Calendario fiscal 2026 para Otras actividades auxiliares del transporte
CNAE 52267 modelos aplicables · 30 plazos
Si tu actividad se encuadra en el CNAE 5226 (otras actividades auxiliares del transporte), tu calendario fiscal 2026 pivota sobre el IVA y el IRPF. Como gestor de logística, transitario o almacenista, presentarás trimestralmente el Modelo 303 (IVA) y el Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF si tributas en estimación directa). Antes del 30 de enero de 2026 debes presentar el resumen anual del IVA (Modelo 390) y, si realizas operaciones con otros países de la UE, tendrás obligación de declarar el Modelo 349 (mensual o trimestral según el volumen). Además, antes del 28 de febrero de 2026 presentarás el Modelo 347 (operaciones con terceros) si superas los 3.005,06 € anuales con un cliente o proveedor. Recuerda que la declaración anual del IRPF (Modelo 100) se presenta hasta el 30 de junio de 2026. La AEAT exige estos plazos sin excepción; planifica tus obligaciones para evitar recargos.
¿Estoy obligado a presentar el Modelo 349 si solo facturo a empresas españolas?
No. El Modelo 349 únicamente se exige cuando realizas operaciones intracomunitarias, es decir, entregas o adquisiciones de bienes o prestaciones de servicios con empresas de otros Estados miembros de la UE. Si toda tu actividad se limita al territorio español, no tienes que presentarlo. Eso sí, si prestas servicios auxiliares del transporte a clientes de la UE (p. ej., un transitario que gestiona envíos a Francia), deberás presentarlo trimestralmente (o mensualmente si superas el umbral de 50.000 € anuales en entregas intracomunitarias). Fuente: AEAT, Manual práctico del IVA.
Puedo presentar el IVA mensualmente aunque sea autónomo y el régimen general sea trimestral?
Sí, pero no es obligatorio. El régimen general de IVA es trimestral, pero Hacienda permite la declaración mensual si estás inscrito en el SII (Suministro Inmediato de Información) o si solicitas la devolución mensual del IVA (exportadores, operadores intracomunitarios, etc.). Si tu actividad auxiliar del transporte implica muchas facturas con otros países o necesitas un flujo de caja más ágil, puedes optar por la declaración mensual. Eso sí, una vez elegido, debes mantenerlo al menos un año. Consulta el artículo 71 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992).
Si no presento el Modelo 130 (pago fraccionado) a tiempo, ¿qué sanciones me aplican?
El retraso en la presentación del Modelo 130 conlleva recargos e intereses de demora según la LGT. Si presentas fuera de plazo sin requerimiento previo de la AEAT, el recargo es del 1% por cada mes de retraso (hasta un máximo del 15% de la cuota resultante). Además, si la declaración es extemporánea pero con resultado a ingresar, se aplica un interés de demora del 3,75% en 2026 (tipo fijado anualmente). Si no presentas en absoluto y Hacienda te requiere, la sanción puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cuota dejada de ingresar (artículo 191 LGT). Más vale presentarlo aunque sea tarde que no hacerlo.