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EPÍGRAFE IAE

IAE 672Comercio en cafeterías

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📅 Actualizado 15 de septiembre de 2025
CNAE asociados:56.11

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Respuesta Directa

¿Qué es el epígrafe IAE 672?

Según Conversor IAE CNAE, el epígrafe IAE 672 identifica "Comercio en cafeterías". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 036 de alta de autónomos.

Datos Oficiales

CaracterísticaDescripción
Nombre OficialImpuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
OrganismoAgencia Tributaria (AEAT / Hacienda)
PropósitoClasificación fiscal y tributaria
Uso principalModelo 036, licencias, impuestos municipales
ValidezVigente 2026

¿Cuándo necesitas el código IAE 672?

Alta de autónomos

Obligatorio en modelo 036 ante Hacienda

Licencias municipales

Permisos de apertura y actividad

Seguridad Social

Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)

Trámites bancarios

Apertura de cuentas empresariales

Esta actividad también se busca como cafeteria, barra de cafe, cafes y bolleria, cafeteria sin cocina o venta de cafe para llevar.

¿Qué es el IAE?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es el tributo que clasifica las actividades empresariales y profesionales ante la AEAT desde 1992. Hay 1.187 epígrafes IAE vigentes en 2026.

Análisis fiscal

Resumen fiscal y señales clave

El epígrafe 672 engloba la actividad de comercio en cafeterías, es decir, el servicio de venta de bebidas, principalmente café, infusiones, zumos y refrescos, complementado a menudo con alimentos ligeros como bollería, sándwiches o tapas frías.

En IRPF, el régimen habitual es la estimación directa simplificada, aunque esta actividad sí es elegible para el régimen de módulos (estimación objetiva) si se cumplen los límites normativos de volumen de ingresos, personal empleado y potencia eléctrica instalada, lo que puede ser muy beneficioso para pequeños negocios. En IVA, se aplica el tipo general (21%) para las bebidas, pero si se sirven alimentos en un local con servicio de mesa, parte de la facturación podría estar sujeta al tipo reducido (10%). No se aplica recargo de equivalencia si el titular es un autónomo. La retención de IRPF en facturas a otros profesionales es del 1%.

Obligaciones clave: alta en RETA y en el censo (modelo 036/037), presentación de los modelos 130 (IRPF) o 131 (si módulos) y 303 (IVA) de forma trimestral. Es fundamental llevar un control riguroso de los ingresos, dado el alto volumen de transacciones en efectivo que puede darse en el sector. El riesgo de inspección es alto debido a la trazabilidad de los ingresos y la común confusión con actividades de restaurante. Se recomienda usar un sistema de facturación homologado y conservar la documentación de compras y tickets TPV.

Señales fiscales del epígrafe IAE 672

Señal fiscalValor
Régimen de IVAGeneral
Tipo de IVA21%
Régimen de IRPFEstimación directa simplificada
Retención de IRPF1%
¿Elegible para módulos?
Riesgo de inspecciónAlto
Casillas relevantes del modelo 036111, 127, 402, 513
Herramienta gratuita

Compruébalo con tu código en vivo

La correspondencia IAE → CNAE 2025 correcta depende de tu actividad concreta, no solo del epígrafe 672. Verifícalo al instante en el conversor o lánzalo desde tu propio asistente de IA para confirmar tu CNAE 2025.

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  1. 01Modelo 036 casilla por casilla — las que marcas y las que no, para tu actividad.
  2. 02Tu cuota RETA real para 2026 — tarifa plana si te corresponde y cuota definitiva.
  3. 03IRPF e IVA aplicables a tu actividad — tipos, retenciones y periodicidad (si tu actividad está exenta, lo sabrás aquí).
  4. 04Trámites paso a paso por IMPORTASS y AEAT — qué firmas, en qué orden, con qué documento.
  5. 05Calendario fiscal 2026 personalizado — fechas exactas de declaraciones trimestrales y anuales.
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Fuente

AEAT 2026 · oficial

Modelo 036

tus casillas exactas

Calendario fiscal

fechas 2026

Sección

Cafeterías

Código íntegro

A672

Descripción

Comercio en cafeterías, actividad de venta de bebidas, principalmente café, y otros alimentos ligeros en cafeterías y establecimientos similares.

