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Epígrafe 659.4 IAE: comercio libros usados — DGT 1327-01

Resumen

Se pregunta si el Epígrafe 659.4 de la Sección Primera del IAE es el correcto para el comercio al por menor de libros usados. La DGT concluye que sí, ya que dicho epígrafe no distingue entre libros nuevos y usados, siendo la rúbrica aplicable.

Datos de la consulta

Número
1327-01
Tipo
General
Fecha
26 de junio de 2001
Órgano
SG de Tributos Locales
Normativa
RD Legislativo 1175/1990: Epígrafe 659-4 de la Sección 1ª

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Cuestión planteada

Se desea saber si es correcto estar matriculado en el Epígrafe 659.4 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas para realizar el comercio al por menor de libros usados.

Descripción de hechos

Comercio al por menor de libros usados.

Contestación completa

La actividad de comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes, se encuentra clasificada en el Epígrafe 659.4 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto a la Instrucción para su aplicación por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre. No existe en dicho Epígrafe distinción de los artículos en él incluidos por su condición de nuevos o usados, ni ninguna otra rúbrica de las Tarifas clasifica independientemente la comercialización de libros usados. Por tanto, el Epígrafe 659.4 de la Sección Primera de las Tarifas sería el correcto para realizar la actividad de comercio al por menor de libros, con independencia que los mismos fueran nuevos o usados. Lo que comunico a vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.

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