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Calendario fiscal 2026 para Comercio al por menor de vehículos de motor

CNAE 47816 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es el comercio al por menor de vehículos de motor (CNAE 4781), tu calendario fiscal como autónomo o pyme está marcado por obligaciones trimestrales y anuales. Al tratarse de una actividad sujeta a IVA, deberás presentar el Modelo 303 cada trimestre (con plazos en 2026 hasta el 20 del mes siguiente, salvo el 4T que vence el 30 de enero de 2027) y el resumen anual Modelo 390 antes del 30 de enero de 2026. Si tributas en estimación directa, también tendrás que ingresar los pagos fraccionados del IRPF mediante el Modelo 130 en los mismos plazos trimestrales. La declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) se presenta antes del 28 de febrero, y la renta (Modelo 100) hasta el 30 de junio. No olvides mantener al día tu declaración censal (Modelo 036), con plazo anual hasta el 31 de diciembre. Consulta la tabla completa con las fechas exactas para 2026 y anticipa tus obligaciones con Hacienda.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Debo presentar el Modelo 303 aunque no haya vendido ningún vehículo en el trimestre?

Sí. La autoliquidación trimestral de IVA es obligatoria incluso si el resultado es cero o negativo. Si has soportado IVA en tus compras (adquisición de vehículos, gastos) sin haber realizado ventas, puedes solicitar la devolución del saldo a tu favor. Según la normativa del IVA (Ley 37/1992), la presentación es preceptiva salvo que estés en el régimen de criterio de caja (REC) y no tengas operaciones, pero en la práctica Hacienda exige la declaración periódica. En 2026, los plazos para el Modelo 303 son: 1T hasta 20 de abril, 2T hasta 20 de julio, 3T hasta 20 de octubre y 4T hasta 30 de enero de 2027.

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 347 por mis ventas de vehículos a particulares?

Sí, si el importe total de tus operaciones con un tercero (incluyendo IVA) supera los 3.005,06 euros en el año natural. Dado que la venta de un vehículo supera habitualmente ese umbral, deberás declarar a cada comprador con sus datos fiscales. El plazo de presentación del Modelo 347 en 2026 es del 1 al 28 de febrero, siempre referido a las operaciones del ejercicio anterior. Ten en cuenta que las operaciones con IVA intracomunitario y las exportaciones también deben incluirse. La Agencia Tributaria cruza estos datos con tu IVA repercutido, por lo que omisiones pueden derivar en requerimientos.

¿Qué hago si soy autónomo en estimación directa y no tengo beneficios en un trimestre? ¿Debo presentar el Modelo 130?

Sí, la obligación de presentar el pago fraccionado (Modelo 130) es trimestral, independientemente de que el resultado sea cero o negativo. Si el importe a ingresar es cero o negativo, presentas la declaración con resultado 0,00. El cálculo se realiza aplicando el 20% sobre el rendimiento neto del trimestre (ingresos menos gastos deducibles) y restando las retenciones que te hayan practicado. Si acumulas pérdidas, podrás compensarlas en trimestres siguientes. Los plazos para 2026 son: 1T hasta 20 de abril, 2T hasta 20 de julio, 3T hasta 20 de octubre y 4T hasta 30 de enero de 2027. No presentarlo a tiempo conlleva recargos e intereses de demora.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4781/comercio-al-por-menor-de-vehiculos-de-motor