Calendario fiscal 2026 para Producción películas cinematográficas
IAE 96116 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es la producción de películas cinematográficas bajo el epígrafe IAE 9611, tu calendario fiscal se estructura en obligaciones trimestrales de IVA (Modelo 303) y pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130), junto con un cierre anual que incluye la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347) y el resumen anual de IVA (Modelo 390). Para 2026, los plazos clave comienzan con el Modelo 390 hasta el 30 de enero, y el Modelo 347 hasta el 28 de febrero. Atención a los trimestres: el primer trimestre (abril) y los meses intertrimestrales requieren presentar los modelos 303 mensuales si estás en el régimen general; de lo contrario, solo los trimestrales. La declaración anual del IRPF (Modelo 100) vence el 30 de junio. Ten presente que, al ser una actividad con alta estacionalidad en rodajes y producción, anticipar los flujos de caja es crítico para cumplir con los plazos sin sanciones según la Ley General Tributaria.
¿Tengo que presentar el Modelo 303 mensualmente aunque los ingresos por rodajes sean irregulares?
Depende del régimen de IVA en que estés dado de alta. Si optaste por el régimen general del IVA (lo habitual en producción cinematográfica), debes presentar el Modelo 303 mensualmente (doce declaraciones al año). Los plazos son del día 1 al 30 del mes siguiente (salvo agosto y diciembre, que se adelantan). Si facturas de forma irregular, puedes compensar el IVA soportado en periodos sin ingresos, pero la presentación es obligatoria aunque el resultado sea a cero, según el artículo 71 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992).
¿Puedo tributar en estimación objetiva (módulos) en producción de películas?
No. La actividad 9611 de producción de películas cinematográficas no está incluida en la Orden HFP/1172/2023 que regula los módulos del IRPF. Estás obligado a tributar en estimación directa, ya sea normal o simplificada. Por tanto, debes presentar el Modelo 130 de pago fraccionado trimestralmente, calculando el rendimiento neto sobre los datos reales de tu contabilidad. Consulta la web de la AEAT para confirmar los epígrafes excluidos cada año.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 347 antes del 28 de febrero?
El Modelo 347 es una declaración informativa anual de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € (o 300,51 € si cobras en efectivo). Su plazo en 2026 es hasta el 28 de febrero. Si lo presentas fuera de plazo sin requerimiento previo, la sanción puede ir desde el 1% del importe no declarado (mínimo 300 €) hasta 20.000 €, según el artículo 198 de la Ley General Tributaria. Si Hacienda te requiere, las sanciones se agravan. En producción de cine, donde sueles trabajar con proveedores y subcontratas, revisa facturas y pagos para incluirlos correctamente.