Alta IAE

No

Nivel

grupo

Palabras claves

comercio en cafeteríasventa de bebidas en cafeteríascafés y alimentos ligeros en cafeteríascafeterías y establecimientos de café

Fuente

Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Última actualización

15/09/2025

Códigos CNAE 2025 asociados

Tu Puntuación de Riesgo Fiscal (IAE 672)

Basado en comercio en cafeterías

9/10
Riesgo muy alto
  • Código fiscal verificado en la AEAT
  • Correspondencia IAE/CNAE 2025 confirmada
  • Sin predecesores CNAE 2009 pendientes
  • Plazo AEAT: quedan 23 días — urgente
  • Sin software de facturación conforme a Verifactu
  • Sin verificación de gestoría especializada
Reducir mi riesgo

¿Qué otros epígrafes IAE son similares?

Estos códigos IAE están relacionados por categoría o actividad similar

Guía Paso a Paso

Cómo usar el epígrafe IAE 672

Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos

1

Identifica tu actividad económica

Verifica que "Comercio en cafeterías" (epígrafe IAE 672) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.

2

Consulta los códigos CNAE asociados

Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 036 y otros trámites administrativos.

3

Completa el modelo 036 de Hacienda

Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 672 en el apartado de actividades económicas del modelo 036. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.

4

Obtén registros sanitarios obligatorios

Para actividades alimentarias, solicita tu número RGSEAA (Registro General Sanitario) ante la Consejería de Sanidad de tu Comunidad Autónoma. Asegúrate de tener el sistema APPCC implementado, formación de manipuladores de alimentos actualizada, y las instalaciones preparadas para la inspección sanitaria previa.

💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).

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Modelos AEAT aplicables a este código

Suscribirse al calendario fiscal (.ics)— Importable en Google Calendar, Outlook o Apple Calendar.

Preguntas Frecuentes

Preguntas sobre el epígrafe IAE 672

Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos

Comercio en cafeterías, actividad de venta de bebidas, principalmente café, y otros alimentos ligeros en cafeterías y establecimientos similares. Consulta la ficha completa de este epígrafe en la parte superior de esta página para ver todos los detalles.

El tipo de IVA principal aplicable es del 21%. El régimen de IVA aplicable es "general". Por lo general, debes repercutir este porcentaje en tus facturas y declararlo trimestralmente en el modelo 303 ante la Agencia Tributaria (AEAT).

El régimen habitual de IRPF para el IAE 672 es Estimación directa simplificada. Este régimen determina cómo calculas y declaras tus rendimientos de actividad económica en la declaración anual de la renta.

Sí, el IAE 672 es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos). Esto significa que puedes calcular tu rendimiento neto mediante índices y módulos fijados por Hacienda, simplificando la gestión fiscal, siempre que no superes los límites de volumen de ingresos establecidos.

La retención de IRPF aplicable al IAE 672 es del 1%. El pagador (cliente o empresa) debe retener este porcentaje de tus facturas e ingresarlo a Hacienda, que lo descontarás al hacer tu declaración de la renta.

Para el IAE 672, las casillas relevantes del modelo 036 son: 111, 127, 402, 513. Estas casillas corresponden al apartado de actividad económica y régimen fiscal. Revisa siempre las instrucciones oficiales de la AEAT o consulta con tu gestor antes de presentar el modelo.

El epígrafe IAE 672 corresponde a "Comercio en cafeterías". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Pertenece a la categoría "Cafeterías". Tiene 1 códigos CNAE asociados. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 036 al darte de alta en Hacienda.

Sí, si tu actividad económica corresponde a "Comercio en cafeterías", necesitas incluir el epígrafe IAE 672 en el modelo 036 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 036 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social

El epígrafe IAE 672 tiene 1 código CNAE 2025 asociado. En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás el listado completo. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.

Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Comercio en cafeterías", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 036.

Para incluir el epígrafe IAE 672 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 036 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 672 3. Describe tu actividad: "Comercio en cafeterías" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.

