Calendario fiscal 2026 para Alquiler locales industriales
IAE 86126 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es el alquiler de locales industriales bajo el epígrafe IAE 861.2, el calendario fiscal se articula en torno a tres ejes: la declaración trimestral de IVA (modelo 303), los pagos fraccionados del IRPF (modelo 130) si tributas en estimación directa, y las declaraciones anuales (modelo 100, 390 y 347). El IVA de las rentas de locales industriales está sujeto y no exento, por lo que debes repercutirlo a tus inquilinos y liquidarlo cada trimestre. Además, si alguno de tus arrendatarios es empresario o profesional, puede estar obligado a practicar retención en el IRPF (modelo 115), aunque no figura en la tabla resumen. Lleva un control de las fechas clave, especialmente las de abril, julio, octubre y enero para los trimestres, y no olvides el modelo 347 si tus operaciones con terceros superan los 3.005,06 € anuales por cliente o 50.000 € totales.
Tengo que presentar el modelo 303 aunque no haya cobrado ningún alquiler en el trimestre?
Sí, estás obligado a presentar el modelo 303 incluso si el resultado es cero. La Agencia Tributaria exige la declaración periódica del IVA aunque no haya habido operaciones, salvo que causes baja en el censo. Si no presentas, Hacienda puede requerirte una declaración extemporánea con recargo.
¿Qué modelo uso para declarar los ingresos del alquiler en mi IRPF?
Si tributas en estimación directa, debes presentar el modelo 130 como pago fraccionado trimestral. En él incluyes los ingresos por rentas y los gastos deducibles (IBI, comunidad, amortización, etc.). Al final del ejercicio presentas el modelo 100 para liquidar tu IRPF anual. Si tu actividad es pequeña y cumples requisitos, podrías optar por estimación objetiva, pero es poco habitual en alquiler de locales industriales.
¿Estoy obligado a presentar el modelo 347 por el alquiler de los locales?
Depende del volumen de operaciones. Debes presentar el modelo 347 si con un mismo cliente (inquilino) las operaciones superan 3.005,06 € anuales, o si el total con todos los clientes supera 50.000 € en el año. Como el alquiler de un local industrial suele generar rentas periódicas, es muy probable que superes el umbral con cada inquilino, así que revisa tus facturas y, si es el caso, presenta la declaración antes del 28 de febrero.