303 si solo vendo seguros?
No. Las primas de seguros están exentas de IVA (art. 20 LIVA). Solo deberás presentar el Modelo 303 si realizas otras actividades sujetas, como asesoramiento, peritaje o cualquier servicio no exento. En ese caso, liquidarás el IVA trimestralmente (o mensualmente si estás en REDEME). Hacienda puede solicitar aclaraciones si declaras o no este modelo, así que asegúrate de tener la contabilidad clara.
¿Puedo tributar en módulos (estimación objetiva) siendo agente de seguros?
No. La Orden HFP/1172/2022 excluye expresamente del régimen de módulos a los agentes y corredores de seguros (epígrafe IAE 712). Por tanto, tu IRPF se determina en estimación directa (normal o simplificada). Esto implica que debes llevar libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión, y presentar el Modelo 130 trimestralmente. Si eres nuevo, date de alta en el censo con la opción de estimación directa desde el inicio.
¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 aunque trabaje con varias compañías?
Sí, si el importe total de tus operaciones con cada compañía (o con cualquier otro cliente/proveedor) supera los 3.005,06 € anuales. Como agente, sueles recibir comisiones de varias aseguradoras; cada una de ellas es una contraparte. Debes declarar tanto las comisiones cobradas como cualquier otro pago relevante. Las compañías también te declararán a ti, así que la coincidencia de datos evita discrepancias con la AEAT. Presenta el 347 antes del 28 de febrero.