Sí, la mayoría de actividades alimentarias requieren inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). **Actividades que requieren registro:** • Fabricación y envasado de alimentos • Almacenamiento y distribución alimentaria • Importación/exportación de alimentos • Elaboración de comidas preparadas **Excepción: Venta directa al consumidor final:** • Bares, restaurantes y cafeterías NO necesitan RGSEAA • Panaderías con venta directa: solo Registro Sanitario Autonómico • Pequeños productores locales: régimen simplificado **Proceso de registro:** 1. Solicitud ante la Consejería de Sanidad de tu CCAA 2. Inspección de las instalaciones 3. Obtención del número RGSEAA (10 dígitos) El RGSEAA es obligatorio antes de iniciar la actividad.

El carnet de manipulador de alimentos certifica que has recibido formación en higiene alimentaria. **¿Es obligatorio?** • Sí, para todos los trabajadores que manipulan alimentos • El empresario es responsable de la formación de sus empleados • No hay un "carnet oficial" único, vale cualquier formación acreditada **Contenido de la formación:** • Higiene personal y prácticas correctas • Contaminación cruzada y alérgenos • Temperaturas de conservación (cadena de frío) • Limpieza y desinfección • Sistema APPCC básico **Validez:** • No caduca legalmente, pero se recomienda renovar cada 4-5 años • Actualizaciones por cambios normativos (alérgenos, COVID, etc.) **Dónde obtenerlo:** • Cursos online homologados (válido) • Formación presencial en academias • Formación interna en la empresa (documentada)

APPCC significa Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico. Es un sistema preventivo de seguridad alimentaria. **¿Es obligatorio?** Sí, según el Reglamento (CE) 852/2004, todas las empresas alimentarias deben tener un sistema APPCC (excepto producción primaria). **Principios del APPCC:** 1. Análisis de peligros 2. Identificación de puntos críticos de control (PCC) 3. Establecer límites críticos 4. Vigilancia de los PCC 5. Acciones correctoras 6. Verificación 7. Documentación **Nivel de complejidad:** • Pequeños establecimientos: Guías de prácticas correctas de higiene • Medianas empresas: APPCC simplificado • Industrias alimentarias: APPCC completo con registros **Apoyo:** • Tu asociación sectorial tiene guías APPCC adaptadas • Consultoras de seguridad alimentaria • Consejería de Sanidad de tu CCAA

Los permisos dependen del tipo de venta y producto: **Venta directa en explotación (huerta, granja):** • Alta en REGEPA (Registro General de Explotaciones Agrarias) • Certificado de calidad diferenciada (si aplica: ecológico, D.O.) • Sin necesidad de RGSEAA para venta directa sin transformación **Venta en mercados locales:** • Autorización municipal para venta ambulante • Carnet de manipulador si vendes productos frescos • Balanza homologada y verificada **Venta a intermediarios/mayoristas:** • Cuaderno de explotación actualizado • Trazabilidad de los productos (lotes, fechas) • Contratos tipo con compradores **Productos transformados (mermeladas, conservas):** • RGSEAA obligatorio • Etiquetado conforme al Reglamento 1169/2011 • Sistema APPCC implementado Consulta con la Consejería de Agricultura de tu CCAA para tu caso específico.

Recursos Oficiales

Enlaces a Organismos Oficiales

Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 672

Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.

Recursos relacionados

Guías y herramientas relacionadas con el epígrafe IAE 672

Casos de Uso

¿Quién necesita el epígrafe IAE 672?

Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales

Industria Alimentaria

Fábricas de alimentos, envasadoras y procesadoras necesitan su código CNAE y epígrafe IAE para el Registro Sanitario RGSEAA, controles oficiales y exportación de productos alimentarios.

Comercio de Alimentación

Supermercados, fruterías, carnicerías y pescaderías deben declarar su epígrafe IAE para la licencia de apertura y cumplir los requisitos sanitarios de manipulación de alimentos.

Distribución Alimentaria

Mayoristas y distribuidores de alimentos necesitan el CNAE correcto para autorizaciones de transporte de mercancías perecederas (ATP) y trazabilidad de la cadena alimentaria.

Producción Agrícola

Agricultores y ganaderos que venden sus productos deben registrarse con el CNAE correspondiente para acceder a ayudas de la PAC, seguros agrarios y certificaciones de calidad.

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Próximos pasos con el epígrafe IAE 672

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Trámites paso a paso, modelo 036 y calendario fiscal para tu epígrafe IAE 672.

Doctrina DGT

Doctrina DGT sobre el epígrafe 672

Consultas de la Dirección General de Tributos que citan este epígrafe.