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Epígrafe 502.3 IAE: aceras y arquetas gas — DGT 0004-04

Resumen

Se pregunta en qué epígrafe IAE debe darse de alta la actividad de colocación de aceras y construcción de arquetas para la red del gas. La DGT responde que debe tributar en el Epígrafe 502.3 de la Sección Primera, correspondiente a consolidación y preparación de terrenos para obras civiles.

Datos de la consulta

Número
0004-04
Tipo
General
Fecha
8 de enero de 2004
Órgano
SG de Tributos Locales
Normativa
RD Legislativo 1175/1990 Epígrafe 502-3 Sección 1ª

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Cuestión planteada

Se desea saber el Epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que debe darse de alta la actividad de colocación de aceras y construcción de arquetas para la red del gas.

Descripción de hechos

Construcciones de arquetas y colocación de aceras.

Contestación completa

Las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto a la Instrucción para su aplicación por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, clasifican en el Epígrafe 502.3 de la Sección Primera la “consolidación y preparación de terrenos para la realización de obras civiles, incluidos sistemas de agotamiento y dragados”. Por tanto, en el caso planteado en la presente consulta, en el que el sujeto pasivo realiza la actividad de colocación de aceras y construcción de arquetas para la red del gas, deberá darse de alta en el citado Epígrafe 502.3 de la Sección Primera de las Tarifas. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.

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