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Cómo ser community manager autónomo en 2026

Por Brian Mena GómezActualizado

Para darte de alta como community manager autónomo presentas el modelo 036 con el epígrafe IAE 751 (publicidad y relaciones públicas), te das de alta en el RETA y pagas la tarifa plana de 80 €/mes los primeros 12 meses.

Si vas a trabajar por cuenta propia como community manager, el alta como autónomo tiene dos trámites obligatorios: la declaración censal en la Agencia Tributaria y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El epígrafe que te corresponde es el 751 del IAE, que engloba a profesionales de publicidad y relaciones públicas. Tu actividad es de tipo profesional (Sección 2 del IAE), por lo que facturas con retención de IRPF y tributas en estimación directa simplificada. No puedes acogerte a módulos. Debes darte de alta antes de empezar a trabajar, presentando el modelo 036 (el 037 ya no está vigente desde febrero de 2025). El alta en la Seguridad Social la tramitas por Importass, con una cuota inicial reducida de 80 €/mes durante el primer año.

Tu epígrafe IAE y código CNAE como community manager

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Cómo darte de alta como community manager autónomo

  1. Paso 1: Declaración censal (modelo 036)

    Presentas el modelo 036 en la AEAT antes de iniciar la actividad. Declaras tu epígrafe IAE (751), el régimen de IVA (general 21 %) y de IRPF (estimación directa). No uses el modelo 037, está suprimido.

  2. Paso 2: Alta en el RETA (Seguridad Social)

    Te das de alta en el RETA a través del portal Importass de la TGSS. Puedes hacerlo hasta 60 días antes del inicio o el mismo día. Necesitas tu NUSS, DNI, fecha de inicio, estimación de rendimientos, domicilio y cuenta bancaria.

  3. Paso 3: Estimación de rendimientos netos

    Al darte de alta en el RETA indicas tu previsión de rendimientos netos mensuales. De esa estimación se calcula la base de cotización inicial, que luego se regulariza al año siguiente con los rendimientos reales.

  4. Paso 4: Configuración de facturación y obligaciones

    Emitirás facturas con IVA al 21 % y, si facturas a empresas o profesionales, con retención de IRPF del 15 % (7 % los primeros tres años). Las facturas a particulares no llevan retención.

  5. Paso 5: Presentación de modelos trimestrales

    Cada trimestre presentas el modelo 303 de IVA y el modelo 130 de IRPF (pago fraccionado). Al año siguiente, el modelo 100 (IRPF) y el modelo 390 (IVA). Si superas los 3.005,06 € con un cliente, también el 347.

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Cuota de autónomos y tarifa plana

La cuota de autónomos en 2026 se calcula sobre los rendimientos netos reales, con 15 tramos y un tipo de cotización del 31,50 %. Para rendimientos netos hasta 670 €/mes, la cuota estimada es de unos 205,88 €/mes; para rendimientos entre 1.166,70 y 1.300 €/mes, unos 299,56 €/mes. La cuota exacta se calcula en /calculadoras/cuota-autonomos. Si te das de alta por primera vez o no has estado en RETA en los dos últimos años (tres si ya disfrutaste la tarifa plana), pagas una tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses. Esta cuota incluye el MEI (0,9 %), por lo que el importe total real es 88,64 €/mes, pero al hablar de la tarifa plana se menciona 80 €/mes. Puedes prorrogarla otros 12 meses si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del SMI.

Calcula tu cuota exacta con la calculadora de autónomos

Qué modelos presentas como community manager autónomo

IVA, IRPF y gastos deducibles

Como community manager, tus facturas llevan IVA al tipo general del 21 % (salvo que tu actividad esté exenta, lo que no es el caso habitual). En IRPF tributas en estimación directa simplificada, presentando el modelo 130 trimestralmente con el 20 % del rendimiento neto. No presentas el 130 si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención. La retención de IRPF en facturas a empresas y profesionales es del 15 % con carácter general, y del 7 % durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes. Los gastos deducibles típicos incluyen: herramientas de gestión de redes (Hootsuite, Buffer), software de diseño, publicidad online, hosting y dominio web, equipos informáticos, teléfono e internet (parte proporcional), alquiler de espacio de coworking, formación específica, y gastos de representación y viajes relacionados con clientes. Es clave justificar cada gasto con factura y demostrar su vinculación con la actividad.

Errores frecuentes al darte de alta

Errores frecuentes al darte de alta

  • No darse de alta antes de empezar: Si facturas sin estar dado de alta, incurres en una infracción grave. Siempre debes presentar el modelo 036 antes del inicio real de la actividad.
  • No incluir retención de IRPF en facturas a empresas: Al ser actividad profesional (Sección 2), tus facturas a empresas y autónomos deben incluir la retención correspondiente. Omitirla puede generar requerimientos de Hacienda.
  • Confundir el modelo 037 con el 036: El modelo 037 fue suprimido en febrero de 2025. Toda gestión censal se realiza exclusivamente con el modelo 036. Usar el 037 puede provocar que tu alta no se procese.
  • No presentar modelos trimestrales a tiempo: El modelo 303 y 130 tienen plazos estrictos. El retraso o la omisión generan recargos y sanciones. Programa recordatorios o usa un asesor fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como community manager?

El alta en la AEAT y en la Seguridad Social es gratuita. La cuota de autónomos empieza con la tarifa plana de 80 €/mes (88,64 €/mes con MEI) durante los primeros 12 meses. Después, la cuota depende de tus rendimientos netos.

¿Necesito algún título o colegiación para ser community manager autónomo?

No existe obligación de colegiación ni titulación específica para ejercer como community manager. Puedes darte de alta con el epígrafe 751 sin requisitos formativos previos.

¿Puedo emitir facturas sin estar dado de alta?

No. Para emitir facturas válidas debes estar dado de alta en Hacienda (modelo 036) y en la Seguridad Social como autónomo. Facturar sin alta es ilegal y conlleva sanciones.

¿Qué IVA aplico a mis facturas?

Aplicas el tipo general del 21 % de IVA. No existe régimen de franquicia en España; el IVA se repercute desde el primer euro. Si trabajas para clientes extranjeros, puede haber inversión del sujeto pasivo, pero en general es 21 %.

¿Qué retención de IRPF llevan mis facturas?

A empresas y otros autónomos: 15 % con carácter general. Durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes, la retención es del 7 %. A particulares no se aplica retención.

¿Puedo perder la tarifa plana?

Sí. La pierdes si no cumples los requisitos: no haber estado de alta en RETA en los dos años anteriores (tres si ya la disfrutaste), o si te das de alta fuera de plazo. También si tus rendimientos superan el SMI durante la prórroga.

¿Qué modelos tengo que presentar cada trimestre?

El modelo 303 (IVA trimestral) y el modelo 130 (pago fraccionado de IRPF). Si el 70 % de tus ingresos del año anterior llevaron retención, no presentas el 130. Además, al cierre del año presentas el modelo 100 y el 390.

¿Puedo deducir gastos de manutención y viajes?

Sí, siempre que estén directamente relacionados con tu actividad y los justifiques con factura. Son deducibles los gastos de restaurante con clientes, desplazamientos, alojamiento, etc., dentro de los límites fiscales establecidos.

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