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Cómo ser gestor administrativo autónomo en 2026

Por Brian Mena GómezActualizado

Para darte de alta como gestor administrativo autónomo presentas el modelo 036 con el epígrafe 722 del IAE antes de iniciar la actividad. Después te das de alta en el RETA a través de Importass. La cuota con tarifa plana es de 80 €/mes (88,64 €/mes con MEI) durante los primeros 12 meses.

El alta como gestor administrativo autónomo implica dos trámites obligatorios con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, además de la colegiación profesional. Al ser una actividad profesional de la Sección 2 del IAE, facturas con retención de IRPF y tributas en estimación directa. Primero, presentas el modelo 036 en la AEAT declarando el epígrafe 722, el régimen de IVA (general, salvo exención) y el de IRPF. Debes hacerlo antes de empezar a trabajar. Segundo, te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través del portal Importass de la TGSS, con efectos desde el día de inicio. Puedes adelantar el alta hasta 60 días naturales. Si te retrasas, pierdes la tarifa plana y pagas desde el primer día del mes. Tercero, es obligatorio colegiarte en el Colegio de Gestores Administrativos, que exige titulación y formación continua. Además, necesitas un certificado digital o DNIe para la mayoría de trámites telemáticos y para firmar declaraciones. Gestionar fondos de terceros para pagar tributos exige una contabilidad clara y libros registros separados.

Tu epígrafe IAE y código CNAE como gestor administrativo

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Cómo darte de alta como gestor administrativo autónomo

  1. Paso 1: Declaración censal (modelo 036)

    Presentas el modelo 036 en la AEAT antes del inicio de la actividad. Marcas el epígrafe 722 (Gestores Administrativos), el régimen de IVA (general o exención) y el de IRPF (estimación directa). Incluyes tus datos fiscales y la domiciliación de notificaciones.

  2. Paso 2: Alta en el RETA (Importass)

    Te registras en el portal Importass de la Seguridad Social con tu DNI, NUSS y estimación de rendimientos netos. El alta surte efectos desde el día de inicio si la presentas el mismo día o hasta 60 días antes. No la retrases, o perderás la tarifa plana.

  3. Paso 3: Colegiación profesional

    Los gestores administrativos deben colegiarse obligatoriamente en el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de su provincia. Aportas tu titulación, documentación personal y pagas las tasas de entrada. Sin colegiación no puedes ejercer legalmente.

  4. Paso 4: Obtención de certificado digital

    Solicitas un certificado electrónico (FNMT o DNIe) para firmar el 036, presentar declaraciones y acceder a la sede electrónica de la AEAT y de la Seguridad Social. Es imprescindible para la mayoría de gestiones.

  5. Paso 5: Habilitación de libros registros

    Llevas un libro registro de provisiones de fondos (obligatorio por manejar dinero de clientes para pagos a Hacienda y SS). También necesitas libros de facturas emitidas y recibidas, y de bienes de inversión, si aplica.

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Cuota de autónomos y tarifa plana

La cuota de autónomos en 2026 se calcula sobre tus rendimientos netos reales en 15 tramos, con un tipo de cotización total del 31,50 %. Para rendimientos netos de hasta 670 €/mes, la cuota mínima estimada es de unos 205,88 €/mes. Para rendimientos entre 1.166,70 y 1.300 €/mes, unos 299,56 €/mes. El tramo exacto depende de tu previsión y se regulariza al año siguiente. Si te acoges a la tarifa plana, pagas 80 €/mes durante los primeros 12 meses (88,64 €/mes con el MEI del 0,9 %). Puedes prorrogarla otros 12 meses si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Requisitos: no haber estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores (3 si ya disfrutaste la tarifa plana antes). Para un cálculo personalizado, usa la calculadora de cuota de autónomos.

Calcula tu cuota exacta con la calculadora de autónomos

Qué modelos presentas como gestor administrativo autónomo

IVA, IRPF y gastos deducibles

Tus facturas a empresas y profesionales llevan retención de IRPF: 15 % con carácter general, y 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes (art. 101.5.a LIRPF). A particulares no les retienes. Tributas en estimación directa (simplificada si tu cifra de negocios del año anterior no supera 600.000 €). Presentas el modelo 130 trimestral con el 20 % del rendimiento neto; no lo presentas si en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención. En IVA, el tipo general es del 21 %. Las actividades de gestión que no sean sanitarias tributan al 21 %. Si realizas servicios sanitarios (ej. asesoría a centros médicos), puede aplicarse exención del artículo 20 LIVA; confírmalo según tu actividad concreta, porque la exención no permite deducir el IVA soportado. Gastos deducibles típicos: alquiler de oficina, suministros, material de oficina, seguros de responsabilidad civil, cuotas del colegio profesional, formación, desplazamientos, y amortización de equipos informáticos. Lleva contabilidad separada de los fondos de clientes para evitar problemas con Hacienda.

