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Cómo ser asesor fiscal autónomo en 2026

Por Brian Mena GómezActualizado

Para darte de alta como asesor fiscal autónomo presentas el modelo 036 con el epígrafe 741 (Economistas) antes de empezar, te das de alta en el RETA por Importass y pagas una cuota reducida de 80 €/mes los primeros 12 meses (tarifa plana).

Si vas a ejercer como asesor fiscal por cuenta propia, el alta consta de dos trámites obligatorios: la declaración censal en la Agencia Tributaria (modelo 036) y la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social. Como profesional sujeto al epígrafe 741 del IAE, facturarás con retención de IRPF y IVA general del 21%. Debes presentar los modelos 130 (pago fraccionado de IRPF), 303 (IVA trimestral) y 390 (resumen anual de IVA). La cuota de autónomos se calcula sobre tus rendimientos netos reales, con una tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año siempre que no hayas estado dado de alta en los dos años anteriores. Organiza bien los plazos para no perder beneficios fiscales y evita confusiones entre gastos personales y profesionales.

Tu epígrafe IAE y código CNAE como asesor fiscal

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Cómo darte de alta como asesor fiscal autónomo

  1. Paso 1: Declaración censal (modelo 036)

    Presentas el modelo 036 en la Agencia Tributaria antes de iniciar la actividad. Declaras el epígrafe 741, el régimen de IVA (general 21%) y el de IRPF (estimación directa simplificada), así como las obligaciones periódicas (modelos 130, 303, 390).

  2. Paso 2: Alta en el RETA por Importass

    Entras en el portal Importass de la Seguridad Social con tu DNI/NIE y número de afiliación. Indicas la fecha de inicio (hasta 60 días antes) y la estimación de rendimientos netos. La cuota se calcula por tramos; la tarifa plana de 80 €/mes se aplica los primeros 12 meses si cumples requisitos.

  3. Paso 3: Obtención del número de afiliación (NUSS/NAF)

    Si aún no tienes número de la Seguridad Social, solicitas el NUSS antes del alta en RETA. Puedes hacerlo online con tu DNI o presencialmente. Sin este número no puedes completar el alta.

  4. Paso 4: Solicitud del certificado digital

    Para gestionar el modelo 036, las declaraciones trimestrales y el acceso a Importass, necesitas un certificado digital (FNMT o DNIe). Lo obtienes presencialmente en una oficina de la FNMT o con la app DNIe si tu DNI lo admite.

  5. Paso 5: Apertura de cuenta bancaria para domiciliaciones

    Abres una cuenta bancaria específica para la actividad (no obligatoria pero recomendable). La usas para domiciliar la cuota de autónomos, pagar impuestos y recibir pagos de clientes. Proporcionas el IBAN en el alta de RETA.

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Cuota de autónomos y tarifa plana

La cuota de autónomos 2026 se calcula sobre tus rendimientos netos reales en 15 tramos (Orden PJC/297/2026). El tipo de cotización total es del 31,50%. Para rendimientos netos hasta 670 €/mes la cuota mínima es de aproximadamente 205,88 €/mes; para rendimientos entre 1.166,70 y 1.300 €/mes la cuota ronda los 299,56 €/mes. Existe una tarifa plana de 80 €/mes (88,64 € con la cuota MEI del 0,9%) durante los primeros 12 meses, prorrogable otros 12 si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del SMI y no has estado de alta en RETA en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaste tarifa plana). La cuota se regulariza al año siguiente con la declaración de la renta. Para tu caso concreto, utiliza la calculadora de cuota de autónomos en /calculadoras/cuota-autonomos.

Calcula tu cuota exacta con la calculadora de autónomos

Qué modelos presentas como asesor fiscal autónomo

IVA, IRPF y gastos deducibles

Tus facturas a empresas y profesionales llevan IVA al 21% (tipo general). No existe régimen de franquicia en España; el IVA se aplica desde el primer euro salvo exención expresa (por ejemplo, ciertas actividades sanitarias, pero la asesoría fiscal no está exenta). Emites facturas con retención de IRPF del 15% con carácter general, reducida al 7% durante el año de inicio y los dos siguientes. Las facturas a particulares no llevan retención. Tributas en estimación directa simplificada si tu cifra de negocios del año anterior no supera 600.000 €; presentas el modelo 130 trimestral con el 20% del rendimiento neto. Si al menos el 70% de tus ingresos del año anterior llevaron retención, no estás obligado a presentar el 130. Los gastos deducibles típicos incluyen: alquiler de despacho, suministros proporcionales, material informático, software de gestión, formación, seguros, cuota de autónomos y gastos de vehículo si lo usas para la actividad (con registro de kilometraje). Conserva todas las facturas justificativas durante cuatro años.

