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Epígrafe 502.3 IAE: construcción aceras y zanjas — DGT 1901-03

Resumen

Se consulta el epígrafe IAE correspondiente a la actividad de construcción y demolición de aceras y apertura de pequeñas zanjas para la red del gas. La DGT concluye que debe tributarse por el Epígrafe 502.3 de la Sección Primera de las Tarifas del IAE.

Datos de la consulta

Número
1901-03
Tipo
General
Fecha
14 de noviembre de 2003
Órgano
SG de Tributos Locales
Normativa
RD Legislativo 1175/1990 Epígrafe 502-3 Sección 1ª

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Cuestión planteada

Se desea saber el Epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que debe darse de alta la actividad de construcción y demolición de aceras y la apertura de pequeñas zanjas, para la red del gas.

Descripción de hechos

Construcción de aceras y su demolición y la apertura de pequeñas zanjas para la red del gas.

Contestación completa

Las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto a la Instrucción para su aplicación por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, clasifican en el Epígrafe 502.3 de la Sección Primera la “consolidación y preparación de terrenos para la realización de obras civiles, incluidos sistemas de agotamiento y dragados”. Por tanto, en el caso planteado en la presente consulta, en el que el sujeto pasivo realiza la actividad de construcción y demolición de aceras y apertura de pequeñas zanjas para la red del gas, deberá darse de alta en el citado Epígrafe 502.3 de la Sección Primera de las Tarifas. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.

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