Errores frecuentes al darte de alta

Errores frecuentes al darte de alta

  • Darse de alta fuera de plazo en el RETA: Si te das de alta después del inicio de la actividad, la fecha de alta retrocede al primer día del mes, pagas el mes completo y pierdes la tarifa plana de 80 €/mes. Además, Hacienda puede sancionarte por inicio tardío.
  • No colegiarse antes de facturar: Los gestores administrativos están obligados a colegiarse. Si facturas sin estar colegiado, incurres en intrusismo profesional y puedes recibir multas del colegio o de la Administración.
  • No separar los fondos de clientes: Al manejar dinero para pagar tributos y tasas de terceros, debes llevar una contabilidad separada y un libro registro de provisiones. Mezclar estos fondos con tu cuenta personal puede considerarse apropiación indebida o infracción fiscal.
  • Olvidar presentar el modelo 130: Aunque no tengas retenciones, debes presentar el modelo 130 trimestral si tus ingresos de particulares superan el 30 % del total. Si no lo presentas, Hacienda puede requerirlo con recargos e intereses.
  • Creer que la tarifa plana es siempre 80 €: La tarifa plana de 80 € dura 12 meses y se prorroga solo si tus rendimientos netos están por debajo del SMI. Si suben, pagas la cuota completa del tramo que te corresponda. No confundas la reducción inicial con una cuota fija.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como gestor administrativo autónomo?

El alta en la AEAT y en la Seguridad Social es gratuita. Los costes son la cuota mensual del RETA (desde unos 205,88 €/mes sin tarifa plana, o 80 €/mes el primer año con tarifa plana) y las tasas de colegiación, que varían según el colegio (normalmente entre 100 y 300 € de entrada y cuotas trimestrales).

¿Qué modelos fiscales tengo que presentar?

El modelo 036 (alta censal), modelo 130 (pago fraccionado IRPF trimestral), modelo 303 (IVA trimestral), modelo 390 (resumen anual IVA), modelo 100 (IRPF anual) y posiblemente modelo 347 (operaciones con terceros) y modelo 349 (si operas con la UE). Consulta tu caso concreto.

¿Es obligatorio colegiarse para ser gestor administrativo?

Sí, es obligatorio por ley. Debes estar colegiado en el Colegio de Gestores Administrativos de tu provincia para poder ejercer la profesión. Sin colegiación no puedes emitir facturas ni actuar como gestor.

¿Puedo facturar sin IVA como gestor administrativo?

En general no. El IVA se aplica al 21 % desde el primer euro, salvo que tu actividad concreta esté exenta según el artículo 20 LIVA (por ejemplo, servicios directamente sanitarios). La exención no permite deducir el IVA soportado; confírmalo con tu asesor.

¿Qué gastos puedo deducir como gestor administrativo?

Alquiler de oficina, suministros, material de oficina, seguros, cuotas del colegio, formación continua, desplazamientos, teléfono e internet, amortización de equipos, y gastos de vehículo si se usa para la actividad (prorrateo). Guarda todas las facturas.

¿Cómo tributo si tengo ingresos bajos el primer año?

Con la tarifa plana pagas 80 €/mes durante 12 meses. En IRPF, tributas en estimación directa: presentas el modelo 130 con el 20 % del rendimiento neto (si no cumples la excepción del 70 % de retenciones). Si tus ingresos son muy bajos, igualmente debes declarar.

¿Qué pasa si manejo dinero de clientes?

Debes llevar un libro registro de provisiones de fondos, separar ese dinero en una cuenta bancaria distinta y no mezclarlo con tu patrimonio personal. Si Hacienda detecta irregularidades, puede considerarse apropiación indebida.

¿Puedo darme de alta como gestor administrativo sin local?

Sí, puedes declarar tu domicilio como centro de trabajo. Eso sí, necesitas un espacio dedicado a la actividad y cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD) si almacenas información de clientes. La AEAT puede comprobar que ejerces efectivamente.

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