Errores frecuentes al darte de alta

Errores frecuentes al darte de alta

  • Darse de alta fuera de plazo en la Seguridad Social: Si te das de alta en el RETA después del inicio de la actividad, pierdes la tarifa plana y la fecha de alta se retrotrae al primer día del mes, pagando la cuota completa del mes. Además, Hacienda puede sancionarte por empezar sin alta censal.
  • No separar los gastos personales de los profesionales: Mezclar gastos personales con los de la actividad es la causa más común de problemas en una inspección. Usa siempre una cuenta bancaria y una tarjeta de crédito exclusivas para la asesoría, y justifica cada gasto con factura a tu nombre y NIF.
  • Olvidar presentar los modelos trimestrales (130 y 303): Aunque el primer año no tengas beneficios, debes presentar los modelos 130 y 303 en plazo (abril, julio, octubre, enero). El impago o la presentación fuera de plazo conllevan recargos e intereses. Programa recordatorios o usa un gestor.
  • Facturar sin retención a empresas cuando corresponde: Si emites una factura a una empresa o profesional sin aplicar la retención de IRPF (15% o 7%), el pagador no podrá deducírsela y Hacienda te reclamará el importe no retenido más sanciones. Revisa siempre el tipo de cliente.
  • No regularizar la cuota de autónomos con los rendimientos reales: La cuota de autónomos se calcula sobre una estimación inicial, pero al año siguiente la Seguridad Social regulariza en función de los rendimientos netos declarados en la renta. Si no declaras correctamente, puedes recibir una liquidación adicional o perder la tarifa plana.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como asesor fiscal autónomo?

El alta en la Agencia Tributaria (modelo 036) y en la Seguridad Social (RETA) es gratuita. La cuota mínima de autónomos es de unos 205,88 €/mes, pero con la tarifa plana pagas solo 80 €/mes durante los primeros 12 meses.

¿Qué retención de IRPF aplico en mis facturas?

Aplicas el 15% con carácter general. Durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes puedes aplicar el 7% (comunicándolo a la AEAT si el cliente lo requiere). Las facturas a particulares no llevan retención.

¿El IVA está exento para un asesor fiscal?

No, el asesoramiento fiscal tributa al IVA general del 21%. No existe exención, salvo que parte de tu actividad sea sanitaria (p.ej., psicólogo), pero en ese caso la exención solo aplica a los servicios sanitarios, no al asesoramiento fiscal.

¿Puedo darme de alta como autónomo si ya estoy trabajando por cuenta ajena?

Sí, puedes compatibilizar el trabajo por cuenta ajena con la actividad de asesor fiscal autónoma, siempre que no exista incompatibilidad horaria o contractual. Debes darte de alta en RETA y pagar la cuota completa, aunque si tus ingresos como autónomo son bajos puedes solicitar la tarifa plana.

¿Qué ocurre si no presento el modelo 130?

Si no presentas el modelo 130 estando obligado, Hacienda te reclama el pago con recargos e intereses. Si en el año anterior el 70% de tus ingresos llevaron retención, no estás obligado a presentarlo; en caso contrario, debes hacerlo aunque el resultado sea cero.

¿Necesito un gestor para darme de alta?

No es obligatorio, pero es recomendable. El alta es gratuita y puedes hacerla tú mismo con el modelo 036 y el portal Importass. Sin embargo, un gestor te ayuda a elegir el epígrafe correcto, evitar errores y gestionar las obligaciones trimestrales.

¿Puedo cambiar de epígrafe después del alta?

Sí, puedes modificar el epígrafe IAE presentando un modelo 036 de variación. Si tu actividad real es distinta (p.ej., asesor fiscal pero también consultor), debes incluir todos los epígrafes que correspondan desde el inicio para evitar sanciones.

¿Cuándo debo presentar el modelo 036?

El modelo 036 debe presentarse antes de iniciar la actividad. Si te das de alta el mismo día, asegúrate de hacerlo antes de emitir tu primera factura. La presentación telemática es inmediata; presencial puede tardar unos días.

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