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Calendario fiscal 2026 para Otros servicios técnicos NCOP

IAE 84397 modelos aplicables · 30 plazos

Si tu actividad se encuadra en el epígrafe IAE 843.9 («Otros servicios técnicos NCOP»), tu calendario fiscal 2026 combina obligaciones trimestrales y anuales. Como autónomo en estimación directa, presentarás el Modelo 130 cada trimestre (abril, julio, octubre y enero siguiente) y el Modelo 303 de IVA también trimestralmente, salvo que estés en el régimen de devolución mensual (REDEME), que exigiría declaraciones mensuales. Además, si realizas operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 € anuales, deberás presentar el Modelo 347 en febrero. Si operas con clientes o proveedores intracomunitarios, añade el Modelo 349 según tu periodicidad. La declaración anual de IRPF (Modelo 100) se presenta hasta el 30 de junio de 2026. Ten en cuenta que este epígrafe genérico abarca múltiples servicios técnicos, por lo que tu régimen de IVA y la obligación de modelos adicionales (como el 390 o el 036 por variaciones censales) dependen de tu actividad concreta y del volumen de facturación.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

Modelo 349Mensual (ej. enero)
20 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

Modelo 349Mensual (julio)
20 sep 2026
30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 303 aunque no haya tenido actividad un trimestre?

Sí. El Modelo 303 es obligatorio para autónomos en régimen general de IVA aunque el resultado sea cero o negativo. Debes presentarlo dentro del plazo (abril, julio, octubre y enero del año siguiente). Si no lo haces, Hacienda puede sancionarte por omisión. Consulta el artículo 71 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992).

Tengo clientes en la UE. ¿Cuándo debo presentar el Modelo 349?

El Modelo 349 declara las operaciones intracomunitarias. Su periodicidad depende del volumen de dichas operaciones: si superas los 100.000 € anuales (o el límite fijado por el país de destino), debes presentarlo mensualmente; en caso contrario, trimestralmente. En 2026, las fechas límite son: 1T hasta 20 de abril, 2T hasta 20 de julio, 3T hasta 20 de octubre y 4T hasta 30 de enero de 2027 (para trimestral) o el día 20 del mes siguiente (para mensual). Más información en la Orden HAC/... que regula el modelo.

Como autónomo en estimación directa, ¿puedo cambiar a estimación objetiva (módulos)?

No. El epígrafe IAE 843.9 («Otros servicios técnicos») no está incluido en la Orden HFP/... que regula los módulos para 2026. Por tanto, tributas obligatoriamente en estimación directa (simplificada o normal). Esto implica presentar el Modelo 130 trimestralmente y llevar los libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión. Consulta la normativa anual de módulos publicada en el BOE para confirmar.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/8439/otros-servicios-tecnicos-ncop