Saltar al contenido

CNAE 2025: plazo general de 1 mes (modelo 036) · Verificar código →

Iniciar sesiónEmpezar gratis

Calendario fiscal 2026 para Otros Servicios No Clasificados en Otra Parte (NCOP)

IAE 9997 modelos aplicables · 43 plazos

Si tu actividad está clasificada en el epígrafe IAE 999 (Otros Servicios No Clasificados en Otra Parte), tu calendarío fiscal dependerá de si tributas en estimación directa, del volumen de operaciones con terceros y de si realizas operaciones intracomunitarias. La mayoría de servicios NCOP (consultoría, informática, limpieza, etc.) tributan en estimación directa, por lo que tendrás que presentar trimestralmente el Modelo 303 (IVA) y el Modelo 130 (pago fraccionado IRPF). Anualmente, añadirás el Modelo 100 (IRPF) y el Modelo 390 (resumen IVA). El Modelo 347 (declaración de operaciones con terceros) solo será obligatorio si tus operaciones con una misma persona superan 3.005,06 € al año. El Modelo 349 (intracomunitarias) solo si realizas entregas o adquisiciones intracomunitarias. Revisa los plazos 2026 en la tabla: los trimestrales vencen el 20 de cada mes correspondiente (abril, julio, octubre, enero) y los anuales varían. No olvides presentar el Modelo 036 si hay cambios censales.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

20 feb 2026ya vencido
Modelo 349Mensual (ej. enero)
20 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

02 mar 2026ya vencido
02 mar 2026ya vencido
20 mar 2026ya vencido
30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

20 may 2026ya vencido

Junio 2026

01 jun 2026ya vencido
22 jun 2026ya vencido
30 jun 2026ya vencido
30 jun 2026ya vencido

Julio 2026

20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
30 jul 2026ya vencido

Agosto 2026

31 ago 2026ya vencido

Septiembre 2026

21 sep 2026ya vencido
Modelo 349Mensual (julio)
21 sep 2026ya vencido
30 sep 2026ya vencido

Octubre 2026

20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
30 oct 2026próximo

Noviembre 2026

20 nov 2026
30 nov 2026
30 nov 2026

Diciembre 2026

21 dic 2026
30 dic 2026
31 dic 2026
31 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
Suscribirse al calendario (.ics)

Preguntas frecuentes

Si facturo dentro de la UE, ¿tengo que presentar el Modelo 349 todos los trimestres?

Depende del volumen. El Modelo 349 es obligatorio si realizas entregas intracomunitarias de bienes o prestaciones de servicios a empresarios de otros Estados miembros, o adquisiciones intracomunitarias. La periodicidad puede ser trimestral o mensual: si el importe total de tus entregas intracomunitarias en el año anterior superó los 100.000 €, debes presentarlo mensualmente; si es inferior, trimestral. Para 2026, recuerda que los plazos son hasta el día 20 del mes siguiente al periodo (por ejemplo, 1T vence el 20 de abril). Si no realizas operaciones intracomunitarias, no estás obligado a presentarlo.

¿El Modelo 130 lo presentan también los autónomos en módulos?

No. El Modelo 130 es exclusivo para autónomos que tributan en estimación directa (normal o simplificada). Si estás en estimación objetiva (módulos), presentas el Modelo 131 en su lugar. Sin embargo, la mayoría de las actividades incluidas en el epígrafe IAE 999 (servicios NCOP) no pueden acogerse al régimen de módulos, salvo excepciones muy concretas (por ejemplo, reparación de vehículos o servicios de mudanza). Por tanto, si tu actividad es de servicios no clasificados, lo más probable es que estés en estimación directa y debas presentar el Modelo 130 trimestralmente (hasta el 20 de abril, julio, octubre y enero).

¿Qué ocurre si no presento el Modelo 303 a tiempo?

La presentación fuera de plazo del Modelo 303 (IVA trimestral) conlleva sanciones según la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Si presentas con retraso sin requerimiento previo, las sanciones son reducidas: 1% de recargo por cada mes de retraso (hasta un máximo del 15%) siempre que el pago se realice junto con la declaración. Si Hacienda te requiere, las sanciones pueden ser del 50% al 150% de la cuota no ingresada. Además, pueden aplicarse intereses de demora. Para evitar sanciones, respeta los plazos: 1T (abril), 2T (julio), 3T (octubre) y 4T (enero del año siguiente). Incluso si el resultado es a ingresar cero, la presentación es obligatoria.

Volver al calendario fiscal completo

URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/iae/999/otros-servicios-no-clasificados-ncop